Section § 12500

Explanation

Esta sección aclara a qué departamento se refiere el término 'departamento' cuando se utiliza en ciertos capítulos del Código Alimentario y Agrícola de California. Para los capítulos específicos relacionados con la regulación de pesticidas, se refiere al Departamento de Regulación de Pesticidas. Para otros capítulos relacionados con la agricultura, significa el Departamento de Alimentos y Agricultura.

Según se utiliza en el Capítulo 1.5 (que comienza con la Sección 12501), el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 12751) excepto el Artículo 2.5 (que comienza con la Sección 12786), el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 14001), el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 14101), el Capítulo 3.6 (que comienza con la Sección 14151) y el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 15201), "departamento" significa el Departamento de Regulación de Pesticidas. Según se utiliza en el Artículo 2.5 (que comienza con la Sección 12786) del Capítulo 2, el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 14200), el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 14501) y el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 14901), "departamento" significa el Departamento de Alimentos y Agricultura.

Section § 12500.5

Explanation

Esta sección de la ley simplemente define el término “Director” como el Director de Regulación de Pesticidas dentro del contexto de este marco legal.

“Director” significa el Director de Regulación de Pesticidas.

Section § 12500.6

Explanation

En esta sección, la palabra 'Secretario' se refiere específicamente al Secretario de Alimentación y Agricultura.

“Secretario” significa el Secretario de Alimentación y Agricultura.