Section § 1450

Explanation
Esta ley se conoce oficialmente como la Ley de Conservación del Desierto de California.

Section § 1451

Explanation

Esta ley subraya la importancia de los desiertos de California, que incluyen los desiertos de Mojave y Colorado, como áreas únicas y vitales tanto para la naturaleza como para la actividad humana. Reconoce que estos desiertos son de importancia global debido a sus parques naturales, patrimonio cultural, impacto económico sustancial y creciente popularidad para la recreación.

Los desiertos también desempeñan un papel crucial en el almacenamiento de carbono y la resiliencia climática. Sin embargo, enfrentan amenazas como los pastos invasores que provocan incendios forestales y desafíos relacionados con los recursos hídricos que podrían afectar los ecosistemas. La ley reconoce la rica biodiversidad de los desiertos, incluyendo especies de plantas raras y animales icónicos como la tortuga del desierto y el árbol de Josué occidental, enfatizando la necesidad de su protección.

La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1451(a) La región de los desiertos de Mojave y Colorado en California, en adelante denominada “la región de los desiertos de California”, son áreas de importancia global, incluyendo parques y reservas nacionales, monumentos nacionales, áreas silvestres, parques estatales y el punto más bajo de los 48 estados contiguos, con grandes áreas prístinas que están abiertas al uso público.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1451(b) La región de los desiertos de California es también la patria ancestral de numerosas comunidades tribales. La región incluye recursos culturales, biológicos e históricos en tierras sagradas que deben ser protegidos y preservados.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1451(c) La región de los desiertos de California es una parte importante de la economía del estado, con un gasto total directo en viajes en la región de los desiertos de California estimado en 2018 en siete mil seiscientos millones de dólares ($7,600,000,000) y apoyando 73,000 empleos. Los ingresos gubernamentales totales generados por los viajes en la región de los desiertos de California para 2018 fueron de seiscientos nueve millones de dólares ($609,000,000).
(d)CA Pesca y Caza Code § 1451(d) La popularidad de la región de los desiertos de California entre los recreacionistas de California e internacionales se ha más que duplicado en los últimos cinco años. La afluencia al Parque Nacional Joshua Tree aumentó en un 112 por ciento entre 2013 y 2018. Durante el mismo período, las visitas al Parque Nacional del Valle de la Muerte aumentaron en un 76 por ciento y las visitas a la Reserva Nacional de Mojave aumentaron en un 43 por ciento.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1451(e) La región de los desiertos de California ofrece oportunidades de clase mundial para el senderismo, el campamento, el turismo, la escalada en roca, la búsqueda de rocas y minerales, el uso de vehículos todoterreno y muchas otras actividades recreativas.
(f)CA Pesca y Caza Code § 1451(f) Se sabe que las tierras desérticas no perturbadas secuestran y almacenan carbono y contribuyen a la resiliencia al cambio climático.
(g)CA Pesca y Caza Code § 1451(g) Los pastos no nativos e invasores, como el pasto mediterráneo y el bromo, crean lechos de combustible continuos en las tierras desérticas que pueden provocar y alimentar incendios forestales masivos en áreas donde el fuego era antes raro.
(h)CA Pesca y Caza Code § 1451(h) La región de los desiertos de California se caracteriza por tener una alta diversidad biológica. En el desierto de Mojave, hay un total aproximado de 1,500 taxones de plantas, de los cuales 210 son endémicos de California.
(i)CA Pesca y Caza Code § 1451(i) La región de los desiertos de California es hogar de especies icónicas como el árbol de Josué occidental (Yucca brevifolia), la tortuga del desierto (Gopherus agassizii) amenazada a nivel federal, y especies de especial preocupación como el borrego cimarrón del desierto (Ovis canadensis nelsoni), que requiere corredores de vida silvestre para mantener poblaciones saludables.
(j)CA Pesca y Caza Code § 1451(j) Las fuentes de agua dentro de la región de los desiertos de California se componen tanto de agua subterránea como de agua superficial que proporcionan sustento crítico para ecosistemas únicos y diversos. Los niveles de agua subterránea deben ser estables y no sobreexplotados para mantener el flujo superficial de los manantiales que sustentan los frágiles ecosistemas de la región. Los proyectos propuestos de extracción de agua subterránea han amenazado los suministros de agua en la región de los desiertos de California.

