Section § 1070

Explanation

Esta sección describe definiciones específicas relacionadas con las operaciones bancarias. Un "cajero automático" es un dispositivo utilizado para transacciones bancarias directamente entre el banco y sus clientes. Una "sucursal" es donde se realizan diversas actividades bancarias, excepto las transacciones de cajero automático y las interacciones con dispositivos relacionados con cheques. La "actividad bancaria principal" implica actividades bancarias esenciales como recibir depósitos y otorgar préstamos, mientras que la "actividad bancaria no principal" incluye actividades bancarias permitidas fuera de las operaciones principales. Una "instalación" se encarga de las actividades comerciales no principales. La "oficina principal" es la sede del banco. "Redesignar oficinas" se refiere a trasladar la oficina principal o una sucursal de un banco a otra sucursal o instalación y establecer una nueva oficina en la ubicación anterior. "Oficina" se refiere colectivamente a la oficina principal, las sucursales o las oficinas de instalación de un banco.

A los efectos de este capítulo, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Financiero Code § 1070(a) “Cajero automático” significa cualquier dispositivo electrónico de procesamiento de información utilizado por una institución financiera y sus clientes con el propósito principal de ejecutar transacciones únicamente entre la institución financiera y sus clientes, si las transacciones no son incidentales a ventas entre el cliente y una entidad comercial que no sea una institución financiera.
(b)CA Financiero Code § 1070(b) “Sucursal” significa cualquier oficina en la que se realizan actividades bancarias principales, que no sea un cajero automático, un dispositivo utilizado para facilitar la garantía o autorización de cheques, o una instalación de servicio remoto según se define en el subapartado (d) de la Sección 345.12 del Título 12 del Código de Regulaciones Federales.
(c)CA Financiero Code § 1070(c) “Actividad bancaria principal” significa el negocio de recibir depósitos, pagar cheques, otorgar préstamos y otras actividades que el comisionado pueda especificar mediante orden o reglamento. La “actividad bancaria principal”, cuando se utiliza para describir el negocio fiduciario, incluye la recepción de activos fiduciarios y la administración de cuentas fiduciarias.
(d)CA Financiero Code § 1070(d) “Instalación” significa una oficina en la que un banco realiza actividades bancarias no principales, pero en la que no realiza actividades bancarias principales.
(e)CA Financiero Code § 1070(e) “Oficina principal” significa la oficina designada por el banco como su sede.
(f)CA Financiero Code § 1070(f) “Actividad bancaria no principal” significa todas las actividades permitidas para los bancos, excepto la actividad bancaria principal, y excepto aquellas actividades prohibidas por ley o determinadas por el comisionado mediante reglamento u orden como no siendo actividad bancaria no principal.
(g)CA Financiero Code § 1070(g) “Oficina” significa la oficina principal, cualquier sucursal y cualquier oficina de instalación de un banco.
(h)CA Financiero Code § 1070(h) “Redesignar oficinas” significa (1) el traslado por parte de un banco de su oficina principal al sitio de una sucursal o de una oficina de instalación en este estado y el establecimiento concurrente por parte del banco de una oficina en el antiguo sitio de la oficina principal, o (2) el traslado por parte de un banco de una sucursal al sitio de una oficina de instalación y el establecimiento concurrente por parte del banco de una sucursal o de una oficina de instalación en el antiguo sitio de la sucursal.

Section § 1071

Explanation
Esta sección exige que un banco obtenga un certificado del comisionado para abrir y operar una oficina. El banco debe pagar una tarifa de $25 por cada certificado expedido.

Section § 1072

Explanation
Esta ley exige que todo banco tenga una oficina principal ubicada dentro del estado de California.

Section § 1073

Explanation

Los bancos pueden abrir y administrar varias oficinas, pero primero necesitan la aprobación de su junta directiva.

Un banco, con la aprobación de su junta directiva, puede establecer y mantener una o más oficinas.

Section § 1074

Explanation

Esta ley establece que un banco puede trasladar su oficina a una nueva ubicación, pero necesita la aprobación de su junta directiva para hacerlo.

Un banco, con la aprobación de su junta directiva, puede reubicar una oficina.

Section § 1075

Explanation

Esta ley permite que un banco cambie la designación o el nombre de sus oficinas, siempre y cuando obtenga primero la aprobación de su junta directiva.

Un banco, con la aprobación de su junta directiva, puede redesignar oficinas.

Section § 1076

Explanation

Esta ley exige que cada vez que un banco abra una nueva oficina, traslade una existente o cambie su designación, debe notificar al comisionado en un plazo de 10 días. Esta notificación debe incluir el tipo de oficina, la dirección completa, cualquier dirección anterior si la oficina se está reubicando, la fecha en que ocurrieron estos cambios y el pago de una tarifa específica por los certificados necesarios.

