Section § 31600

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en el contexto de fusiones y adquisiciones dentro de este capítulo legal. Un "licenciatario adquirente" es la empresa que permanece después de una fusión, o la empresa que compra otra en una venta. Los términos "corporación disuelta" y "corporación subsistente" se explican con más detalle en otras secciones del Código de Sociedades Mercantiles, específicamente en las Secciones 165 y 190.

En este capítulo:
(a)CA Financiero Code § 31600(a) Por "licenciatario adquirente" se entiende:
(1)CA Financiero Code § 31600(a)(1) En el caso de una fusión, el licenciatario que es la corporación subsistente;
(2)CA Financiero Code § 31600(a)(2) En el caso de una compraventa, el licenciatario que es el comprador.
(b)CA Financiero Code § 31600(b) Por "corporación disuelta" se entiende lo establecido en la Sección 165 del Código de Sociedades Mercantiles.
(c)CA Financiero Code § 31600(c) Por "corporación subsistente" se entiende lo establecido en la Sección 190 del Código de Sociedades Mercantiles.

Section § 31601

Explanation

Si una corporación con licencia desea fusionarse con otra corporación, deben cumplirse condiciones específicas. Si la corporación con licencia seguirá existiendo después de la fusión, necesita la aprobación previa del comisionado. Si la corporación con licencia dejará de existir después de la fusión, la nueva corporación subsistente también debe ser una corporación con licencia y la fusión debe ser aprobada por el comisionado.

Ningún licenciatario podrá fusionarse con ninguna otra corporación a menos que:
(a)CA Financiero Code § 31601(a) En caso de que dicho licenciatario sea la corporación subsistente, dicha fusión haya sido aprobada previamente por el comisionado;
(b)CA Financiero Code § 31601(b) En caso de que dicho licenciatario sea una corporación que desaparece, la corporación subsistente sea un licenciatario y dicha fusión haya sido aprobada previamente por el comisionado.

Section § 31602

Explanation
Si alguien tiene una licencia, no puede comprar la mayor parte o la totalidad del negocio de otra persona a menos que obtenga primero la aprobación del comisionado.

Section § 31603

Explanation
Esta ley establece que una empresa con licencia no puede vender la mayor parte o la totalidad de su negocio a otra persona, a menos que esa persona también tenga una licencia y la venta sea aprobada por el comisionado.

Section § 31604

Explanation

Esta sección explica que cuando una empresa solicita fusionarse, comprar o vender, el comisionado debe aprobarlo si se cumplen ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen asegurar que la transacción sea segura y sólida para la empresa adquirente, creer que la empresa adquirente cumplirá con todas las leyes y regulaciones, y verificar que la transacción no perjudicará el bienestar y beneficio del público. Si pudiera ser perjudicial, la transacción aún debe ser necesaria para la seguridad y solidez de cualquiera de las partes involucradas. Si estas condiciones no se cumplen después de un aviso y una audiencia, la solicitud será denegada.

Si el comisionado determina, con respecto a una solicitud de aprobación de una fusión, compra o venta:
(a)CA Financiero Code § 31604(a) Que la fusión, compra o venta será segura y sólida con respecto al licenciatario adquirente;
(b)CA Financiero Code § 31604(b) Que es razonable creer que, tras la consumación de la fusión, compra o venta, el licenciatario adquirente cumplirá con todas las disposiciones aplicables de esta división y de cualquier reglamento u orden emitida bajo esta división; y
(c)CA Financiero Code § 31604(c) Que la fusión, compra o venta no será perjudicial para la conveniencia y ventaja públicas, o, si la fusión, compra o venta fuera perjudicial para la conveniencia y ventaja públicas, que es necesaria en aras de la seguridad y solidez de cualquiera de las partes en ella;
El comisionado aprobará la solicitud. Si, después de una notificación y una audiencia, el comisionado determina lo contrario, denegará la solicitud.

Section § 31605

Explanation
Esta ley permite al comisionado eximir a ciertas personas o transacciones financieras de seguir las reglas de este capítulo, ya sea de forma permanente o temporal. La exención se permite si el comisionado cree que beneficia el interés público y que regular a esas personas o transacciones no es necesario para los objetivos de esta ley.