Section § 16510

Explanation
Esta sección de la ley establece que las definiciones que se dan en este capítulo deben usarse para interpretar toda la división.

Section § 16511

Explanation

Esta ley define 'Tribus Indias del Río Klamath' específicamente como aquellas tribus que se encuentran dentro de las Reservas Yurok y Hoopa Valley en los Condados de Humboldt y Del Norte de California. Estas tribus deben ser reconocidas como tribus indias por el Secretario del Interior.

“Tribus Indias del Río Klamath” se refiere a aquellas tribus que existen dentro de los límites de la Reserva Yurok y la Reserva Hoopa Valley, ubicadas en los Condados de Humboldt y Del Norte en California, las cuales son reconocidas como tribus indias por el Secretario del Interior.

Section § 16512

Explanation

En esta sección, el término «tomar» se define como perseguir, atrapar, capturar, matar, o incluso intentar realizar cualquiera de estas acciones.

«Tomar» significa perseguir, atrapar, capturar o matar, o intentar perseguir, atrapar, capturar o matar.

Section § 16513

Explanation

Esta ley define lo que se considera una 'práctica tradicional de pesca indígena'. Es una forma de pescar que se reconoce como parte de las costumbres y tradiciones de las Tribus Indígenas del Río Klamath.

“Práctica tradicional de pesca indígena” significa un modo, método o forma de captura de peces que es reconocida en las costumbres y tradiciones de las Tribus Indígenas del Río Klamath.

Section § 16514

Explanation

Esta ley define los límites de la Reserva Yurok y las Reservas del Valle Hoopa. La Reserva Yurok se describe como la tierra de una milla de ancho a cada lado del río Klamath, que se extiende desde donde el río se une con el océano hasta donde se une con el río Trinity. Las Reservas del Valle Hoopa se identifican como las tierras dentro del Cuadrado Hoopa.

"Reserva Yurok" significa la tierra que se extiende una milla de ancho a cada lado del río Klamath desde la desembocadura del río Klamath hasta la confluencia de los ríos Trinity y Klamath. "Reservas del Valle Hoopa" significa aquellas tierras que se encuentran dentro del Cuadrado Hoopa.

Section § 16515

Explanation

El término "área en disputa" se refiere a partes del Río Klamath o del Río Trinity donde existe un conflicto sobre la autoridad para regular la pesca. Tanto el Estado de California como una o más tribus indígenas, así como el gobierno de EE. UU. en nombre de estas tribus, reclaman el derecho a regular la pesca en estas regiones.

"Área en disputa" significa aquella parte del Río Klamath o del Río Trinity donde la jurisdicción para regular la pesca indígena es reclamada tanto por el Estado de California como por una o más de las tribus indígenas de las Tribus Indígenas del Río Klamath o por el gobierno de los Estados Unidos actuando como fideicomisario de las mismas.

Section § 16516

Explanation
Esta sección define 'fines de subsistencia' como la acción de pescar o cazar por parte de miembros calificados de las Tribus Indígenas del Río Klamath para que ellos o sus familias los coman.

Section § 16517

Explanation

Esta sección define el término «fines ceremoniales o religiosos» como la pesca realizada por miembros de las Tribus Indígenas del Río Klamath para sus prácticas religiosas o ceremoniales tradicionales. Estas actividades deben estar en consonancia con las costumbres y tradiciones de la tribu.

«Fines ceremoniales o religiosos» significa pescado capturado por miembros tribales indígenas calificados de las Tribus Indígenas del Río Klamath para actividades religiosas o ceremoniales reconocidas, cuyas actividades son consistentes con las costumbres y tradiciones de la tribu en particular dentro de las Tribus Indígenas del Río Klamath.

Section § 16518

Explanation

Esta ley define "pesca comercial" como la actividad de capturar peces por miembros calificados de las Tribus Indígenas del Río Klamath específicamente para venderlos u ofrecerlos para la venta dentro de California.

"Pesca comercial" significa la captura de peces por miembros tribales indígenas calificados de las Tribus Indígenas del Río Klamath, para la venta o para ser ofrecidos para la venta dentro de California.

Section § 16520

Explanation

El término “Consejo de Gestión Pesquera de Klamath” se refiere a un consejo específico establecido bajo la ley federal. Reúne a representantes de diversas organizaciones, incluyendo los departamentos de pesca de California y Oregón, consejos tribales y partes interesadas de las comunidades de pesca comercial y recreativa. Su función es ayudar a gestionar y supervisar las actividades relacionadas con la pesca a lo largo del río Klamath y áreas cercanas.

Por “Consejo de Gestión Pesquera de Klamath” se entiende el consejo creado conforme a la Sección 460ss–2 del Título 16 del Código de los Estados Unidos, que está compuesto por un representante de cada uno de los siguientes: el departamento, el Consejo de Gestión Pesquera del Pacífico, el Servicio Nacional de Pesca Marina, el Departamento del Interior, el Departamento de Pesca y Vida Silvestre de Oregón, el Consejo Empresarial del Valle de Hoopa, los indios no Hoopa, la industria pesquera comercial de salmón de California, la industria pesquera comercial de salmón de Oregón, la comunidad de pesca deportiva fluvial del río Klamath y la industria pesquera recreativa en alta mar de California.