Cada vez que un banco establezca una oficina, reubique una oficina o redesigne una oficina, el banco deberá, dentro de los 10 días siguientes al establecimiento, reubicación o redesignación de las oficinas, presentar un aviso al comisionado. El aviso deberá incluir:
(a)CA Financiero Code § 1076(a) El tipo de oficina u oficinas a establecer, reubicar o redesignar.
(b)CA Financiero Code § 1076(b) La dirección completa de la oficina u oficinas a establecer, reubicar o redesignar. Si una oficina está siendo reubicada, la dirección antigua de la oficina y la dirección a la que se reubicará la oficina.
(c)CA Financiero Code § 1076(c) La fecha en que la oficina u oficinas fueron establecidas, reubicadas o redesignadas.
(d)CA Financiero Code § 1076(d) La tarifa correspondiente por el certificado o certificados a ser emitidos por el comisionado.

Section § 1077

Explanation
Cada año, antes del 1 de enero, los bancos deben entregar al comisionado una lista de todas sus oficinas actuales. El informe debe incluir el tipo y la dirección completa de cada oficina.

Section § 1078

Explanation

Esta ley detalla el proceso que un banco en California debe seguir para cerrar o dejar de operar una sucursal. Primero, el banco debe informar al comisionado presentando un aviso con razones detalladas e información sobre el cierre. Esto incluye el nombre de la sucursal, su ubicación, detalles de reubicación, fecha de cierre, razones para el cierre y estadísticas de apoyo. Además, el comisionado tiene 60 días para objetar el cierre; de lo contrario, la medida puede proceder si no se emite ninguna objeción. Finalmente, el comisionado decide basándose en si el cierre afecta negativamente la conveniencia o ventaja pública, a menos que la seguridad y solidez requieran el cierre de la sucursal.

(a)CA Financiero Code § 1078(a) Un banco puede cerrar o descontinuar la operación de cualquier sucursal si, antes del cierre o descontinuación, (1) el banco presenta ante el comisionado un aviso que contenga la información de la subdivisión (b), y (2) el comisionado, dentro de los 60 días siguientes a la presentación del aviso o cualquier período más largo al que el banco consienta, (A) emite una declaración escrita sin oponerse al aviso, o (B) no emite una objeción escrita al aviso.
(b)Copy CA Financiero Code § 1078(b)
(1)Copy CA Financiero Code § 1078(b)(1) Un aviso presentado conforme a la subdivisión (a) deberá contener toda la siguiente información:
(A)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(A) El nombre del banco estatal de California.
(B)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(B) La ubicación de la sucursal propuesta para ser cerrada o descontinuada.
(C)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(C) La ubicación de la oficina a la que se propone transferir el negocio de la sucursal propuesta para ser cerrada o descontinuada.
(D)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(D) La fecha propuesta de cierre o descontinuación.
(E)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(E) Una declaración detallada de las razones de la decisión de cerrar la sucursal.
(F)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(F) Información estadística o de otro tipo en apoyo de las razones, consistente con la política escrita de la institución para el cierre de sucursales.
(G)CA Financiero Code § 1078(b)(1)(G) Cualquier otra información que el comisionado pueda requerir.
(2)CA Financiero Code § 1078(b)(2) Un aviso presentado conforme a la subdivisión (a) deberá tener la forma, deberá firmarse de la manera y deberá, si el comisionado lo requiere, verificarse de la manera que el comisionado pueda requerir.
(c)CA Financiero Code § 1078(c) Para los fines de la subdivisión (a), se considera que un aviso se presenta ante el comisionado en el momento en que el comisionado recibe el aviso completo, incluyendo cualquier enmienda o suplemento, que contenga toda la información requerida por el comisionado y que cumpla de otro modo con la subdivisión (b).
(d)CA Financiero Code § 1078(d) Al determinar si objetar o no un aviso presentado conforme a la subdivisión (a), excepto si el comisionado determina que es necesario en aras de la seguridad y solidez que la sucursal sea cerrada o descontinuada, el comisionado considerará si el cierre o la descontinuación de la sucursal tendrá un efecto gravemente adverso en la conveniencia o ventaja pública.

Section § 1079

Explanation
Esta ley permite al comisionado impedir que un banco establezca, traslade o cambie la designación de una oficina si esto pudiera ser inseguro o perjudicial para el banco. El comisionado puede exigir que el banco obtenga aprobación primero y también puede imponer cualquier regla o condición adicional que considere necesaria.

Section § 1080

Explanation

Si un banco ignora alguna de las reglas de este capítulo o no sigue una orden, el comisionado puede imponerle una multa al banco basándose en la Sección 329.

