Chapter 12
Section § 1930
Esta sección de la ley de California destaca la importancia de preservar los diversos entornos ecológicos y geológicos del estado para la salud de sus recursos naturales y ciudadanos. Reconoce que muchos hábitats están amenazados, y proteger la conectividad entre estos hábitats es crucial para la biodiversidad. La ley sugiere crear bastiones de hábitat e incentivos para que los propietarios privados mantengan intactas las áreas naturales. Señala los esfuerzos fragmentados entre diferentes sectores para preservar estas áreas y enfatiza la necesidad de un análisis de datos exhaustivo sobre la conectividad del hábitat. Se reconoce la importancia de los corredores de vida silvestre para adaptarse al cambio climático, y se propone una política a nivel estatal para salvaguardar estos corredores y vínculos de hábitat.
Section § 1930.2
Esta sección define términos clave relacionados con la conservación de la vida silvestre y el hábitat. Un 'baluarte de hábitat' es un área con excelente calidad de hábitat que ayuda a la vida silvestre a hacer frente a los impactos del cambio climático y el desarrollo territorial. Un 'corredor de vida silvestre' es un paso natural que conecta diferentes hábitats de vida silvestre, facilitando el movimiento de animales y el paso de peces entre estas áreas.
Section § 1930.5
Esta ley anima a California a identificar y proteger los corredores de vida silvestre, que son caminos vitales que permiten a los animales migrar y prosperar, especialmente a medida que el cambio climático altera sus hábitats. La Junta de Conservación de la Vida Silvestre tiene la tarea de analizar estos corredores y asegurar que se mantenga la conectividad de la vida silvestre. Se proponen varios métodos voluntarios para proteger estas áreas, como la obtención de servidumbres de terreno o la instalación de infraestructura amigable con la vida silvestre, como cercas y cruces de carreteras. Es importante destacar que no tomar medidas voluntarias no puede ser una razón para denegar permisos de proyectos, y los esfuerzos de conservación existentes siguen desempeñando un papel. La ley no crea nuevas regulaciones, sino que complementa las protecciones ambientales existentes.
Section § 1931
Section § 1932
El Programa de Áreas Naturales Significativas de California se creó para proteger y gestionar los recursos naturales. Un departamento gestiona el programa, actualizando una base de datos con información actual sobre recursos y manteniendo un sistema para identificar zonas clave para la conectividad del hábitat, como los corredores de vida silvestre.
La información es pública y está disponible para el gobierno, pero los usuarios comparten el costo de acceder a estos datos. El programa identifica áreas naturales importantes, incluyendo las afectadas por el cambio climático, consultando con diversas partes interesadas. Su objetivo es mantener estas áreas mediante distintos métodos, como incentivos y arrendamientos, y coordina con otras agencias para evitar la duplicación de esfuerzos.
El departamento también busca financiación a través de subvenciones y asociaciones para apoyar los objetivos del programa.
Section § 1932.5
Esta sección de la ley describe cómo el departamento debe recopilar y utilizar información de una amplia gama de fuentes, incluyendo agencias gubernamentales, instituciones académicas y propietarios de tierras, para cumplir con sus responsabilidades. El objetivo principal es identificar corredores de vida silvestre y hábitats importantes. El departamento debe consultar a diversas partes interesadas, asegurando que los propietarios de tierras tengan la oportunidad de revisar y comentar cómo se caracteriza su tierra. Esta ley no impone ni autoriza decisiones de uso del suelo ni interfiere con los derechos de propiedad. Los datos recopilados son para fines de planificación y pueden no ser suficientes para uso regulatorio por sí solos.
Section § 1933
Section § 1940
El departamento es responsable de crear un estándar de mapeo de vegetación para el estado. Esto implica colaborar con diversas partes interesadas como agencias gubernamentales, grupos de conservación, propietarios de tierras y profesionales de la industria.
El estándar incluirá un sistema de clasificación para todos los tipos de vegetación en California, métodos para recopilar datos de campo y crear mapas digitales, y recursos como manuales y materiales de capacitación. También establecerá formas de evaluar la precisión de los proyectos de mapeo y permitirá a los propietarios de tierras revisar los datos recopilados en su propiedad.
Además, busca integrar nuevos productos cartográficos en una base de datos completa. El departamento debe informar sobre este estándar a la legislatura estatal antes del 10 de enero de 2008, y asegurar que se mantenga actualizado con los avances tecnológicos. El departamento también está autorizado a establecer reglamentos para hacer cumplir esta sección.