Chapter 9
Section § 3901
Esta sección define términos clave relacionados con los activos financieros digitales en California.
Explica que los 'cargos' incluyen las tarifas/gastos del cliente o la diferencia en el precio de mercado de los activos digitales. Un 'quiosco de transacciones de activos financieros digitales' es una máquina que acepta o entrega efectivo a cambio de activos digitales, entendiendo por 'efectivo' las monedas y billetes de EE. UU. Una 'plataforma de intercambio de activos financieros digitales con licencia' es una plataforma de comercio legal con una licencia de California o Nueva York. Finalmente, un 'operador' es alguien que posee o gestiona uno de estos quioscos en California.
Section § 3902
Esta norma limita la cantidad de dinero que se puede aceptar o entregar a un cliente en un quiosco de transacciones de activos financieros digitales a $1,000 por día. En resumen, no se puede ingresar ni retirar más de $1,000 de estas máquinas en un solo día.
Section § 3904
A partir del 1 de enero de 2025, las empresas no podrán cobrar a los clientes más del mayor de $5 o el 15% del valor del activo digital al realizar una única transacción con activos financieros digitales. El 15% se calcula basándose en el precio de mercado del activo digital en una bolsa con licencia en el momento en que se inicia la transacción.
Section § 3905
A partir del 1 de enero de 2025, los operadores de transacciones de activos financieros digitales deben entregar a los clientes una divulgación escrita antes de realizar cualquier transacción. Esta divulgación debe estar en inglés y en el idioma principal utilizado para comunicarse con los clientes, e incluirá información como la cantidad del activo digital, las tarifas y los precios de mercado. También debe advertir si las transacciones no se pueden revertir.
Después de una transacción, los operadores deben proporcionar un recibo que detalle la información del cliente y de la transacción. Esto incluye datos personales y de la transacción, los costos involucrados y cualquier diferencia de precio, con referencias al intercambio de activos digitales utilizado.
Section § 3906
Section § 3907
A partir del 1 de julio de 2026, cualquier persona que realice actividades comerciales con activos financieros digitales deberá seguir regulaciones específicas. Si un operador no participa directamente en estas actividades, pero permite que otros utilicen sus quioscos para dichas transacciones, debe asegurarse de que los usuarios tengan licencia, cumplan con los límites de cargos y acaten todas las normas pertinentes.