Chapter 3
Section § 16530
Esta ley autoriza al director a celebrar acuerdos con el Consejo Empresarial de Hoopa Valley o la Tribu Yurok sobre la pesca en sus respectivas reservas. También permite acuerdos con la Oficina de Asuntos Indígenas para los indios Yurok en relación con la pesca en el río Klamath.
Section § 16531
Cada año, una vez que el Consejo de Gestión Pesquera de Klamath establezca el acuerdo de asignación de salmón y este sea aprobado por el Consejo de Gestión Pesquera del Pacífico y el Departamento de Comercio de EE. UU., las negociaciones para cualquier acuerdo relacionado deben ajustarse a estas asignaciones.
Section § 16532
Esta sección permite un acuerdo mediante el cual los miembros de las Tribus Indias del Río Klamath pueden vender salmón comercialmente, incluso utilizando métodos de pesca tradicionales como las redes de enmalle. Esto es una excepción a ciertas otras restricciones.
Sin embargo, deben seguir ciertas condiciones: mantener separados los salmones para la venta de aquellos para uso personal, posiblemente mediante etiquetado; limitar la cantidad de salmones que se pueden vender; y asegurar que parte de las ganancias de las ventas apoyen a los miembros o programas tribales.