Section § 31500

Explanation

Esta ley exige que cada titular de licencia adopte el período del 1 de julio al 30 de junio como su año fiscal.

Cada licenciatario adoptará como su año fiscal el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de junio siguiente, ambos inclusive.

Section § 31501

Explanation
Esta ley establece que cualquier persona con una licencia debe llevar libros, cuentas y registros de la manera que el comisionado indique. Estos registros deben guardarse en un lugar específico y conservarse por un período de tiempo determinado, según lo decidan los reglamentos u órdenes del comisionado.

Section § 31502

Explanation
Esta ley establece que, a menos que un licenciatario obtenga permiso del comisionado, no puede registrar ningún activo en sus libros financieros a un valor superior al que realmente pagó por él.

Section § 31503

Explanation

Esta ley permite que un comisionado ordene a una empresa ajustar el valor de un activo en sus registros financieros para reflejar con precisión el valor actual de dicho activo.

El comisionado podrá, mediante orden, exigir a un licenciatario que reduzca el valor de cualquier activo en sus libros y registros a una valoración que represente su valor en ese momento.

Section § 31504

Explanation

Si tienes una licencia, debes presentar un informe de auditoría al comisionado dentro de los 90 días posteriores al cierre de tu año fiscal, a menos que el comisionado te conceda más tiempo. Este informe debe incluir estados financieros, como un balance general y un estado de resultados, auditados por un contador independiente, siguiendo las normas contables estándar.

La auditoría requiere la opinión de un contador que confirme que los estados financieros cumplen con estos principios contables. También podrías necesitar incluir información adicional si el comisionado lo solicita.

Cada licenciatario deberá, no más de 90 días después del cierre de cada uno de sus años fiscales o dentro de un período más largo que el comisionado pueda especificar mediante reglamento u orden, presentar ante el comisionado un informe de auditoría que contenga:
(a)CA Financiero Code § 31504(a) Estados financieros (incluyendo balance general, estado de resultados o pérdidas, estado de cambios en las cuentas de capital y estado de cambios en la situación financiera o, en el caso de un licenciatario que sea una corporación sin fines de lucro de California, estados financieros comparables) para o al cierre de dicho año fiscal, preparados con auditoría por un contador público certificado independiente o un contador público independiente de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados;
(b)CA Financiero Code § 31504(b) Informe, certificado u opinión de dicho contador público certificado independiente o contador público independiente, declarando que dichos estados financieros fueron preparados de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados; y
(c)CA Financiero Code § 31504(c) Cualquier otra información que el comisionado pueda requerir mediante reglamento u orden.

Section § 31506

Explanation
Cualquier empresa o persona que posea una licencia específica, junto con sus directores, funcionarios, empleados y entidades comerciales relacionadas, debe presentar informes al comisionado siempre que lo exijan los reglamentos u órdenes. Estos informes deben seguir formatos específicos, incluir ciertos detalles y es posible que deban firmarse y verificarse según lo especificado por el comisionado. Las afiliadas del licenciatario también deben informar sus transacciones con el licenciatario si se les solicita.

Section § 31507

Explanation

Esta ley exige que el comisionado inspeccione a cada licenciatario al menos una vez al año. El comisionado también tiene la autoridad para examinar a cualquier licenciatario, a su empresa matriz o subsidiaria, a cualquiera de sus oficinas (ya sea dentro o fuera del estado), y a las afiliadas (excluyendo a las empresas matrices o subsidiarias), pero solo en relación con los negocios que realicen con el licenciatario.

Además, los directores, empleados y cualquier persona con acceso a los registros de la empresa o sus afiliadas deben cooperar con estos exámenes y proporcionar acceso a los documentos necesarios. Asimismo, para exámenes exhaustivos, el comisionado puede contratar a profesionales como contadores o abogados, y el licenciatario debe cubrir estos costos dentro de los 10 días posteriores a la facturación.

(a)CA Financiero Code § 31507(a) El comisionado examinará a cada licenciatario no menos de una vez al año natural.
(b)Copy CA Financiero Code § 31507(b)
(1)Copy CA Financiero Code § 31507(b)(1) El comisionado podrá en cualquier momento examinar a cualquier licenciatario o a cualquier empresa matriz o subsidiaria de un licenciatario.
(2)CA Financiero Code § 31507(b)(2) El comisionado podrá en cualquier momento examinar cualquier oficina de cualquier licenciatario dentro o fuera de este estado.
(3)CA Financiero Code § 31507(b)(3) El comisionado podrá en cualquier momento examinar a cualquier afiliada de un licenciatario (que no sea una empresa matriz o subsidiaria del licenciatario) pero solo con respecto a asuntos relacionados con transacciones entre la afiliada y el licenciatario.
(c)CA Financiero Code § 31507(c) Los directores, funcionarios y empleados de cualquier licenciatario o de cualquier afiliada de un licenciatario que esté siendo examinado por el comisionado y cualquier otra persona que tenga la custodia de cualquiera de los libros, cuentas o registros del licenciatario o afiliada exhibirán al comisionado, previa solicitud, cualquiera o todos los libros, cuentas y otros registros del licenciatario o afiliada y de otro modo facilitarán el examen en la medida de sus posibilidades. Sin embargo, en el caso de un examen de una afiliada de un licenciatario que no sea una empresa matriz o subsidiaria del licenciatario, solo los libros, cuentas y registros de la afiliada que se relacionen con transacciones entre la afiliada y el licenciatario estarán sujetos a esta subdivisión.
(d)CA Financiero Code § 31507(d) El comisionado podrá, si a su juicio es necesario para el examen de cualquier licenciatario o de cualquier afiliada de un licenciatario, contratar a cualquier contador público certificado, abogado, tasador u otra persona para que le asista, y el licenciatario pagará, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de una declaración del comisionado, los honorarios de dicha persona.

Section § 31508

Explanation

Esta ley exige que los licenciatarios obtengan permiso del comisionado antes de permitir que otra persona maneje sus registros financieros. Si un tercero está gestionando estos registros, debe seguir las mismas reglas que el licenciatario. De manera similar, si un no-afiliado gestiona los registros de una filial del licenciatario, también debe seguir las mismas regulaciones.

(a)CA Financiero Code § 31508(a) Ningún licenciatario deberá, salvo con la aprobación previa del comisionado, causar o permitir que cualquier otra persona lleve o mantenga cualquiera de sus libros, cuentas u otros registros.
(b)CA Financiero Code § 31508(b) En caso de que cualquier persona que no sea un licenciatario lleve o mantenga cualquiera de los libros, cuentas u otros registros de dicho licenciatario, las disposiciones de esta división y de cualquier reglamento u orden emitido bajo esta división se aplicarán a dicha persona con respecto a la prestación de dichos servicios y con respecto a dichos libros, cuentas y otros registros en la misma medida como si dicha persona fuera dicho licenciatario.
(c)CA Financiero Code § 31508(c) En caso de que cualquier persona que no sea una filial de un licenciatario lleve o mantenga cualquiera de los libros, cuentas u otros registros de dicha filial o, en el caso de una filial que no sea una matriz o subsidiaria del licenciatario, los libros, cuentas y otros registros de la filial que se relacionen con transacciones entre la filial y el licenciatario, las disposiciones de esta división y de cualquier reglamento u orden emitido bajo esta división se aplicarán a dicha persona con respecto a dichos libros, cuentas y otros registros en la misma medida como si dicha persona fuera dicha filial.

Section § 31509

Explanation
Esta ley permite al comisionado hacer público cualquier informe que se le presente bajo la división especificada, o de acuerdo con cualquier reglamento u orden relacionado.