Chapter 3
Section § 1040
Esta sección define términos clave relacionados con los gastos en los que incurre un banco antes de comenzar a operar. Un 'gasto de preapertura' es cualquier costo u obligación que un banco asume durante su establecimiento, antes de iniciar oficialmente sus actividades. 'Gasto de preapertura no capitalizable' se refiere a estos costos, excepto aquellos que pueden ser capitalizados, lo que significa que se consideran una inversión en lugar de un gasto inmediato.
Section § 1041
Si está iniciando un nuevo banco o compañía fiduciaria en California, debe obtener la aprobación de sus artículos de incorporación por parte del comisionado antes de presentarlos ante el Secretario de Estado. Una vez presentados, debe entregar al comisionado una copia certificada de estos artículos y demostrar que el capital inicial de su banco está totalmente pagado en efectivo y depositado en un banco. Además, deberá pagar una tarifa de $2,500 al comisionado.
Section § 1042
Si un nuevo banco o compañía fiduciaria cumple con todos los requisitos legales y las condiciones para comenzar a operar, el comisionado debe emitir un certificado dentro de los 30 días. Este certificado les permite llevar a cabo negocios oficialmente y confirma el cumplimiento de las regulaciones necesarias. Una copia del certificado se entrega al banco o compañía fiduciaria, y la otra se archiva en el departamento.
Section § 1043
Esta ley establece que es ilegal aceptar dinero por acciones de un nuevo banco o compañía fiduciaria, a menos que el comisionado haya autorizado su organización.
Section § 1044
Un banco o compañía fiduciaria en California no puede comenzar a operar hasta que reciba un certificado del comisionado. Además, estas compañías no pueden contraer deudas más allá de lo necesario para su organización hasta que su capital haya sido pagado en su totalidad a su director financiero en dinero legal.
Section § 1045
Si un banco o compañía fiduciaria propuesto no presenta los documentos de constitución necesarios dentro de un año después de recibir la aprobación para comenzar a organizarse, pierde el derecho a organizarse. Sin embargo, pueden solicitar al comisionado más tiempo si tienen una buena razón, lo hacen antes de la fecha límite y pagan $100. Cada prórroga puede ser de hasta 6 meses.
Section § 1046
Section § 1047
Esta ley prohíbe usar el dinero recaudado de inversores o suscriptores para pagar comisiones u honorarios por atraer a más inversores o vender acciones. Además, estos fondos no pueden usarse para gastos previos a la apertura a menos que el comisionado haya dado su aprobación.
Section § 1048
Los bancos y compañías fiduciarias en California están obligados a exhibir su certificado de autorización, el cual les permite llevar a cabo operaciones bancarias o fiduciarias. Este certificado debe estar publicado de manera destacada en el área principal de banca de su oficina principal para demostrar que están autorizados por el comisionado.