Chapter 4.4
Section § 1450
Section § 1451
Esta ley subraya la importancia de los desiertos de California, que incluyen los desiertos de Mojave y Colorado, como áreas únicas y vitales tanto para la naturaleza como para la actividad humana. Reconoce que estos desiertos son de importancia global debido a sus parques naturales, patrimonio cultural, impacto económico sustancial y creciente popularidad para la recreación.
Los desiertos también desempeñan un papel crucial en el almacenamiento de carbono y la resiliencia climática. Sin embargo, enfrentan amenazas como los pastos invasores que provocan incendios forestales y desafíos relacionados con los recursos hídricos que podrían afectar los ecosistemas. La ley reconoce la rica biodiversidad de los desiertos, incluyendo especies de plantas raras y animales icónicos como la tortuga del desierto y el árbol de Josué occidental, enfatizando la necesidad de su protección.
Section § 1452
Esta sección define términos clave utilizados en el capítulo relacionados con el Programa de Conservación del Desierto de California. "Junta" se refiere a la Junta de Conservación de la Vida Silvestre, mientras que "Departamento" es el Departamento de Pesca y Vida Silvestre. Una "agencia pública local" puede incluir varias entidades gubernamentales como ciudades o condados. "Organización sin fines de lucro" se refiere a ciertos grupos exentos de impuestos centrados en la preservación del medio ambiente. "Programa" significa el Programa de Conservación del Desierto de California. La "Región" incluye ciertas áreas de los desiertos de Mojave y Colorado. Finalmente, una "Tribu" incluye tribus nativas americanas reconocidas federalmente o no federalmente en California.
Section § 1453
Esta ley exige que la junta administre un programa centrado en proteger y mejorar los recursos naturales de una región. El programa busca preservar la tierra y la biodiversidad, ayudar a recuperar especies en peligro y hacer que la zona sea más resistente al cambio climático. Se centra en reducir los riesgos de desastres, controlar especies invasoras, mejorar las condiciones del hábitat y del suelo, y potenciar la calidad del aire y del agua. La ley también subraya la expansión del acceso público y las oportunidades educativas relacionadas con las tierras públicas, especialmente para las comunidades que actualmente tienen acceso limitado.
Section § 1454
Esta sección de la ley permite a la junta aprobar proyectos destinados a adquirir, preservar, restaurar y mejorar los hábitats desérticos en la región de los desiertos de California. Estos proyectos deben alinearse con las estrategias de conservación aprobadas por el departamento correspondiente. Además, la junta debe coordinar sus esfuerzos con otras actividades de protección de recursos, tanto dentro de la propia junta como con otras agencias estatales.
Section § 1455
Section § 1456
Esta ley permite que una junta autorice a un departamento a tomar acciones específicas para lograr los objetivos de un capítulo. Pueden obtener intereses en bienes raíces y derechos de agua de diversas maneras, como comprando o arrendando. El departamento también puede colaborar con programas estatales que gestionan la venta de propiedades excedentes. Además, puede otorgar subvenciones a entidades locales, organismos estatales, tribus y organizaciones sin fines de lucro. Finalmente, puede usar ciertas facultades para preservar y mejorar los hábitats desérticos, según se describe en otras secciones.
Section § 1457
Esta ley describe las condiciones bajo las cuales las organizaciones sin fines de lucro pueden recibir subvenciones para comprar bienes inmuebles. Especifica que la propiedad no puede comprarse por más de su valor justo de mercado. La junta debe aprobar cualquier compra de propiedad, los términos de adquisición y cualquier uso de la propiedad como garantía de préstamo. Además, la junta debe aprobar cualquier transferencia de la propiedad. El estado conserva derechos sobre la propiedad si se violan las condiciones de la subvención y puede reclamar la propiedad si la organización sin fines de lucro se disuelve, a menos que otra organización sin fines de lucro o agencia pública aprobada asuma la propiedad y la registre correctamente.
Section § 1458
La Cuenta del Fondo del Programa de Conservación del Desierto de California es un fondo especial creado por el estado para los esfuerzos de conservación en el desierto de California. Administrado por la junta, el dinero de esta cuenta puede gastarse en actividades de conservación una vez que la Legislatura lo apruebe.
La cuenta puede financiarse a través de diversas fuentes, como obsequios, donaciones, asignaciones legislativas y subvenciones federales. El dinero se utiliza principalmente para llevar a cabo el programa de conservación, incluyendo la cobertura de los gastos administrativos.