Section § 13100

Explanation

Los fondos recaudados y guardados en la tesorería del condado para ciertos fines deben usarse específicamente para actividades relacionadas con la pesca y la vida silvestre, como su protección y conservación. La junta de supervisores gestiona cómo se gastan estos fondos.

Antes de que se gaste cualquier dinero del fondo de pesca y vida silvestre del condado, el plan de gastos propuesto debe ser revisado por la junta de supervisores del condado o por una comisión de pesca y caza especialmente asignada. Esto es para asegurar que todo se ajuste a las reglas existentes que rigen dichos gastos.

(a)CA Pesca y Caza Code § 13100(a) Las cantidades pagadas y retenidas en la tesorería del condado de conformidad con las Secciones 12009 y 13003 se depositarán en un fondo de propagación de peces y vida silvestre del condado y se gastarán para la protección, conservación, propagación y preservación de peces y vida silvestre, bajo la dirección de la junta de supervisores, de conformidad con este capítulo.
(b)CA Pesca y Caza Code § 13100(b) Todos los gastos propuestos de un fondo de propagación de peces y vida silvestre del condado se revisarán primero en una reunión ordinaria de la junta de supervisores del condado o de su comisión de pesca y caza del condado designada para asegurar el cumplimiento de la Sección 13103.

Section § 13101

Explanation

Esta sección permite a la junta de supervisores de cualquier condado de California celebrar acuerdos con otros condados o con el departamento estatal para usar dinero de sus fondos de propagación de peces y vida silvestre. Estos acuerdos pueden ser para proyectos o actividades que beneficien a uno o más condados, según lo permita la ley. Los condados incluso pueden comprar propiedades conjuntamente con estos fondos y, si es necesario, transferir la propiedad al estado, siempre que se use para los propósitos aprobados dentro de los condados involucrados.

(a)CA Pesca y Caza Code § 13101(a) La junta de supervisores de cualquier condado podrá celebrar un acuerdo por escrito con la junta de supervisores de uno o más condados para el gasto de cualesquiera fondos depositados en su fondo de propagación de peces y vida silvestre conforme a la Sección 13100 para cualquier propósito autorizado por la Sección 13103 en cualquiera de los condados para el beneficio conjunto de ambos, o todos, los condados según lo que el criterio de las juntas de supervisores pueda dirigir. La compra de bienes inmuebles necesarios para ese propósito es lícita y el título de propiedad se tomará a nombre conjunto de cada condado que aporte fondos para ello. La propiedad podrá ser cedida al estado bajo la condición expresa de que se empleará para los propósitos de este capítulo dentro de los condados.
(b)CA Pesca y Caza Code § 13101(b) La junta de supervisores de uno o más condados podrá celebrar un acuerdo por escrito con el departamento para el gasto de cualesquiera fondos depositados en su fondo de propagación de peces y vida silvestre conforme a la Sección 13100 para cualquier propósito autorizado por la Sección 13103.

Section § 13102

Explanation

Esta ley establece que cualquier gasto del fondo de propagación de pesca y caza de un condado debe seguir reglas específicas establecidas en otra parte del código de gobierno del estado.

Los gastos del fondo de propagación de pesca y caza de cualquier condado estarán sujetos a las disposiciones de la División 3 (que comienza con la Sección 29000) del Título 3 del Código de Gobierno.

Section § 13103

Explanation

Esta ley especifica cómo un condado puede gastar el dinero de su fondo para peces y vida silvestre. Los fondos pueden usarse para educación pública sobre conservación, tratamiento de vida silvestre herida, manejo de vida silvestre confiscada como prueba, y cría o liberación de vida silvestre con aprobación del departamento. Otros usos incluyen mejorar hábitats, mantener criaderos, comprar suministros, controlar depredadores, realizar investigaciones y cubrir costos administrativos razonables del condado. La ley también permite financiar programas de testigos anónimos y costos legales relacionados con la aplicación de las leyes de vida silvestre. Se pueden aprobar gastos adicionales para conservar y preservar la vida silvestre.

