Section § 1955

Explanation

Esta ley reconoce que el cambio climático y el crecimiento de la población humana en California están alterando los hábitats y obligando a la vida silvestre a migrar. El aumento de las temperaturas, los incendios forestales y los cambios en la precipitación están desplazando los hábitats de los animales a diferentes áreas, mientras que el desarrollo y el uso del suelo están fragmentando estos espacios, amenazando la supervivencia de las especies.

La ley enfatiza la importancia de mantener la conectividad del hábitat y los corredores de vida silvestre para apoyar la migración de especies y la diversidad genética. La conectividad también es vital para reducir las colisiones entre la vida silvestre y los vehículos, que ponen en peligro tanto a los animales como a los humanos.

La ley establece la intención de expandir los programas existentes para ayudar a crear créditos de mitigación que promuevan la conectividad de la vida silvestre, destacando la necesidad de acción legislativa para apoyar estas iniciativas.

La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1955(a) El clima de California está cambiando. El aumento de las temperaturas, el incremento en la frecuencia y severidad de eventos extremos como sequías e incendios forestales, las condiciones oceánicas cambiantes y los cambios en los patrones de precipitación, todo ello representa amenazas para la vida silvestre de California. Estos cambios están alterando los rangos de hábitat de muchas especies de California, lo que requiere que estas especies migren a diferentes latitudes o altitudes para localizar el hábitat adecuado necesario para sobrevivir.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1955(b) El uso del suelo también está cambiando a medida que la población del estado sigue creciendo. La conversión y fragmentación del hábitat obliga a muchas especies de California a migrar en busca de un hábitat de reemplazo, y también pone en riesgo la supervivencia continua de las especies al comprometer la diversidad genética, entre otras cosas.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1955(c) La vida silvestre de California está perdiendo la capacidad de moverse y migrar a medida que la conversión del hábitat y la infraestructura construida alteran el hábitat de las especies y cortan los corredores migratorios.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1955(d) La conectividad del hábitat y los corredores migratorios de la vida silvestre son esenciales para la supervivencia continua de muchas especies de California. Su importancia solo aumentará a medida que la vida silvestre de California migre cada vez más en respuesta al cambio climático y los consiguientes cambios en la idoneidad del hábitat.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1955(e) La conectividad del hábitat también es necesaria para reducir las colisiones entre la vida silvestre y los vehículos, que ponen a las personas y a la vida silvestre en riesgo de lesiones o muerte.
(f)CA Pesca y Caza Code § 1955(f) El departamento cuenta con varios programas existentes que pueden utilizarse para promover la conectividad del hábitat. Es la intención de la Legislatura expandir, o clarificar, dos de estos programas, el Capítulo 7.9 (que comienza con la Sección 1797) y el Capítulo 9 (que comienza con la Sección 1850), para facilitar la creación y emisión de créditos de mitigación por acciones que mejoren la conectividad de la vida silvestre.

Section § 1956

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados al hablar de la conservación de la vida silvestre y los créditos de mitigación. Un “crédito de mitigación compensatoria” es un crédito que ayuda a cumplir los requisitos legales para compensar los impactos ambientales. La “durabilidad a largo plazo” implica tener un plan claro, aprobado por el departamento, para mantener y financiar un proyecto de conectividad de la vida silvestre hasta que el sitio del impacto recupere su salud ecológica. También enfatiza la financiación para la durabilidad de dichas acciones. “Proteger permanentemente” implica asegurar la tierra mediante una servidumbre de conservación o protección similar para garantizar que los hábitats estén salvaguardados para siempre, junto con financiación perpetua para su mantenimiento. Finalmente, una “acción de conectividad de la vida silvestre” se refiere a esfuerzos como los cruces de carreteras específicos para animales que mejoran los enlaces de hábitat y apoyan el movimiento y la reproducción de la vida silvestre.

