Section § 2760

Explanation

Esta sección establece que el capítulo se llama "Ley Keene-Nielsen de Restauración Pesquera de 1985", que es el nombre que se usa para referirse a esta ley.

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como la Ley Keene-Nielsen de Restauración Pesquera de 1985.

Section § 2761

Explanation

Los legisladores de California reconocen que los proyectos de desarrollo han perjudicado a los peces y la vida silvestre tanto en aguas interiores como costeras. Estos proyectos, especialmente los desarrollos hídricos, han alterado los flujos naturales de agua, dañando los hábitats y las rutas migratorias de los peces. Los peces y la vida silvestre se consideran recursos públicos valiosos por sus beneficios económicos, ambientales y recreativos.

El estado se compromete a prevenir mayores disminuciones, restaurar estas poblaciones a niveles históricos y mejorar los hábitats, centrándose en el salmón y la trucha arcoíris (steelhead). Mejorar estas poblaciones de peces se considera beneficioso para la economía y el empleo del estado, especialmente en las zonas rurales. Para lograr esto, California tiene la intención de implementar el Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris (Steelhead) y Anádromas, con el objetivo de duplicar estos recursos pesqueros.

La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(a)CA Pesca y Caza Code § 2761(a) Muchos de los importantes recursos de peces y vida silvestre de California en aguas interiores y costeras han disminuido como resultado de numerosos proyectos de desarrollo que han proporcionado un valioso crecimiento económico.
(b)CA Pesca y Caza Code § 2761(b) Los peces y la vida silvestre se han visto afectados negativamente por los desarrollos hídricos que han alterado significativamente los flujos de agua en muchos de los ríos y arroyos de California, afectando así a los peces y la vida silvestre, su hábitat, el hábitat ribereño adyacente, las zonas de desove y las rutas migratorias.
(c)CA Pesca y Caza Code § 2761(c) Los peces y la vida silvestre son recursos públicos importantes con valores económicos, ambientales, recreativos, estéticos y educativos significativos.
(d)CA Pesca y Caza Code § 2761(d) California tiene la intención de realizar esfuerzos razonables para prevenir mayores disminuciones en los peces y la vida silvestre, para restaurar los peces y la vida silvestre a niveles históricos cuando sea posible, y para mejorar los recursos de peces y vida silvestre cuando sea posible.
(e)CA Pesca y Caza Code § 2761(e) La protección y el aumento de los recursos de salmón y trucha arcoíris (steelhead) que desovan naturalmente en el estado proporcionarían un valioso recurso público para los residentes, un gran beneficio económico a nivel estatal y, además, ofrecerían oportunidades de empleo que de otro modo no estarían disponibles para los ciudadanos de este estado, particularmente en áreas rurales con subempleo.
(f)CA Pesca y Caza Code § 2761(f) La protección y el aumento de los recursos de salmón y trucha arcoíris (steelhead) que desovan naturalmente en el estado deben lograrse principalmente mediante la mejora del hábitat de los arroyos.
(g)CA Pesca y Caza Code § 2761(g) La Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris (Steelhead) y Anádromas (Cap. 8 (que comienza con la Sec. 6900), Pt. 1, Div. 6), declara que es política del estado aumentar los recursos de salmón y trucha arcoíris (steelhead) del estado, y encarga al departamento desarrollar un plan y programa que se esfuerce por duplicar los recursos de salmón y trucha arcoíris (steelhead).

Section § 2762

Explanation

La Cuenta de Restauración Pesquera es un fondo establecido para apoyar proyectos destinados a restaurar los recursos pesqueros y sus hábitats en California. Estos proyectos se centran en áreas dañadas por desarrollos hídricos anteriores y se rigen por la Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris y Anádromas. Los fondos de esta cuenta no pueden utilizarse para proyectos sin notificar a los comités legislativos clave con 30 días de antelación, y no se puede expropiar ninguna tierra para estos proyectos.

Se da prioridad a los proyectos que crean empleo para aquellos afectados por la reducción de las temporadas de pesca debido a las regulaciones federales. El Departamento de Pesca y Vida Silvestre debe evaluar el impacto de cada proyecto antes y después de su implementación y no puede usar más del 5% de los fondos para la administración del proyecto. También deben revisar todos los proyectos en el último año de financiación para asegurar que se están cumpliendo los objetivos específicos, incluido el aumento de las poblaciones de salmón y trucha arcoíris.