Section § 1452

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en el capítulo relacionados con el Programa de Conservación del Desierto de California. "Junta" se refiere a la Junta de Conservación de la Vida Silvestre, mientras que "Departamento" es el Departamento de Pesca y Vida Silvestre. Una "agencia pública local" puede incluir varias entidades gubernamentales como ciudades o condados. "Organización sin fines de lucro" se refiere a ciertos grupos exentos de impuestos centrados en la preservación del medio ambiente. "Programa" significa el Programa de Conservación del Desierto de California. La "Región" incluye ciertas áreas de los desiertos de Mojave y Colorado. Finalmente, una "Tribu" incluye tribus nativas americanas reconocidas federalmente o no federalmente en California.

Según se utiliza en este capítulo, a menos que el contexto requiera lo contrario, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1452(a) Por “Junta” se entiende la Junta de Conservación de la Vida Silvestre.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1452(b) Por “Departamento” se entiende el Departamento de Pesca y Vida Silvestre.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1452(c) Por “agencia pública local” se incluye, entre otros, a una ciudad, condado, ciudad y condado, asociación de gobiernos o autoridad de poderes conjuntos.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1452(d) Por “organización sin fines de lucro” se entiende cualquier organización privada sin fines de lucro que califique para el estado de exención bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos de 1986, y que tenga entre sus principales propósitos caritativos la preservación de bienes inmuebles por sus valores científicos, históricos, educativos, recreativos, escénicos o de espacio abierto, la protección del medio ambiente natural, o la preservación y mejora de la pesca y la vida silvestre o su hábitat.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1452(e) Por “Programa” se entiende el Programa de Conservación del Desierto de California.
(f)CA Pesca y Caza Code § 1452(f) Por “Región” o “región de los desiertos de California” se incluyen las porciones de los desiertos de Mojave y Colorado, que abarcan 26,000,000 de acres del sureste de California ubicadas dentro de los condados de Imperial, Inyo, Kern, Los Ángeles, Mono, Riverside, San Bernardino y San Diego que se encuentran dentro del Área de Conservación del Desierto de California, tal como esa área fue delineada en el mapa y la descripción legal del Área de Conservación del Desierto de California preparada por el Secretario del Interior de los Estados Unidos de conformidad con la Sección 1781(c) del Título 43 del Código de los Estados Unidos, tal como ese mapa y descripción legal estaban en vigor el 31 de diciembre de 2020, y las porciones de los Planes de Gestión de Recursos de Bakersfield y Bishop de la Oficina de Administración de Tierras, según enmendados por el Registro de Decisión, con fecha del 14 de septiembre de 2016, de la Enmienda del Plan de Uso de la Tierra del Plan de Conservación de Energía Renovable del Desierto. El área del Fideicomiso de las Montañas del Valle de Coachella, según se describe en la Sección 33502 del Código de Recursos Públicos, quedará excluida y no formará parte de la región de los desiertos de California.
(g)CA Pesca y Caza Code § 1452(g) Por “Tribu” se entiende cualquier tribu nativa americana reconocida federalmente o una tribu nativa americana no reconocida federalmente que figure en la Lista de Consulta Tribal de California mantenida por la Comisión del Patrimonio Nativo Americano.

