Chapter 10
Section § 31650
Si alguien que posee una licencia financiera en California desea renunciar a ella, debe enviar la licencia de vuelta al comisionado junto con un informe. El informe debe tener el formato que el comisionado dicte, incluir la información requerida, estar firmado correctamente y, posiblemente, verificado, dependiendo de lo que el comisionado exija específicamente.
Section § 31651
Esta ley establece que si alguien desea entregar voluntariamente su licencia, esta suele hacerse efectiva 30 días después de que entregue su licencia y un informe al comisionado. Sin embargo, si ya existe un proceso para revocar o suspender la licencia en curso o iniciado antes de que transcurran los 30 días, entonces la entrega solo surtirá efecto cuando y como lo decida el comisionado.