Si un banco infringe alguna disposición de este capítulo o no cumple con alguna orden, el comisionado podrá imponer una sanción al banco de conformidad con la Sección 329.

Section § 1081

Explanation

Esta ley permite que un banco cierre una de sus oficinas de instalaciones si su junta directiva lo aprueba. Una vez que se efectúa el cierre, el banco debe notificar al comisionado en un plazo de 10 días e incluir información específica, tal como lo exige otra sección (la Sección 1076). No hay ningún cargo por presentar este aviso de descontinuación.

Un banco, con la aprobación de su junta directiva, podrá descontinuar una oficina de instalaciones. Dentro de los 10 días siguientes a la fecha de cierre de la oficina de instalaciones, el banco deberá presentar un aviso de dicha descontinuación ante el comisionado. El aviso deberá contener la información requerida por la Sección 1076. No se cobrará ninguna tarifa asociada con la descontinuación de una oficina de instalaciones.

Section § 1082

Explanation

Esta ley exige que los bancos que abran una nueva sucursal en California notifiquen al comisionado estatal dentro de los 10 días siguientes a la apertura, traslado o cambio de nombre de una sucursal. Deben proporcionar detalles específicos, incluyendo el nombre del banco, dónde está constituido, la dirección completa de la sucursal, la fecha de apertura y cualquier otra información que el comisionado solicite.

Cualquier banco que establezca una oficina sucursal en este estado de conformidad con la Sección 36(g)(1)(A) de la Ley de Bancos Nacionales (12 U.S.C. Sec. 36(g)(1)(A)), o la Sección 18(d)(4)(A)(i) de la Ley Federal de Seguro de Depósitos (12 U.S.C. Sec. 1828(d)(4)(A)(i)), según fueron modificadas esas secciones por la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor de 2010, deberá, dentro de los 10 días siguientes al establecimiento, reubicación o redesignación de las oficinas, presentar un aviso al comisionado que incluya todo lo siguiente:
(a)CA Financiero Code § 1082(a) El nombre del banco que establece la oficina u oficinas sucursales.
(b)CA Financiero Code § 1082(b) El estado de origen o estado de constitución del banco que establece la oficina u oficinas sucursales.
(c)CA Financiero Code § 1082(c) La dirección completa de la oficina u oficinas establecidas o por establecerse.
(d)CA Financiero Code § 1082(d) La fecha en que la oficina u oficinas sucursales fueron o serán abiertas.
(e)CA Financiero Code § 1082(e) Cualquier otra información, si la hubiere, que el comisionado considere necesaria.

Section § 1083

Explanation

Esta ley permite a los bancos llevar a cabo programas de educación financiera en las escuelas sin que esos lugares se consideren sucursales bancarias oficiales. Para calificar, los bancos no deben establecer ni operar el lugar escolar, los empleados solo pueden trabajar allí para el programa, la escuela debe permitir el programa a su discreción, y el objetivo principal debe ser la educación, como enseñar gestión financiera. El banco no puede atender al público en general allí, y debe asegurarse de que todas las actividades sigan prácticas bancarias seguras. Es importante destacar que el banco sigue siendo responsable de cualquier depósito realizado en estos lugares escolares como si se hubieran realizado en una sucursal regular.

(a)CA Financiero Code § 1083(a) Un banco puede participar en un programa de educación financiera que implique recibir depósitos o pagar retiros en las instalaciones de, o en una facilidad utilizada por, una escuela. Las instalaciones o facilidad de la escuela no se considerarán una sucursal del banco, según se define ese término en la Sección 1070 del Código Financiero, si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(1)CA Financiero Code § 1083(a)(1) El banco no establece ni opera las instalaciones o facilidad de la escuela en la que se lleva a cabo el programa.
(2)CA Financiero Code § 1083(a)(2) Los empleados del banco trabajan en el lugar solo para participar en el programa.
(3)CA Financiero Code § 1083(a)(3) El programa se proporciona a discreción de la escuela.
(4)CA Financiero Code § 1083(a)(4) El propósito principal del programa es la educación financiera. Por ejemplo, un programa es educativo si está diseñado para enseñar a los estudiantes los principios de la gestión financiera personal, las operaciones bancarias o los beneficios de ahorrar para el futuro, y no está diseñado con fines de lucro.
(5)CA Financiero Code § 1083(a)(5) No se proporcionan servicios al público en general.
(6)CA Financiero Code § 1083(a)(6) El programa se lleva a cabo de una manera que es consistente con prácticas bancarias seguras y sólidas y cumple con la ley aplicable.
(b)CA Financiero Code § 1083(b) Un banco que participa en un programa de educación financiera de conformidad con esta sección será responsable de todos los depósitos realizados en las instalaciones de, o en una facilidad utilizada por, una escuela como si el depósito se hubiera realizado directamente en una sucursal del banco.