Section § 1453

Explanation

Esta ley exige que la junta administre un programa centrado en proteger y mejorar los recursos naturales de una región. El programa busca preservar la tierra y la biodiversidad, ayudar a recuperar especies en peligro y hacer que la zona sea más resistente al cambio climático. Se centra en reducir los riesgos de desastres, controlar especies invasoras, mejorar las condiciones del hábitat y del suelo, y potenciar la calidad del aire y del agua. La ley también subraya la expansión del acceso público y las oportunidades educativas relacionadas con las tierras públicas, especialmente para las comunidades que actualmente tienen acceso limitado.

La junta establecerá y administrará, a través del departamento, el programa de conformidad con este capítulo y el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1300). El propósito y objetivo del programa es realizar todo lo siguiente:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1453(a) Proteger, preservar y restaurar los recursos naturales, culturales y físicos de la región mediante la adquisición, restauración y gestión de tierras.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1453(b) Promover la protección y restauración de la diversidad biológica de la región, incluida la recuperación de especies amenazadas y en peligro de extinción.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1453(c) Proporcionar resiliencia dentro de la región al cambio climático, incluyendo, entre otros, la reducción del riesgo de desastres naturales como incendios forestales, el control de especies invasoras, la protección y mejora de la conectividad del hábitat, y la protección de las reservas de carbono del suelo mediante la limitación de la alteración del terreno.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1453(d) Proteger y mejorar la calidad del aire y los recursos hídricos dentro de la región.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1453(e) Realizar esfuerzos para mejorar el uso y disfrute público de las tierras de propiedad pública, con énfasis en la expansión de oportunidades de educación y acceso a tierras públicas para comunidades que actualmente carecen de acceso.

Section § 1454

Explanation

Esta sección de la ley permite a la junta aprobar proyectos destinados a adquirir, preservar, restaurar y mejorar los hábitats desérticos en la región de los desiertos de California. Estos proyectos deben alinearse con las estrategias de conservación aprobadas por el departamento correspondiente. Además, la junta debe coordinar sus esfuerzos con otras actividades de protección de recursos, tanto dentro de la propia junta como con otras agencias estatales.

La junta, de conformidad con este capítulo, aprobará proyectos para adquirir, preservar, restaurar y mejorar el hábitat desértico dentro de la región de los desiertos de California, de manera consistente con las estrategias de conservación aprobadas por el departamento, y coordinará sus actividades realizadas de conformidad con el programa con otras actividades de protección de recursos de la junta y de otras agencias estatales.

Section § 1455

Explanation
Esta sección de la ley subraya que proteger y restaurar los hábitats desérticos es una prioridad máxima para la junta, el departamento y todas las agencias estatales involucradas en actividades que afectan estas áreas.

Section § 1456

Explanation

Esta ley permite que una junta autorice a un departamento a tomar acciones específicas para lograr los objetivos de un capítulo. Pueden obtener intereses en bienes raíces y derechos de agua de diversas maneras, como comprando o arrendando. El departamento también puede colaborar con programas estatales que gestionan la venta de propiedades excedentes. Además, puede otorgar subvenciones a entidades locales, organismos estatales, tribus y organizaciones sin fines de lucro. Finalmente, puede usar ciertas facultades para preservar y mejorar los hábitats desérticos, según se describe en otras secciones.

A fin de cumplir los propósitos de este capítulo, la junta puede autorizar al departamento a hacer todo lo siguiente:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1456(a) Adquirir intereses en bienes inmuebles y derechos de agua mediante donación, compra, arrendamiento, servidumbre, y transferencia o intercambio de servidumbres, derechos o créditos de desarrollo, y otros intereses en bienes inmuebles.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1456(b) Coordinar sus actividades bajo el programa con cualquier programa gubernamental para la venta de bienes inmuebles excedentes en el estado.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1456(c) Otorgar subvenciones a agencias públicas locales, agencias estatales, tribus y organizaciones sin fines de lucro para los propósitos del programa.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1456(d) Ejercer cualquier autoridad y cumplir con los requisitos contenidos en las Secciones 1348 y 1350, según corresponda, para preservar y mejorar el hábitat desértico para los propósitos de este capítulo.

