Chapter 4
Section § 80101
Esta ley de California establece reglas para obtener permisos para la recolección de plantas nativas, como los árboles de Josué y otras especies específicas. El comisionado o sheriff local emite permisos por una tarifa, que varía según el tipo de planta; cuesta al menos $1 por planta o $2 para los árboles de Josué. La madera de ciertos árboles cuesta $1 por cuerda, y la Yucca Schidigera destinada a uso comercial cuesta $3 por tonelada. Estas tarifas cubren los costos administrativos y de cumplimiento. Para recolectar, vender o transportar legalmente estas plantas, necesita un permiso válido y debe seguir las reglas de etiquetado. Los permisos especifican qué plantas puede recolectar, de dónde y cómo. Si lo detienen, debe mostrar su permiso y etiquetas a los inspectores. Las plantas etiquetadas pueden transportarse utilizando certificados o permisos emitidos por el estado.
Section § 80102
Si tiene un permiso para recolectar, transportar o poseer plantas nativas en California, necesitará tener suficientes etiquetas y sellos para las plantas. Estas etiquetas y sellos deben colocarse durante la recolección y antes del transporte, según lo dicte el comisionado del condado. Una vez etiquetadas, no puede quitarlas hasta que la planta sea replantada en su ubicación final. Solo el comisionado o el nuevo propietario pueden quitar y conservar la etiqueta como prueba de propiedad.
Además, no puede transferir su permiso, etiquetas o sellos a otra persona, y no puede obtener un reembolso por ellos. Usted es responsable de las acciones de cualquier persona que trabaje bajo su permiso con respecto a las plantas.
Section § 80103
Si quieres talar, transportar o poseer árboles de mezquite, palo verde o palo fierro para madera, debes tener contigo un permiso y un recibo de madera. El recibo debe permanecer contigo a menos que vendas la madera, en cuyo caso puedes dárselo al comprador como prueba de que es el dueño de la madera.
El permiso o el recibo de madera no puede ser usado por otra persona, a menos que sea el comprador quien lo reciba junto con la compra de la madera.
Section § 80104
Section § 80105
Section § 80106
Esta ley permite a ciertos funcionarios, como el director y los oficiales de paz, ingresar a cualquier propiedad o vehículo en California si creen que podría contener plantas nativas que son ilegales. Pueden verificar permisos, recibos de madera y observar etiquetas y sellos para asegurarse de que todo sea legal.