Para los fines de este capítulo, se aplican los siguientes términos:
(a)CA Pesca y Caza Code § 1956(a) Por “crédito de mitigación compensatoria” se entiende un crédito que puede utilizarse para cumplir, total o parcialmente, los requisitos de mitigación conforme a la ley federal, estatal o local aplicable.
(b)CA Pesca y Caza Code § 1956(b) Por “durabilidad a largo plazo” se entiende realizar ambas de las siguientes acciones:
(1)CA Pesca y Caza Code § 1956(b)(1) Proporcionar un plan, aprobado por escrito por el departamento, que garantice el éxito, el mantenimiento, la reparación y la conservación a largo plazo de una acción de conectividad de la vida silvestre. Si la acción de conectividad de la vida silvestre se utiliza para crear uno o más créditos de mitigación de conformidad con este capítulo, el plan deberá garantizar que la acción de conectividad de la vida silvestre permanezca en vigor hasta que, como mínimo, el sitio de los impactos ambientales vuelva a las condiciones ecológicas previas al impacto.
(2)Copy CA Pesca y Caza Code § 1956(b)(2)
(A)Copy CA Pesca y Caza Code § 1956(b)(2)(A) Proporcionar financiación segura y a largo plazo para la implementación del plan desarrollado de conformidad con el párrafo (1) en una forma aprobada previamente por escrito por el departamento.
(B)CA Pesca y Caza Code § 1956(b)(2)(A)(B) Para los fines de esta sección, la financiación para el transporte identificada en el Plan de Gestión del Sistema de Carreteras Estatales proporciona financiación segura y a largo plazo para una estructura, pero no para el hábitat en ella, en el sistema de carreteras estatales.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1956(c) Por “proteger permanentemente” o “protección permanente” se entiende realizar ambas de las siguientes acciones:
(1)CA Pesca y Caza Code § 1956(c)(1) Registrar una servidumbre de conservación, en una forma aprobada previamente por escrito por el departamento, o establecer la protección perpetua de la tierra de una manera consistente con los planes de conservación de comunidades naturales, ya sean borradores o aprobados, dentro del área de la acción de conectividad de la vida silvestre aplicable y aprobada por escrito por el departamento, que impida el desarrollo, prohíba usos inconsistentes y garantice el mantenimiento del hábitat para las especies focales.
(2)CA Pesca y Caza Code § 1956(c)(2) Proporcionar financiación segura y perpetua para la gestión de la tierra, el monitoreo y la aplicación legal, en una forma aprobada previamente por escrito por el departamento.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1956(d) Por “acción de conectividad de la vida silvestre” se entiende una acción que mejora de manera medible la conectividad del hábitat acuático o terrestre, o las oportunidades de migración, recolonización y reproducción de la vida silvestre inhibidas por la infraestructura construida o la fragmentación del hábitat. Una acción de conectividad de la vida silvestre puede incluir, entre otros, un paso elevado o un paso subterráneo para uso exclusivo de la vida silvestre.

Section § 1957

Explanation

Esta ley permite al departamento aprobar créditos de mitigación compensatoria para proyectos destinados a mejorar la conectividad de la vida silvestre. Estos proyectos pueden proteger la tierra de forma permanente o, si la protección permanente no es posible, proporcionar beneficios a largo plazo. El departamento evalúa la inviabilidad basándose en restricciones legales, especialmente al considerar carreteras estatales y vías públicas donde la protección permanente del terreno generalmente no es factible.

Al evaluar el valor de los créditos de mitigación, el departamento considera factores como la mejora del hábitat, los beneficios para las especies y la conectividad mejorada. Pueden consultar con varias agencias federales y estatales de transporte y vida silvestre durante este proceso.

Estos créditos pueden utilizarse para cumplir con los requisitos de protección ambiental, compensando los impactos de otras actividades bajo diversas leyes ambientales estatales o federales.

