Section § 1700

Explanation

Esta ley establece la política de California para conservar y utilizar los recursos oceánicos y acuáticos en beneficio de todos sus ciudadanos. Apoya la pesca local y de aguas distantes de acuerdo con las leyes internacionales.

Los objetivos clave incluyen mantener poblaciones saludables de especies acuáticas, reconocer la importancia de usos no relacionados con la pesca como la educación y la recreación, apoyar la pesca deportiva donde sea sostenible, y promover el crecimiento de las pesquerías locales y comerciales asegurando la sostenibilidad. También enfatiza la importancia de gestionar las pesquerías basándose en información científica sólida y fomenta el desarrollo de la acuicultura comercial.

Por la presente se declara que es política del estado fomentar la conservación, el mantenimiento y la utilización de los recursos vivos del océano y otras aguas bajo la jurisdicción e influencia del estado en beneficio de todos sus ciudadanos, y promover el desarrollo de pesquerías locales y de aguas distantes con base en California, en armonía con el derecho internacional en lo que respecta a la pesca y la conservación de los recursos vivos de los océanos y otras aguas bajo la jurisdicción e influencia del estado. Esta política incluirá todos los siguientes objetivos:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1700(a) El mantenimiento de poblaciones suficientes de todas las especies de organismos acuáticos para asegurar su existencia continuada.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1700(b) El reconocimiento de la importancia de los usos estéticos, educativos, científicos y recreativos no extractivos de los recursos vivos de la Corriente de California.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1700(c) El mantenimiento de un recurso suficiente para apoyar un uso deportivo razonable, cuando una especie es objeto de pesca deportiva, tomando en consideración la necesidad de regular los límites de captura individuales de la pesca deportiva a la cantidad que sea suficiente para proporcionar una práctica deportiva satisfactoria.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1700(d) El crecimiento de las pesquerías comerciales locales, consistente con los usos estéticos, educativos, científicos y recreativos de dichos recursos vivos, la utilización de recursos no utilizados, tomando en consideración la necesidad de regular la captura dentro de los límites de los rendimientos máximos sostenibles, y el desarrollo de empresas pesqueras de aguas distantes y de ultramar.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1700(e) La gestión, sobre la base de información científica adecuada y prontamente promulgada para el escrutinio público, de las pesquerías bajo la jurisdicción del estado, y la participación en la gestión de otras pesquerías en las que participan pescadores de California, con el objetivo de maximizar la captura sostenida.
(f)CA Pesca y Caza Code § 1700(f) El desarrollo de la acuicultura comercial.