Chapter 6
Section § 1600
Esta ley subraya la importancia de proteger y conservar los peces y la vida silvestre de California. Estos recursos pertenecen a la gente, son cruciales para la economía del estado y son vitales para el suministro de alimentos. Por lo tanto, el estado es responsable de conservarlos.
Section § 1601
Esta sección define los términos clave utilizados en este capítulo. Un 'Acuerdo' se refiere a un arreglo formal sobre la modificación de un lecho de lago o arroyo. 'Día' significa un día natural normal. 'Emergencia' se define como en otra sección del Código de Recursos Públicos. 'Entidad' se refiere a cualquier persona, agencia gubernamental o servicio público que deba seguir estas reglas.
Section § 1602
Esta sección de la ley establece que si usted planea modificar o utilizar partes de un río, arroyo o lago de manera significativa, generalmente debe informar al departamento correspondiente y, en ocasiones, obtener su aprobación. Debe incluir una descripción detallada de su proyecto y pagar las tarifas requeridas. Ellos revisarán su notificación y decidirán si su actividad afecta a los peces o la vida silvestre. Si es perjudicial, pueden emitir un acuerdo con las protecciones necesarias.
Si su trabajo es el mantenimiento rutinario de instalaciones hídricas, es posible que no necesite aprobaciones repetidas a menos que las condiciones cambien significativamente. Para el cultivo de cannabis con licencia del Departamento de Control de Cannabis, es posible que no necesite un acuerdo separado si sus actividades protegen los recursos de vida silvestre según lo exigen esas licencias.
Violar estas reglas es ilegal, y el departamento puede tomar medidas contra el incumplimiento, especialmente para los cultivadores de cannabis con licencia que no cumplen con las condiciones requeridas. Todas las tarifas necesarias deben pagarse antes de que el departamento procese las notificaciones o acuerdos.
Section § 1603
Esta sección explica el proceso para gestionar actividades que podrían dañar los recursos de peces y vida silvestre. Después de ser notificado por una entidad, el departamento decide si la actividad podría tener un impacto negativo. Si es así, elaboran un borrador de acuerdo que describe cómo proteger los recursos afectados y lo envían a la entidad. La entidad tiene 30 días para aceptarlo o sugerir cambios, y si hay desacuerdo, pueden reunirse con el departamento para resolverlo. Si no responden en 90 días, el acuerdo se retira y deben volver a notificar antes de iniciar la actividad.
Si no se llega a un acuerdo mediante la discusión, la entidad puede solicitar un arbitraje. Se forma un panel de tres árbitros: uno elegido por el departamento, otro por la entidad, y un tercero seleccionado de mutuo acuerdo o nombrado. Este panel resuelve las disputas en un plazo de 14 días, y su decisión es vinculante. El proceso asegura que las medidas de protección se basen en el conocimiento científico actual. Cada parte cubre sus propios costos de arbitraje y comparte el costo del tercer árbitro.
Section § 1604
Si usted se ve afectado por una decisión de un panel de arbitraje, puede pedir a un tribunal que confirme, modifique o anule esa decisión. Este proceso se realiza siguiendo las reglas de una parte específica de otro conjunto de leyes, llamado Código de Procedimiento Civil.
Section § 1605
Esta sección explica las reglas sobre los acuerdos relacionados con la protección de los recursos de peces y vida silvestre. Normalmente, estos acuerdos no pueden durar más de cinco años, pero la entidad debe seguir implementando medidas de protección para los peces y la vida silvestre incluso después de que el acuerdo finalice.
Una entidad puede solicitar una única prórroga antes de que finalice el plazo original, a menos que el departamento determine que son necesarios cambios para seguir protegiendo la vida silvestre.
Si hay desacuerdo sobre los cambios necesarios, existe un proceso para resolverlo mediante arbitraje. Las prórrogas no pueden ser superiores a cinco años. Si un acuerdo expira sin una solicitud de prórroga, se debe presentar una nueva notificación.
Los acuerdos pueden durar más de cinco años si se cumplen ciertas condiciones, como la presentación de un informe de estado cada cuatro años y la confirmación de cumplimiento por parte del departamento. El departamento puede inspeccionar los sitios para asegurar el cumplimiento, y se debe mantener un registro especial para los acuerdos a largo plazo.
Section § 1606
Section § 1607
Esta ley dice que cualquier plazo mencionado en este capítulo puede alargarse si todas las partes involucradas están de acuerdo.
