(a)CA Financiero Code § 23035(a) Un licenciatario podrá aplazar el depósito de un cheque personal de un cliente por hasta 31 días, de conformidad con las disposiciones de esta sección. El valor nominal del cheque no excederá de trescientos dólares ($300). Cada transacción de depósito aplazado se realizará de conformidad con un acuerdo por escrito, según se describe en el apartado (e), que haya sido firmado por el cliente y por el licenciatario o un representante autorizado del licenciatario.
(b)CA Financiero Code § 23035(b) Un cliente que celebre una transacción de depósito aplazado y ofrezca un cheque personal a un licenciatario de conformidad con un acuerdo no estará sujeto a ninguna sanción penal por el incumplimiento de los términos de dicho acuerdo.
(c)CA Financiero Code § 23035(c) Antes de celebrar una transacción de depósito aplazado, los licenciatarios deberán entregar a los clientes un aviso que incluirá, entre otros, lo siguiente:
(1)CA Financiero Code § 23035(c)(1) Información sobre los cargos por transacciones de depósito aplazado.
(2)CA Financiero Code § 23035(c)(2) Que si el cheque del cliente es devuelto sin pagar, se le podrá cobrar al cliente una tarifa adicional de hasta quince dólares ($15).
(3)CA Financiero Code § 23035(c)(3) Que el cliente no podrá ser procesado en una acción penal en relación con una transacción de depósito aplazado por un cheque devuelto ni ser amenazado con un proceso judicial.
(4)CA Financiero Code § 23035(c)(4) El número de teléfono gratuito del departamento para recibir llamadas relativas a quejas y preocupaciones de los clientes.
(5)CA Financiero Code § 23035(c)(5) Que el licenciatario no podrá aceptar ninguna garantía en relación con una transacción de depósito aplazado.
(6)CA Financiero Code § 23035(c)(6) Que el cheque se está negociando como parte de una transacción de depósito aplazado realizada de conformidad con la Sección 23035 del Código Financiero y no está sujeto a las disposiciones de la Sección 1719 del Código Civil. Ningún cliente podrá ser obligado a pagar daños triples si este cheque no se liquida.
(d)CA Financiero Code § 23035(d) Los siguientes avisos deberán ser publicados de forma clara y visible al público por todos los licenciatarios en cada ubicación de un negocio que ofrezca transacciones de depósito aplazado, en letras de no menos de media pulgada de altura:
(1)CA Financiero Code § 23035(d)(1) El licenciatario no podrá utilizar el proceso penal contra un consumidor para cobrar ninguna transacción de depósito aplazado.
(2)CA Financiero Code § 23035(d)(2) El calendario de todos los cargos y tarifas que se aplicarán a dichas transacciones de depósito aplazado, con un ejemplo de todos los cargos y tarifas que se aplicarían a una transacción de depósito aplazado de al menos cien dólares ($100) y de doscientos dólares ($200), pagadera en 14 días y 30 días, respectivamente, indicando la tasa de porcentaje anual correspondiente. La información podrá proporcionarse en una tabla de la siguiente manera:
Monto
Proporcionado
Cargo
Monto del Cheque
TPA de 14 días
TPA de 30 días
$100
XX
XXX
XXX
XXX
$200
XX
XXX
XXX
XXX
(e)CA Financiero Code § 23035(e) Un acuerdo para celebrar una transacción de depósito aplazado deberá constar por escrito y será proporcionado por el licenciatario al cliente. El acuerdo por escrito autorizará al licenciatario a aplazar el depósito del cheque personal, deberá ser firmado por el cliente e incluirá todo lo siguiente:
(1)CA Financiero Code § 23035(e)(1) Una divulgación completa del monto total de cualquier cargo cobrado por la transacción de depósito aplazado, expresado tanto en moneda de los Estados Unidos como en TPA, según lo exige la Ley Federal de Veracidad en los Préstamos y sus reglamentos.
(2)CA Financiero Code § 23035(e)(2) Una descripción clara de las obligaciones de pago del cliente según lo exige la Ley Federal de Veracidad en los Préstamos y sus reglamentos.
(3)CA Financiero Code § 23035(e)(3) El nombre, la dirección y el número de teléfono del licenciatario.
(4)CA Financiero Code § 23035(e)(4) El nombre y la dirección del cliente.
(5)CA Financiero Code § 23035(e)(5) La fecha a la que se ha aplazado el depósito del cheque (fecha de vencimiento).
(6)CA Financiero Code § 23035(e)(6) El plan de pago, o prórroga, si corresponde, según lo permitido en el apartado (c) de la Sección 23036.
(7)CA Financiero Code § 23035(e)(7) Una desglosación del monto financiado según lo exige la Ley Federal de Veracidad en los Préstamos y sus reglamentos.
(8)CA Financiero Code § 23035(e)(8) Divulgación de cualquier cargo por cheque devuelto.
(9)CA Financiero Code § 23035(e)(9) Que el cliente no podrá ser procesado ni amenazado con un proceso judicial para el cobro.
(10)CA Financiero Code § 23035(e)(10) Que el licenciatario no podrá aceptar garantías en relación con la transacción.
(11)CA Financiero Code § 23035(e)(11) Que el licenciatario no podrá condicionar una transacción de depósito aplazado a la compra de otro producto o servicio.
(12)CA Financiero Code § 23035(e)(12) Espacio para la firma del cliente y la firma del licenciatario o representante autorizado del licenciatario y la fecha de la transacción.
(13)CA Financiero Code § 23035(e)(13) Cualquier otra información que el comisionado considere necesaria mediante reglamento.
(f)CA Financiero Code § 23035(f) El aviso requerido por el apartado (c) deberá estar redactado y disponible en el mismo idioma utilizado principalmente en cualquier discusión o negociación oral que conduzca a la ejecución del acuerdo de depósito aplazado y deberá estar en un tamaño de letra de al menos 10 puntos.
(g)CA Financiero Code § 23035(g) El acuerdo por escrito requerido por el apartado (e) deberá estar redactado en el mismo idioma utilizado principalmente en cualquier discusión o negociación oral que conduzca a la ejecución del acuerdo de depósito aplazado; no deberá ser vago, poco claro o engañoso y deberá estar en un tamaño de letra de al menos 10 puntos.
(h)CA Financiero Code § 23035(h) Bajo ninguna circunstancia un acuerdo de transacción de depósito aplazado incluirá cualquiera de los siguientes:
(1)CA Financiero Code § 23035(h)(1) Una cláusula de indemnidad.
(2)CA Financiero Code § 23035(h)(2) Una cláusula de confesión de sentencia o poder notarial.
(3)CA Financiero Code § 23035(h)(3) Cualquier cesión u orden de pago de salarios u otra compensación por servicios.
(4)CA Financiero Code § 23035(h)(4) Cualquier cláusula de aceleración.
(5)CA Financiero Code § 23035(h)(5) Cualquier disposición abusiva.
(i)CA Financiero Code § 23035(i) Si el licenciatario vende o transfiere la deuda en una fecha posterior, el licenciatario deberá divulgar claramente en un acuerdo por escrito que cualquier deuda o cheques retenidos o transferidos de conformidad con una transacción de depósito aplazado realizada según la Sección 23035 no están sujetos a las disposiciones de la Sección 1719 del Código Civil y que ningún cliente podrá ser obligado a pagar daños triples si el cheque o los cheques son rechazados.
(Added by Stats. 2002, Ch. 777, Sec. 10. Effective January 1, 2003. Section operative on December 31, 2004, or sooner, pursuant to Section 23104.)