(a)CA Pesca y Caza Code § 2762(a) La Cuenta de Restauración Pesquera se crea por la presente en el Fondo de Preservación de la Pesca y la Caza. Los fondos de la Cuenta de Restauración Pesquera se asignan por la presente al departamento para su gasto en los años fiscales 1991-92 a 1993-94, inclusive, de conformidad con el apartado (b).
(b)CA Pesca y Caza Code § 2762(b)  Los fondos de la Cuenta de Restauración Pesquera podrán destinarse a la construcción, operación y administración de proyectos designados en el plan desarrollado por el departamento de conformidad con la Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris y Anádromas (Cap. 8 (que comienza con la Sec. 6900), Pt. 1, Div. 6), y proyectos diseñados para restaurar y mantener los recursos pesqueros y su hábitat que hayan sido dañados por desviaciones y proyectos de agua anteriores y otras actividades de desarrollo. No se autorizarán gastos para un proyecto que se financie en virtud de este apartado antes de una fecha que sea 30 días después de que el departamento haya proporcionado una copia de la propuesta del proyecto a financiar, junto con las descripciones de apoyo, al Comité Conjunto de Pesca y Acuicultura y al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo. Estos proyectos tendrán como objetivo principal la restauración de los recursos pesqueros identificados en la Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris y Anádromas. Los proyectos podrán incluir, entre otros, evaluaciones de cuencas hidrográficas, planificación de la restauración pesquera, adquisición de tierras, restauración de hábitats, restauración o creación de zonas de desove, construcción de rejillas o escalas para peces, rehabilitación de arroyos e instalación de instalaciones de control de la contaminación. Los proyectos de restauración o creación de zonas de desove utilizarán el desove natural en lugar de las piscifactorías en la medida de lo posible.
Bajo ninguna circunstancia se eximirá a ningún proyecto hídrico en virtud de este apartado de los requisitos de mitigación que se le impongan en virtud de la ley vigente.
No se adquirirá ninguna tierra de conformidad con este capítulo mediante procedimientos de expropiación forzosa.
(c)CA Pesca y Caza Code § 2762(c) Se dará prioridad de financiación a los proyectos que empleen a pescadores, trabajadores de procesamiento de pescado y otras personas desempleadas o subempleadas debido a la eliminación de una temporada de pesca comercial como resultado de las restricciones impuestas por las regulaciones federales. Esta prioridad permanecerá en vigor solo mientras dichas restricciones estén vigentes.
(d)CA Pesca y Caza Code § 2762(d) No se autorizarán gastos para proyectos plurianuales financiados en virtud del apartado (b) antes de una fecha que sea 30 días después de que el departamento haya presentado un informe anual de progreso sobre el proyecto y una copia del cronograma de trabajo para la financiación del proyecto en años posteriores al Comité Conjunto de Pesca y Acuicultura y al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo.
(e)CA Pesca y Caza Code § 2762(e) El departamento realizará una evaluación previa y posterior al proyecto de cada proyecto recomendado en el plan y programa desarrollado por el departamento de conformidad con la Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris y Anádromas para el cual se hayan asignado fondos de la Cuenta de Restauración Pesquera.
(f)CA Pesca y Caza Code § 2762(f) El departamento podrá gastar no más del 5 por ciento de los fondos asignados anualmente de la Cuenta de Restauración Pesquera para la administración de proyectos.
(g)CA Pesca y Caza Code § 2762(g) El departamento podrá contratar servicios con el fin de realizar una evaluación previa y posterior al proyecto o para la administración de proyectos.
(h)CA Pesca y Caza Code § 2762(h) El departamento, durante el último año fiscal de financiación, realizará una revisión de todos los proyectos anteriores y en curso para determinar si se están cumpliendo los elementos del plan y programa desarrollado por el departamento de conformidad con la Ley del Programa de Pesquerías de Salmón, Trucha Arcoíris y Anádromas, incluido el objetivo de duplicar la población de salmón y trucha arcoíris de 1988, según lo declarado en la Sección 6902.

Section § 2762.2

Explanation

El departamento puede otorgar a los contratistas un pago anticipado de hasta el 50% del monto total del contrato para proyectos de restauración pesquera. Sin embargo, esto solo se permite si el contratista tiene un buen historial con proyectos anteriores, utiliza métodos contables adecuados y demuestra que recibir parte del dinero por adelantado hará que el proyecto sea más eficiente y rentable.

