Section § 1280

Explanation

Esta sección define qué se considera una 'sociedad de cartera bancaria' en California. Una compañía es una sociedad de cartera bancaria si posee o controla al menos el 10% de las acciones o el poder de voto de un banco doméstico, o si puede influir en la elección de la mayoría de los directores de un banco. Además, si el comisionado determina que una compañía o persona tiene una influencia controladora sobre la gestión de un banco, también califica. Asimismo, la ley incluye a cualquier compañía que controle a otra compañía que cumpla con esta descripción. Sin embargo, una compañía fiduciaria controlada por o bajo control común con una compañía de seguros de títulos no se considera una sociedad de cartera bancaria.

“Sociedad de cartera bancaria” significa:
(a)CA Financiero Code § 1280(a) Cualquier persona o compañía que:
(1)CA Financiero Code § 1280(a)(1) Directa o indirectamente posea, controle o tenga con poder de voto, el 10 por ciento o más de las acciones en circulación de cualquier banco doméstico, o el 10 por ciento o más de las acciones en circulación de cualquier banco doméstico junto con el 10 por ciento o más de las acciones o poder de voto de acciones de cualquier banco nacional ubicado en California.
(2)CA Financiero Code § 1280(a)(2) Controle de cualquier manera, ya sea mediante la tenencia de un poder de voto o de otro modo, la elección de la mayoría de los directores de cualquier banco doméstico, o de ambos, cualquier banco doméstico y cualquier banco nacional ubicado en California.
(3)CA Financiero Code § 1280(a)(3) El comisionado determine, después de una notificación razonable y oportunidad de audiencia, que ejerce directa o indirectamente, o tiene el poder de ejercer, una influencia controladora sobre la gestión y las políticas de cualquier banco doméstico, o de ambos, cualquier banco doméstico y cualquier banco nacional ubicado en California.
(b)CA Financiero Code § 1280(b) Cualquier compañía que controle de cualquier manera a cualquier compañía que sea o se convierta en una sociedad de cartera bancaria en virtud de este capítulo.
(c)CA Financiero Code § 1280(c) Sociedad de cartera bancaria no incluye una compañía fiduciaria controlada por o bajo control común con una compañía de seguros de títulos.

Section § 1281

Explanation
Esta sección define el término "Compañía" de manera amplia para incluir varios tipos de entidades comerciales, sean o no corporaciones oficiales. Cubre desde corporaciones y fideicomisos hasta sociedades y grupos organizados.

Section § 1282

Explanation

Esta ley define qué es una 'subsidiaria' en relación con una sociedad de cartera bancaria. Una subsidiaria es cualquier empresa donde la sociedad de cartera bancaria posee o controla el 10% o más de las acciones con derecho a voto, controla la mayoría de la junta directiva de la empresa, o posee el 10% o más de la propiedad legal o beneficiaria por medios directos o indirectos.

“Subsidiarias,” con respecto a una sociedad de cartera bancaria específica, significa:
(a)CA Financiero Code § 1282(a) Cualquier empresa el diez por ciento (10%) o más de cuyos valores con derecho a voto son directa o indirectamente propiedad o están controlados por dicha sociedad de cartera bancaria;
(b)CA Financiero Code § 1282(b) Cualquier empresa cuya mayoría de directores estén controlados de cualquier manera por dicha sociedad de cartera;
(c)CA Financiero Code § 1282(c) Cualquier empresa el diez por ciento (10%) o más de cuyos valores con derecho a voto estén en poder de fiduciarios o no fiduciarios en beneficio de los accionistas, socios o miembros de dicha sociedad de cartera; o
(d)CA Financiero Code § 1282(d) Cualquier empresa el diez por ciento (10%) o más de cuya propiedad legal o beneficiaria es directa o indirectamente propiedad o está controlada por dicha sociedad de cartera.

Section § 1283

Explanation
El comisionado puede solicitar informes a las sociedades de cartera bancaria y sus subsidiarias sobre asuntos que son importantes para las responsabilidades del comisionado. Estos informes pueden ser requeridos en cualquier formato, incluso bajo juramento.
El comisionado podrá requerir periódicamente, bajo juramento o de otra manera, informes de cualquier sociedad de cartera bancaria y sus subsidiarias, en la forma y sobre los asuntos que el comisionado considere necesarios y apropiados, y que sean relevantes para la jurisdicción y las responsabilidades del comisionado conforme a esta división.