(a)CA Pesca y Caza Code § 1957(a) El departamento puede aprobar créditos de mitigación compensatoria por acciones de conectividad de vida silvestre realizadas bajo cualquiera de los siguientes programas:
(1)CA Pesca y Caza Code § 1957(a)(1) Capítulo 7.9 (que comienza con la Sección 1797).
(2)CA Pesca y Caza Code § 1957(a)(2) Capítulo 9 (que comienza con la Sección 1850).
(b)Copy CA Pesca y Caza Code § 1957(b)
(1)Copy CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(1) Una acción de conectividad de vida silvestre deberá, si es factible, proteger permanentemente todos los bienes inmuebles que comprenden la acción de conectividad de vida silvestre o donde se ubica la acción de conectividad de vida silvestre para recibir créditos de mitigación compensatoria de conformidad con este capítulo. El departamento puede determinar, caso por caso, que la protección permanente de la totalidad o parte de los bienes inmuebles es inviable. Si el departamento determina que la protección permanente de los bienes inmuebles es inviable, en su totalidad o en parte, el departamento aún puede otorgar créditos de mitigación compensatoria, incluidos, entre otros, créditos de mitigación compensatoria por impactos permanentes, para la acción de conectividad de vida silvestre si la acción de conectividad de vida silvestre cumple ambas de las siguientes condiciones:
(A)CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(1)(A) Proporciona protección permanente de los bienes inmuebles donde, y en la medida en que, sea factible.
(B)CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(1)(B) Cuando, y en la medida en que, la protección permanente sea inviable, la acción de conectividad de vida silvestre tiene durabilidad a largo plazo.
(2)Copy CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(2)
(A)Copy CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(2)(A) Al determinar si la protección permanente es inviable según este capítulo, el departamento considerará las restricciones legales federales, estatales y locales, particularmente aquellas que limitan el uso de bienes inmuebles, que impiden o inhiben significativamente la colocación de una servidumbre de conservación sobre los bienes inmuebles que comprenden la acción de conectividad de vida silvestre o donde se ubica la acción de conectividad de vida silvestre.
(B)CA Pesca y Caza Code § 1957(b)(2)(A)(B) No obstante el subpárrafo (A), el departamento determinará que es inviable proteger permanentemente cualquier porción de una acción de conectividad de vida silvestre en el derecho de vía de una carretera estatal existente u otra vía pública existente.
(c)CA Pesca y Caza Code § 1957(c) Al determinar el valor de los créditos de mitigación compensatoria por acciones de conectividad de vida silvestre, el departamento puede considerar todo lo siguiente:
(1)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(1) La mejora medible en la conectividad del hábitat y la migración de la vida silvestre, incluyendo, entre otros, la mejora de la capacidad de la vida silvestre para cruzar o sortear de forma segura la infraestructura construida, como carreteras, que inhiben dicha conectividad o migración.
(2)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(2) El valor del hábitat conectado por la acción de conectividad de vida silvestre.
(3)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(3) Beneficios para las especies afectadas, incluyendo, entre otros, la mejora de la diversidad genética y las oportunidades de reproducción, la eliminación de barreras migratorias y el acceso mejorado a latitudes y altitudes adicionales de hábitat potencialmente adecuado para adaptarse al cambio climático.
(4)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(4) Conectividad mejorada en los enlaces críticos de hábitat terrestre, incluyendo, entre otros, las Montañas de Santa Mónica y el Corredor Rim of the Valley, las Montañas de Santa Ana, las Montañas de San Gabriel, las Montañas de San Bernardino, las Montañas de Santa Cruz y la Cordillera de Gabilan.
(5)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(5) El uso o valor de la ubicación particular para mejorar la conectividad y la migración, incluyendo, entre otros, la topografía, la presencia de cursos de agua, la cubierta vegetal, los datos de mortalidad u otros factores que aumentan la probabilidad de uso, o el valor de, una ubicación particular para la conectividad o la migración.
(6)CA Pesca y Caza Code § 1957(c)(6) Cualquier otro factor que el departamento, a su discreción, considere relevante.
(d)CA Pesca y Caza Code § 1957(d) Al evaluar una acción de conectividad de vida silvestre propuesta bajo este capítulo, el departamento puede consultar con el Departamento de Transporte, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos, el Servicio Nacional de Pesca Marina y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos. Si una acción de conectividad de vida silvestre propuesta, o una porción de la misma, se ubicará en el derecho de vía de una carretera estatal existente, el departamento deberá consultar con el Departamento de Transporte durante su proceso de evaluación.
(e)CA Pesca y Caza Code § 1957(e) Un crédito de mitigación compensatoria creado de acuerdo con este capítulo puede utilizarse para cumplir, en su totalidad o en parte, los requisitos de mitigación compensatoria establecidos bajo cualquier ley ambiental estatal o federal, según lo determine la agencia reguladora local, estatal o federal aplicable, incluyendo, entre otros, lo siguiente:
(1)CA Pesca y Caza Code § 1957(e)(1) Para compensar la captura u otros impactos adversos de actividades autorizadas de conformidad con el Capítulo 1.5 (que comienza con la Sección 2050) de la División 3.
(2)CA Pesca y Caza Code § 1957(e)(2) Para reducir los impactos adversos a los recursos pesqueros o de vida silvestre, o ambos, de actividades autorizadas de conformidad con el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 1600).
(3)CA Pesca y Caza Code § 1957(e)(3) Para mitigar los efectos significativos sobre el medio ambiente de conformidad con la Ley de Calidad Ambiental de California (División 13 (que comienza con la Sección 21000) del Código de Recursos Públicos) y las Directrices para la Implementación de la Ley de Calidad Ambiental de California (Capítulo 3 (que comienza con la Sección 15000) de la División 6 del Título 14 del Código de Regulaciones de California).

Section § 1958

Explanation
Esta ley permite al departamento crear directrices y criterios para ayudar a implementar las normas de este capítulo. A diferencia de otras regulaciones, estas directrices no siguen las normas gubernamentales habituales para la creación de regulaciones. En su lugar, tienen un proceso más sencillo, y el departamento debe publicar estas directrices en línea para que todos puedan acceder a ellas.