El departamento puede adelantar fondos parciales, de hasta el 50 por ciento del monto contratado, a los contratistas para proyectos bajo la subdivisión (b) de la Sección 2762 si el director determina que la organización cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Pesca y Caza Code § 2762.2(1) Tiene un historial previamente demostrado de haber completado exitosamente uno o más proyectos de restauración pesquera financiados bajo contrato con el departamento.
(2)CA Pesca y Caza Code § 2762.2(2) Utiliza procedimientos contables generalmente aceptados.
(3)CA Pesca y Caza Code § 2762.2(3) Demuestra que el proyecto puede llevarse a cabo de manera más eficiente y económica con fondos parciales adelantados al inicio del proyecto.

Section § 2762.5

Explanation

Esta sección permite que el dinero de la Cuenta de Restauración Pesquera se utilice, si lo aprueba la legislatura estatal, para cubrir los gastos administrativos del Comité Asesor sobre Salmón y Trucha Arcoíris (Steelhead).

Además de la subdivisión (b) de la Sección 2762, los fondos de la Cuenta de Restauración Pesquera podrán ser desembolsados, previa asignación presupuestaria por la Legislatura, por el departamento para financiar los costos administrativos del Comité Asesor sobre Salmón y Trucha Arcoíris (Steelhead).

Section § 2762.6

Explanation
El departamento es responsable de decidir cuánto dinero se necesita de un fondo específico, relacionado con el impuesto sobre cigarrillos y tabaco, para cubrir los costos del Comité Asesor sobre Salmón y Trucha Arcoíris. Lo harán después de consultar con el propio comité.
El departamento deberá, previa consulta con el Comité Asesor sobre Salmón y Trucha Arcoíris, asignar la cantidad de fondos asignados al departamento de la Cuenta de Recursos Públicos del Fondo de Recargo sobre Productos de Cigarrillos y Tabaco que el departamento determine que es necesaria para cubrir los costos del comité asesor.

Section § 2763

Explanation

Esta sección exige que el director colabore con varias agencias estatales de California, incluyendo aquellas enfocadas en recursos, gestión del agua, conservación costera y desarrollo, para decidir qué proyectos deben recibir financiación basándose en los criterios de la Sección 2762.

El director consultará con la Agencia de Recursos, el Departamento de Recursos Hídricos, la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos, la Conservaduría Costera Estatal, la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco y la Comisión Costera de California al determinar los proyectos propuestos para financiación de conformidad con la Sección 2762.

Section § 2764

Explanation
El director debe colaborar con otras agencias estatales y comités asesores de pesca para planificar proyectos que recibirán financiación. Esto incluye consultar a grupos específicos enfocados en el salmón, la trucha arcoíris y la lobina rayada.

Section § 2765

Explanation

La Comisión del Agua de California tiene la función de asesorar al Congreso de EE. UU. sobre la financiación de proyectos hídricos. Cuando lo hacen, deben incluir ideas para estudios, programas e instalaciones para solucionar problemas de peces y vida silvestre causados por proyectos hídricos federales.

Esto incluye sitios específicos como la Presa Red Bluff, las Presas Trinity y Lewiston, y protecciones para áreas como el Pantano de Suisun y el Delta del Sacramento-San Joaquín de la mala calidad del agua debido al Proyecto Federal del Valle Central.

También abarca el Embalse Kesterson y el Drenaje San Luis.

La Comisión del Agua de California, en cualquier recomendación que pueda hacer al Congreso de los Estados Unidos sobre la financiación de proyectos hídricos, deberá incluir recomendaciones para estudios, programas e instalaciones necesarios para corregir problemas de peces y vida silvestre causados, total o parcialmente, por las instalaciones y operación hídricas federales, incluyendo, entre otros, todos los siguientes:
(a)CA Pesca y Caza Code § 2765(a) La Presa Red Bluff.
(b)CA Pesca y Caza Code § 2765(b) Las Presas Trinity y Lewiston.
(c)CA Pesca y Caza Code § 2765(c) Las instalaciones necesarias para proteger las áreas de vida silvestre en el Pantano de Suisun y el Delta del Sacramento-San Joaquín de los efectos adversos en la calidad del agua causados por el Proyecto Federal del Valle Central.
(d)CA Pesca y Caza Code § 2765(d) El Embalse Kesterson y el Drenaje San Luis.