Section § 2010

Explanation

Esta ley describe las exenciones de una división particular de regulación financiera. Excluye al gobierno de EE. UU. y sus agencias, gobiernos estatales y locales, bancos asegurados, bancos extranjeros y ciertas cooperativas de crédito. También exime a entidades como el Servicio Postal de los Estados Unidos al transmitir dinero, bolsas de comercio, agencias de compensación de valores y operadores de sistemas de pago. Otras partes exentas incluyen a quienes gestionan nóminas, corredores de valores, intermediarios que procesan transmisiones de dinero y comisionistas de futuros. Se aplican algunas condiciones y excepciones, por ejemplo, si una entidad exenta ofrece servicios financieros específicos directamente a los clientes, debe cumplir con ciertas partes de la división.

Esta división no se aplica a ninguno de los siguientes:
(a)CA Financiero Code § 2010(a) Los Estados Unidos o un departamento, agencia o instrumentalidad de los mismos, incluyendo cualquier banco de la Reserva Federal y cualquier banco federal de préstamos hipotecarios.
(b)CA Financiero Code § 2010(b) La transmisión de dinero por el Servicio Postal de los Estados Unidos o por un contratista en nombre del Servicio Postal de los Estados Unidos.
(c)CA Financiero Code § 2010(c) Un estado, condado, ciudad o cualquier otra agencia gubernamental o subdivisión gubernamental de un estado.
(d)CA Financiero Code § 2010(d) Un banco comercial o banco industrial, cuyos depósitos estén asegurados por la Federal Deposit Insurance Corporation o su sucesor, o cualquier banco extranjero (de otra nación) que tenga licencia bajo el Capítulo 20 (que comienza con la Sección 1750) o que esté autorizado bajo la ley federal para mantener una agencia federal o una sucursal federal en este estado; una compañía fiduciaria con licencia conforme a la Sección 1042 o una asociación nacional autorizada bajo la ley federal para dedicarse al negocio bancario fiduciario; una asociación o asociación federal, según se define en la Sección 5102, cuyos depósitos estén asegurados por la Federal Deposit Insurance Corporation o su sucesor; y cualquier cooperativa de crédito con carta constitutiva federal o estatal, con una oficina en California, cuyas cuentas de miembros estén aseguradas o garantizadas según lo dispuesto en la Sección 14858.
(e)CA Financiero Code § 2010(e) La transferencia electrónica de fondos de beneficios gubernamentales para una agencia gubernamental federal, estatal, del condado o local por un contratista en nombre de los Estados Unidos o un departamento, agencia o instrumentalidad de los mismos, o de un estado o subdivisión gubernamental, agencia o instrumentalidad de los mismos.
(f)CA Financiero Code § 2010(f) Una bolsa de comercio designada como mercado de contratos bajo la Ley Federal de Intercambio de Productos Básicos (federal Commodity Exchange Act) (7 U.S.C. Sec. 1 y ss.) o una persona que, en el curso ordinario de los negocios, proporciona servicios de compensación y liquidación para una bolsa de comercio en la medida de su operación como o para dicha bolsa.
(g)CA Financiero Code § 2010(g) Una persona que proporciona servicios de compensación o liquidación conforme a un registro como agencia de compensación o una exención de registro concedida bajo las leyes federales de valores en la medida de su operación como tal proveedor.
(h)CA Financiero Code § 2010(h) Un operador de un sistema de pago en la medida en que proporciona servicios de procesamiento, compensación o liquidación, entre o entre personas excluidas por esta sección, en relación con transferencias electrónicas, transacciones con tarjetas de crédito, transacciones con tarjetas de débito, transacciones de valor almacenado, transferencias de cámara de compensación automatizada o transferencias de fondos similares, en la medida de su operación como tal proveedor.
(i)CA Financiero Code § 2010(i) Una persona registrada como corredor de bolsa de valores bajo las leyes federales o estatales de valores en la medida de su operación como tal corredor de bolsa.