Section § 1457

Explanation

Esta ley describe las condiciones bajo las cuales las organizaciones sin fines de lucro pueden recibir subvenciones para comprar bienes inmuebles. Especifica que la propiedad no puede comprarse por más de su valor justo de mercado. La junta debe aprobar cualquier compra de propiedad, los términos de adquisición y cualquier uso de la propiedad como garantía de préstamo. Además, la junta debe aprobar cualquier transferencia de la propiedad. El estado conserva derechos sobre la propiedad si se violan las condiciones de la subvención y puede reclamar la propiedad si la organización sin fines de lucro se disuelve, a menos que otra organización sin fines de lucro o agencia pública aprobada asuma la propiedad y la registre correctamente.

Las subvenciones a organizaciones sin fines de lucro, de conformidad con la Sección 1390, para la adquisición de bienes inmuebles o derechos sobre los mismos estarán sujetas a todas las siguientes condiciones:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1457(a) El precio de compra de cualquier derecho sobre bienes inmuebles adquirido por la organización sin fines de lucro no excederá el valor justo de mercado según lo establecido por una tasación aprobada por la junta.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1457(b) La junta aprueba los términos bajo los cuales se adquiere el derecho sobre los bienes inmuebles.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1457(c) El derecho sobre bienes inmuebles adquirido de conformidad con una subvención de la junta no se utilizará como garantía para ninguna deuda que deba contraer la organización sin fines de lucro a menos que la junta apruebe la transacción.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1457(d) La transferencia de bienes inmuebles adquiridos de conformidad con una subvención estará sujeta a la aprobación de la junta y a la celebración de un acuerdo entre la junta y el cesionario suficiente para proteger el interés del estado.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1457(e) El estado tendrá un derecho de entrada y una facultad de resolución sobre todos los derechos sobre bienes inmuebles adquiridos con fondos estatales, que podrá ejercerse si se viola cualquier término o condición esencial de la subvención.
(f)CA Pesca y Caza Code § 1457(f) Si la existencia de la organización sin fines de lucro termina por cualquier motivo, el título de todos los derechos sobre bienes inmuebles adquiridos con fondos estatales revertirá inmediatamente al estado. Sin embargo, antes de dicha terminación, previa aprobación de la junta, otra agencia pública u organización sin fines de lucro podrá recibir el título de la totalidad o una parte de dicho derecho sobre bienes inmuebles mediante el registro de su aceptación del título por escrito. Cualquier escritura u otro instrumento de transmisión mediante el cual una organización sin fines de lucro adquiera bienes inmuebles de conformidad con esta sección se registrará y establecerá el interés ejecutorio o el derecho de entrada por parte del estado.

Section § 1458

Explanation

La Cuenta del Fondo del Programa de Conservación del Desierto de California es un fondo especial creado por el estado para los esfuerzos de conservación en el desierto de California. Administrado por la junta, el dinero de esta cuenta puede gastarse en actividades de conservación una vez que la Legislatura lo apruebe.

La cuenta puede financiarse a través de diversas fuentes, como obsequios, donaciones, asignaciones legislativas y subvenciones federales. El dinero se utiliza principalmente para llevar a cabo el programa de conservación, incluyendo la cobertura de los gastos administrativos.

(a)CA Pesca y Caza Code § 1458(a) Por la presente se crea la Cuenta del Fondo del Programa de Conservación del Desierto de California en la Tesorería del Estado. La cuenta será administrada por la junta. Los fondos de la cuenta podrán desembolsarse, previa asignación de la Legislatura, para los fines de este capítulo.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1458(b) Se podrán depositar fondos en la cuenta procedentes de obsequios, donaciones, fondos asignados por la Legislatura para los fines de este capítulo, subvenciones federales y otras fuentes. Los fondos de la cuenta se utilizarán para la implementación de este capítulo, incluidos los costos administrativos.