Section § 1284

Explanation

Esta ley permite al comisionado inspeccionar las sociedades de cartera bancarias y sus subsidiarias para asegurar el cumplimiento. Estas inspecciones pueden ser realizadas por el equipo propio del comisionado o por contadores independientes. En lugar de realizar una nueva inspección, el comisionado puede aceptar inspecciones hechas por agencias federales o de otros estados. Si el comisionado utiliza a su propio personal para la inspección, la sociedad de cartera bancaria debe pagar $200 por día por examinador, más los gastos de viaje si el examinador necesita viajar fuera del estado. Si se utilizan contadores independientes, la empresa debe cubrir sus honorarios dentro de los diez días siguientes a la recepción de un estado de cuenta.

Cada sociedad de cartera bancaria y sus subsidiarias estarán sujetas a examen por parte del comisionado. El comisionado podrá utilizar, para este fin, a sus propios examinadores o a contadores públicos independientes que sean personas imparciales. En lugar de realizar un examen, el comisionado podrá aceptar el examen de cualquier sociedad de cartera realizado por cualquier agencia federal, cualquier otra agencia de este estado, o cualquier agencia de cualquier otro estado de los Estados Unidos y podrá examinar dicha sociedad de cartera en conjunto con estas agencias. Si el comisionado examina una sociedad de cartera bancaria o cualquiera de sus subsidiarias, que no sea un banco nacional, utilizando a sus propios examinadores, la sociedad de cartera bancaria pagará, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de una declaración del comisionado, una tarifa de doscientos dólares ($200) por día por cada examinador que participe en el examen, más, en caso de que sea necesario que cualquier examinador que participe en el examen viaje fuera de este estado, los gastos de viaje del examinador. Si el comisionado examina una sociedad de cartera bancaria o cualquiera de sus subsidiarias, que no sea un banco nacional, utilizando contadores públicos independientes, la sociedad de cartera bancaria pagará, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de una declaración del comisionado, la tarifa de los contadores públicos independientes.

Section § 1285

Explanation

Esta ley establece que cuando una compañía fiduciaria es controlada por o comparte control con una compañía de seguros de títulos, el comisionado debe colaborar con el Comisionado de Seguros para establecer reglas para la inspección y el examen de estas compañías. Estas inspecciones se realizarán siguiendo ciertas disposiciones del Código de Seguros.

Con respecto a una compañía fiduciaria controlada por o bajo control común con una compañía de seguros de títulos, el comisionado en cooperación con el Comisionado de Seguros adoptará reglas y regulaciones razonables para la realización de la inspección y el examen autorizados por las Secciones 1282 y 1284. Cualquier examen o inspección de este tipo se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones del Artículo 4.7 (que comienza con la Sección 1215) del Capítulo 2 de la Parte 2 de la División 1 del Código de Seguros.

Section § 1286

Explanation
Esta sección deja claro que el comisionado no puede exigir informes ni realizar exámenes a un banco nacional si esto va en contra de la ley federal.

Section § 1287

Explanation

Esta ley establece que los límites a las tasas de interés de la Constitución de California no se aplican a los préstamos y actividades financieras que involucran a los holdings bancarios o a sus subsidiarias que no son bancos. Los reconoce como una clase exenta especial, basándose en la autoridad constitucional. Sin embargo, estas empresas deben seguir cumpliendo con todas las demás leyes que regulan sus actividades comerciales.

De conformidad con la autoridad contenida en la Sección 1 del Artículo XV de la Constitución de California, las restricciones sobre las tasas de interés contenidas en la Sección 1 del Artículo XV de la Constitución de California no se aplicarán a ninguna obligación de, préstamos realizados o gestionados por, o condonaciones o aplazamientos de pago de o gestionados por, una sociedad de cartera bancaria o una subsidiaria de una sociedad de cartera bancaria que no sea un banco. Según se utilizan en esta sección, los términos "sociedad de cartera bancaria" y "subsidiaria" significan una sociedad de cartera bancaria o subsidiaria tal como se definen en el Capítulo 17 (que comienza con la Sección 1841) del Título 12 del Código de los Estados Unidos.
Esta sección crea y autoriza una clase exenta de personas de conformidad con la Sección 1 del Artículo XV de la Constitución. Esta sección no exime a una sociedad de cartera bancaria o a una subsidiaria de una sociedad de cartera bancaria de cumplir con todas las demás disposiciones aplicables de la ley que regulan el negocio de estas empresas.
Esta sección no exime a una sociedad de cartera bancaria o a una subsidiaria de la misma de cumplir con todas las demás leyes o regulaciones que rigen el negocio en el que la sociedad de cartera bancaria o la subsidiaria está involucrada.