No más de dos gravámenes presentados conforme al Capítulo 12 (que comienza con la Sección 57501) y al Capítulo 13 (que comienza con la Sección 57551) serán exigibles contra un mismo deudor gravado, incluso si son presentados por diferentes acreedores gravados.
Chapter 14
Section § 57700
Esta ley establece que solo se pueden hacer cumplir hasta dos gravámenes contra un solo deudor, bajo las reglas que comienzan en las Secciones 57501 y 57551. Incluso si diferentes personas presentan los gravámenes, no se pueden perseguir legalmente más de dos.
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