(j)CA Financiero Code § 2010(j) Una persona que entrega salarios o sueldos en nombre de los empleadores a los empleados o facilita el pago de impuestos sobre la nómina a agencias estatales y federales, realiza pagos relacionados con planes de beneficios para empleados, distribuye otras deducciones autorizadas de los salarios o sueldos de los empleados, o transmite otros fondos en nombre de un empleador en relación con transacciones relacionadas con los empleados. No obstante esta subdivisión, una persona descrita en este documento que ofrezca servicios de transmisión de dinero o proporcione tarjetas de valor almacenado directamente a clientes individuales deberá cumplir con esta división en la medida de esa actividad.
(k)CA Financiero Code § 2010(k) Una persona enumerada en la subdivisión (d) está exenta de todas las disposiciones de esta división, excepto las Secciones 2062 y 2063.
(l)CA Financiero Code § 2010(l) Una transacción en la que el receptor del dinero u otro valor monetario es un agente del beneficiario conforme a un contrato escrito preexistente y la entrega del dinero u otro valor monetario al agente satisface la obligación del pagador con el beneficiario.
(1)CA Financiero Code § 2010(l)(1) Para los fines de esta subdivisión, “agente” tiene el mismo significado que se le da a ese término en la Sección 2295 del Código Civil.
(2)CA Financiero Code § 2010(l)(2) Para los fines de esta subdivisión, “beneficiario” significa el proveedor de bienes o servicios, a quien el pagador le debe el pago de dinero u otro valor monetario por los bienes o servicios.
(3)CA Financiero Code § 2010(l)(3) Para los fines de esta subdivisión, “pagador” significa el receptor de bienes o servicios, quien debe el pago de dinero o valor monetario al beneficiario por los bienes o servicios.
(m)CA Financiero Code § 2010(m) Una persona que actúa como intermediario procesando la transmisión de dinero entre una entidad que ha incurrido directamente en una obligación de transmisión de dinero pendiente con un remitente y el destinatario designado por el remitente, si la entidad cumple con todos los siguientes criterios:
(1)CA Financiero Code § 2010(m)(1) La entidad tiene la licencia adecuada o está exenta de los requisitos de licencia bajo esta división.
(2)CA Financiero Code § 2010(m)(2) La entidad proporciona un recibo, registro electrónico u otra confirmación escrita al remitente identificando a la entidad como el proveedor de la transmisión de dinero en la transacción.
(3)CA Financiero Code § 2010(m)(3) La entidad asume la responsabilidad exclusiva de cumplir con la obligación de transmisión de dinero pendiente con el remitente, incluyendo la obligación de compensar al remitente en relación con cualquier fallo en la transmisión de los fondos al destinatario designado por el remitente.
(n)CA Financiero Code § 2010(n) Un comisionista de futuros registrado bajo las leyes federales de productos básicos en la medida de su operación como tal comisionista.

Section § 2011

Explanation

Esta ley permite al comisionado eximir a ciertas personas o transacciones de la regulación financiera si es de interés público y la regulación no es necesaria. El comisionado puede establecer condiciones para estas exenciones y debe publicarlas en un sitio web. Se crearán reglamentos para asegurar que este proceso sea claro y efectivo.

(a)CA Financiero Code § 2011(a) El comisionado podrá, mediante reglamento u orden, ya sea incondicionalmente o bajo términos y condiciones específicos o por períodos determinados, eximir de la totalidad o parte de esta división a cualquier persona o transacción o clase de personas o transacciones, si el comisionado considera que dicha acción es de interés público y que la regulación de dichas personas o transacciones no es necesaria para los fines de esta división. El comisionado publicará en el sitio web de Internet del comisionado una lista de todas las personas, transacciones o clases de personas o transacciones exentas conforme a esta sección, y la parte o partes de esta división de las que están exentas.
(b)CA Financiero Code § 2011(b) El comisionado adoptará reglamentos para llevar a cabo e implementar esta sección.