Los gastos del fondo de propagación de peces y vida silvestre de cualquier condado solo podrán realizarse para los siguientes fines:
(a)CA Pesca y Caza Code § 13103(a) Educación pública relacionada con los principios científicos de la conservación de peces y vida silvestre, que consista en instrucción formal supervisada llevada a cabo conforme a un plan de estudios y ayudas educativas como literatura, grabaciones de audio y video, modelos de capacitación e instalaciones para el estudio de la naturaleza.
(b)CA Pesca y Caza Code § 13103(b) Tratamiento y cuidado de emergencia temporal de vida silvestre herida u huérfana.
(c)CA Pesca y Caza Code § 13103(c) Tratamiento y cuidado temporal de vida silvestre confiscada por el departamento como prueba.
(d)CA Pesca y Caza Code § 13103(d) Cría, reproducción, compra o liberación de peces o vida silvestre que se vayan a liberar con la aprobación del departamento conforme a las Secciones 6400 y 6401 en tierras o aguas de agencias locales, estatales o federales, o en tierras o aguas abiertas al público.
(e)CA Pesca y Caza Code § 13103(e) Mejora del hábitat de peces y vida silvestre, incluyendo, entre otros, la construcción de rejillas para peces, presas y escaleras para peces; mejoras de drenaje u otras mejoras de cuencas hidrográficas; remoción o colocación de grava y rocas; construcción de sistemas de riego y distribución de agua; movimiento de tierras y nivelación; cercado; plantación de árboles y otras gestiones de vegetación; y remoción de barreras para la migración de peces y vida silvestre.
(f)CA Pesca y Caza Code § 13103(f) Construcción, mantenimiento y operación de instalaciones públicas de criaderos.
(g)CA Pesca y Caza Code § 13103(g) Compra y mantenimiento de materiales, suministros o equipos para la propiedad y uso del departamento o para el uso del departamento en el desempeño normal de sus responsabilidades.
(h)CA Pesca y Caza Code § 13103(h) Acciones de control de depredadores en beneficio de peces o vida silvestre, previa certificación por escrito del departamento de que las acciones propuestas beneficiarán significativamente a una especie de vida silvestre en particular.
(i)CA Pesca y Caza Code § 13103(i) Investigación científica de peces y vida silvestre realizada por instituciones de educación superior, investigadores calificados o agencias gubernamentales, si es aprobada por el departamento.
(j)CA Pesca y Caza Code § 13103(j) Costos administrativos razonables, excluyendo los costos de auditorías requeridas por la Sección 13104, para servicios de secretaría, viajes y franqueo por parte de la comisión de peces y vida silvestre del condado cuando sea autorizado por la junta de supervisores del condado. Para los fines de esta subdivisión, “costo razonable” significa una cantidad que no exceda el 15 por ciento del monto promedio recibido por el fondo durante el período de tres años anterior, o diez mil dólares ($10,000) anualmente, lo que sea mayor, excluyendo cualquier fondo arrastrado de un año fiscal anterior.
(k)CA Pesca y Caza Code § 13103(k) Contribuciones a un programa de testigos anónimos con el fin de facilitar la aplicación de este código y las regulaciones adoptadas conforme a este código.
(l)CA Pesca y Caza Code § 13103(l) Costos incurridos por el fiscal de distrito o el fiscal de la ciudad en la investigación y enjuiciamiento de acciones civiles y penales por violaciones de este código, según lo apruebe el departamento.
(m)CA Pesca y Caza Code § 13103(m) Costos incurridos por un abogado del condado en la investigación y enjuiciamiento de una acción por sanciones civiles, medidas cautelares, o sanciones civiles y medidas cautelares conforme a la Sección 5650.1 resultantes del cultivo de cannabis sin licencia.
(n)CA Pesca y Caza Code § 13103(n) Otros gastos, aprobados por el departamento, con el fin de proteger, conservar, propagar y preservar peces y vida silvestre.

Section § 13104

Explanation
Esta ley permite al departamento verificar, o hacer que el condado verifique, cómo un condado está gastando dinero de su fondo para proyectos de peces y vida silvestre. Si encuentran que el dinero no se está gastando correctamente, el departamento puede detener gastos futuros o pedir que se devuelva el dinero, o ambas cosas.