Section § 2580

Explanation

Esta ley declara que California desea una manera clara y consistente de determinar a quién pertenecen los bienes dentro de un matrimonio cuando están a nombre de ambos esposos. En el pasado, ha sido confuso para los cónyuges y los abogados determinar si dicha propiedad es comunitaria o separada debido a los diferentes métodos y leyes existentes. Para solucionar esto, California ordena que ciertas reglas se apliquen de manera uniforme a todos los bienes de titularidad conjunta, sin importar cuándo fueron adquiridos. Sin embargo, si hubo un acuerdo de liquidación o una sentencia dictada antes de fechas específicas en 1987, esas decisiones antiguas siguen vigentes.

La Legislatura por la presente determina y declara lo siguiente:
(a)CA Derecho Familiar Code § 2580(a) Es política pública de este estado establecer de manera uniforme y consistente el estándar de prueba para determinar la naturaleza de los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio bajo titularidad conjunta, y para la asignación de los intereses comunitarios y separados sobre dichos bienes entre los cónyuges.
(b)CA Derecho Familiar Code § 2580(b) Los métodos previstos por la jurisprudencia y el derecho legislado no han resultado en consistencia en el tratamiento de los intereses de los cónyuges sobre los bienes que poseen bajo titularidad conjunta; por el contrario, han creado confusión respecto a qué ley se aplica a los bienes en un momento determinado, dependiendo de la forma del título de propiedad. Como resultado, los cónyuges no pueden tener expectativas fiables en cuanto a la caracterización de sus bienes y la asignación de los intereses sobre los mismos, y los abogados no pueden asesorar de manera fiable a sus clientes con respecto a la ley aplicable.
(c)CA Derecho Familiar Code § 2580(c) Por lo tanto, existe un interés estatal apremiante en disponer un tratamiento uniforme de los bienes. En consecuencia, las antiguas Secciones 4800.1 y 4800.2 del Código Civil, vigentes el 1 de enero de 1987, y continuadas en las Secciones 2581 y 2640 de este código, se aplican a todos los bienes poseídos bajo titularidad conjunta, independientemente de la fecha de adquisición de los bienes o de la fecha de cualquier acuerdo que afecte la naturaleza de los mismos, y dichas secciones se aplican en todos los procedimientos iniciados a partir del 1 de enero de 1984. Sin embargo, dichas secciones no se aplican a los acuerdos de liquidación de bienes formalizados antes del 1 de enero de 1987, ni a los procedimientos en los que se dictaron sentencias antes del 1 de enero de 1987, independientemente de si dichas sentencias son firmes.

Section § 2581

Explanation

Esta ley explica cómo se dividen los bienes cuando termina un matrimonio en California. Establece que cualquier propiedad que la pareja haya obtenido mientras estaba casada se considera compartida, o 'propiedad comunitaria', incluso si la poseen juntos bajo diferentes formas legales como tenencia en común o tenencia conjunta. Para demostrar que no es una propiedad compartida, debe haber una nota clara en el título de propiedad que diga que es separada, o la pareja debe tener un acuerdo por escrito que indique que es propiedad separada.

Para los fines de la división de bienes en la disolución del matrimonio o la separación legal de las partes, los bienes adquiridos por las partes durante el matrimonio en forma conjunta, incluidos los bienes mantenidos en tenencia en común, tenencia conjunta o tenencia de la totalidad, o como propiedad comunitaria, se presumen propiedad comunitaria. Esta presunción es una presunción que afecta la carga de la prueba y puede ser refutada por cualquiera de los siguientes:
(a)CA Derecho Familiar Code § 2581(a) Una declaración clara en la escritura u otra prueba documental del título mediante la cual se adquiere la propiedad, indicando que la propiedad es propiedad separada y no propiedad comunitaria.
(b)CA Derecho Familiar Code § 2581(b) Prueba de que las partes han celebrado un acuerdo por escrito de que la propiedad es propiedad separada.