Chapter 5
Section § 2535
Esta ley define a un 'guía' como cualquier persona que se dedica a ayudar a otros a cazar o pescar animales como aves, mamíferos o peces, a cambio de un pago. También incluye a quienes ganan dinero transportando personas y su equipo hacia y desde lugares de caza o pesca.
Section § 2536
Esta ley prohíbe que cualquier persona trabaje como guía remunerado o en el negocio de guías sin obtener primero una licencia de guía. Sin embargo, si usted es empleado de alguien que ya tiene una licencia de guía, no necesita una licencia separada si su empleo incluye una compensación laboral adecuada, la declaración de impuestos sobre la renta y el registro con el pago de una tarifa al departamento.
Si usted es un guía de pesca con licencia en otro estado, podría estar exento de necesitar una licencia de California si ese estado ofrece la misma exención a los guías de California, usted presenta prueba de su licencia y solo guía durante un torneo de pesca multiestatal. El torneo debe estar aprobado, el patrocinador debe proporcionar la información necesaria, cubrir los costos de aplicación y utilizar las ganancias netas para proyectos de hábitat. Finalmente, las tarifas de registro de guías son ajustables para cubrir los costos administrativos.
Section § 2537
Si tienes una licencia para embarcaciones comerciales de pesca de pasajeros, no necesitas obtener una licencia de guía separada.
Section § 2538
Si desea solicitar una licencia de guía en California, deberá completar un formulario de solicitud proporcionado por el departamento. El formulario le pedirá que proporcione sus datos personales, como su nombre, fecha de nacimiento e información de contacto. También debe especificar las áreas del estado donde planea ofrecer sus servicios, el tipo de guía o arreo que realizará, y su experiencia relevante en este campo. Además, deberá enumerar el equipo, los vehículos, los animales y otros recursos que utilizará, junto con cualquier otro detalle que el departamento o la comisión soliciten.
Section § 2539
Section § 2540
Esta ley establece las tarifas para obtener una licencia de guía en el estado. Si eres residente, cuesta $150, mientras que los no residentes pagan $350. Una licencia de guía es válida del 1 de febrero al 31 de enero del año siguiente. Si la obtienes más tarde, es válida por el resto del año de licencia. Estas tarifas base comenzaron en 2004 y se ajustan anualmente según un método específico en la Sección 713. Las tarifas se ajustan para cubrir los costos necesarios, pero no deben exceder estos gastos.
Section § 2541
Esta ley exige que cualquier persona que solicite una licencia de guía demuestre que tiene una fianza de garantía de al menos $1,000. La fianza asegura que los guías, y sus agentes o empleados, cumplirán responsablemente con sus deberes hacia los clientes. No se emitirá una licencia de guía sin esta fianza, la cual debe ser válida durante toda la duración de la licencia.
Section § 2542
Esta ley exige que una comisión establezca normas sobre las cualificaciones y la conducta de los guías. Estas normas garantizan la seguridad y el bienestar de las personas que utilizan los servicios de guías. Las cualificaciones de los guías deben incluir conocimientos básicos de primeros auxilios y operaciones de rescate. La comisión también puede crear normas sobre cómo solicitar las licencias de guía.
Section § 2543
Section § 2544
Esta sección explica cuándo el departamento puede negarse a emitir una licencia de guía a una persona. Si un solicitante no ha cumplido con sus responsabilidades hacia un cliente, o si ha infringido alguna norma o ha permitido que sus clientes las infrinjan (cuando pudo haberlo evitado), el departamento puede denegar su solicitud de licencia.
Section § 2545
Si el departamento le niega una licencia de guía a alguien, esa persona tiene derecho a solicitar una audiencia con la comisión. La comisión decidirá entonces si se debe otorgar la licencia.
Section § 2546
Esta ley describe los motivos por los que una licencia de guía o el privilegio de guiar puede ser revocado en California. Puede ser revocada si el guía ha sido condenado por infringir la ley, ha permitido que clientes o personas guiadas infrinjan la ley cuando pudo haberlo evitado, o no ha cumplido con sus obligaciones para con los clientes.