Section § 1608
Esta sección explica que el departamento debe proporcionar información detallada a cualquier entidad que presente una notificación según lo especificado. Esto incluye el período de revisión de la notificación, cómo y cuándo oponerse a las medidas propuestas, y los plazos de respuesta para las objeciones. También abarca el derecho a someter a arbitraje las medidas en un borrador de acuerdo y proporciona detalles sobre los procedimientos, los plazos y los requisitos de tarifas para el arbitraje. Finalmente, incluye la tabla de tarifas actual para obtener un acuerdo.
Section § 1609
La ley permite que un departamento cobre tarifas a cualquier organización bajo este capítulo, y estas tarifas cubren los costos de supervisar y hacer cumplir las reglas. Estas tarifas pueden pagar actividades como la creación de acuerdos y la realización de inspecciones, y se depositan en un fondo específico.
Las tarifas pueden ajustarse cada año según otra ley, y cada proyecto no debe tener una tarifa superior a $5,000. Sin embargo, este límite de $5,000 no se aplica a proyectos relacionados con acuerdos específicos bajo otra sección.
Section § 1610
Esta ley describe situaciones en las que las normas regulatorias habituales no se aplican, centrándose principalmente en condiciones de emergencia. Si se trata de emergencias inmediatas para proteger la vida o la propiedad, reparaciones urgentes de servicios públicos después de un desastre, o reparaciones de carreteras debido a desastres naturales, estas no requieren los procedimientos detallados habituales. Sin embargo, las ampliaciones de carreteras o los trabajos en carreteras escénicas no están exentos. Quien realice estos trabajos de emergencia debe informar al departamento correspondiente dentro de los 14 días posteriores al inicio. No seguir estas directrices puede resultar en una infracción.
Section § 1611
Esta ley explica que si usted presenta un plan de aprovechamiento forestal con ciertos detalles, se considera que ha dado el aviso requerido para alterar arroyos o cuerpos de agua. Para que sea válido, el plan debe incluir información como el tipo de trabajo, el volumen y tipo de materiales y agua, el equipo utilizado, el impacto en la vegetación y el cronograma de las operaciones. También necesita un diagrama que muestre la ubicación del trabajo y el acceso por carretera.
El Departamento no tramitará esta notificación hasta que reciba tanto el plan como la tarifa correspondiente. No están obligados a aprobar ningún acuerdo en menos de 60 días después de recibir una notificación completa. El acuerdo comienza cuando se inician las operaciones forestales, a menos que se indique lo contrario en el acuerdo.
Section § 1612
Esta sección establece que el departamento puede suspender o revocar un acuerdo si una entidad no cumple con los términos del acuerdo o no entrega las actualizaciones a tiempo. Antes de tomar medidas, el departamento debe establecer procedimientos y notificar por escrito a la entidad explicando por qué se le suspende o revoca. La entidad también debe tener la oportunidad de corregir cualquier problema antes de que el acuerdo sea suspendido o revocado.
Section § 1613
Si el departamento determina que la actividad propuesta por una entidad infringe las regulaciones antes de que se celebre un acuerdo final, puede suspender la revisión de su solicitud. Las reglas y plazos habituales no se aplicarán hasta que se resuelva el problema. Esta regla deja de aplicarse si la infracción se subsana, si no se inician acciones legales a tiempo o si se terminan los casos legales.
Section § 1614
Section § 1615
Si una entidad incumple las normas de este capítulo, puede ser multada con hasta $25,000 por cada infracción. Esta multa se suma a cualquier otra sanción prevista por la ley.
Al decidir el monto de la multa, el tribunal considera factores como la gravedad y el impacto de la infracción, los esfuerzos de limpieza realizados, la situación financiera del infractor y las infracciones anteriores.
El Fiscal General o las autoridades locales pueden presentar demandas por estas infracciones en nombre del pueblo.
En estos casos, no es necesario probar que se producirá un daño sin un interdicto. El tribunal puede emitir interdictos sin dicha prueba.
Las multas recaudadas no se consideran multas tradicionales y se dividen, destinándose la mitad a los fondos de vida silvestre del condado y la otra mitad al Fondo de Preservación de Pesca y Caza del estado.
Section § 1616
Section § 1617
Esta ley permite al departamento crear acuerdos generales para el cultivo de cannabis en lugar de exigir acuerdos individuales. Estos acuerdos generales omiten ciertas reglas de tiempo de procesamiento y no necesitan revisión adicional, lo que los hace definitivos una vez emitidos. Hay una tarifa por estos acuerdos, determinada según las directrices existentes. Si el departamento crea o cambia un acuerdo general, se hace como un reglamento de emergencia para proteger el bienestar público, y estos reglamentos permanecen vigentes hasta que se modifiquen. Es importante destacar que estos reglamentos no están sujetos a algunos requisitos de revisión ambiental.