Section § 2350

Explanation

Esta ley permite a los condados de California crear un programa de pases para ganado que permite a los productores de ganado calificados y a sus empleados gerenciales acceder a las propiedades de los ranchos durante desastres como inundaciones o incendios. Un empleado gerencial, que supervisa el cuidado del ganado, debe tener una descripción de puesto por escrito, realizar tareas de gestión regularmente y ganar al menos el doble del salario mínimo. No se les exige usar un pase para ganado a menos que lo elijan voluntariamente. Las juntas del condado pueden emitir estos pases, que verifican al solicitante como un productor de ganado legítimo a través de varios documentos como formularios del IRS o verificación del USDA. El pase permite el acceso para el cuidado crítico del ganado o para ayudar a los equipos de emergencia, pero requiere el permiso de un comandante de incidente para entrar en áreas cerradas debido a emergencias. Los pases deben incluir detalles clave de identificación y una identificación con foto, a menos que se acompañen de otra identificación con foto válida.

(a)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a) Para los fines de este capítulo, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a)(1) “Empleado gerencial” significa una persona que cumple con todos los siguientes criterios:
(A)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a)(1)(A) Tiene autoridad gerencial con la responsabilidad de supervisar el cuidado y el bienestar del ganado del productor de ganado calificado.
(B)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a)(1)(B) Se dedica principalmente a tareas laborales gerenciales y ejerce habitual y regularmente discreción y juicio independiente en estas tareas. Estas tareas deberán especificarse en una descripción de puesto por escrito emitida a más tardar 90 días antes de la fecha de la inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre.
(C)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a)(1)(C) Gana un salario mensual equivalente a no menos de dos veces el salario mínimo estatal para un empleo a tiempo completo en el momento de la inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre.
(2)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(a)(2) “Productor de ganado calificado” significa un productor de ganado comercial, según lo determine la agencia del condado, que ha sido certificado por completar con éxito el plan de estudios desarrollado de conformidad con la Sección 13105.6 del Código de Salud y Seguridad.
(b)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)
(1)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)(1) Previa aprobación de una junta de supervisores del condado, un comisionado agrícola del condado, u otra agencia designada por la junta de supervisores del condado, está autorizado a establecer dentro de ese condado un programa de pases para ganado con el propósito de emitir documentos de identificación que otorguen a cualquier productor de ganado calificado, o a un empleado gerencial del productor de ganado calificado, acceso a la propiedad del rancho del productor de ganado calificado durante o después de una inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre.
(2)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)(2)
(A)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)(2)(A) Un empleado gerencial de un productor de ganado calificado no estará obligado por el productor de ganado calificado a obtener un pase para ganado. El acceso al rancho de un productor de ganado calificado por parte de un empleado gerencial será totalmente voluntario por parte del empleado gerencial.
(B)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)(2)(A)(B) Ninguna persona exigirá a ningún empleado que obtenga o utilice un pase para ganado o que entre o esté presente en la propiedad del rancho del productor de ganado durante o después de una inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre. Ninguna persona discriminará, tomará represalias o realizará ninguna acción adversa contra un empleado por negarse a obtener o utilizar un pase para ganado o a entrar o estar presente en la propiedad del rancho del productor de ganado durante o después de una inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre. Cualquier persona que crea haber sido discriminada o haber sufrido represalias en violación de esta sección podrá, además de cualquier otro recurso disponible, presentar una queja de conformidad con la Sección 98.7 del Código Laboral para los recursos disponibles en virtud de la Sección 98.6 del Código Laboral.
(C)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(b)(2)(A)(C) Nada en esta sección se interpretará como que exige que un empleado gerencial de un productor de ganado calificado esté presente en una propiedad de rancho durante o después de una inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre.
(c)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)
(1)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1) Un solicitante de un pase para ganado deberá proporcionar, o la agencia del condado pertinente deberá obtener de otra manera, documentación suficiente para demostrar que el solicitante es un productor de ganado comercial, o un empleado gerencial de un productor de ganado comercial. La documentación puede incluir, entre otros, cualquiera de los siguientes:
(A)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(A) Un número de identificación de operador emitido por un comisionado agrícola del condado.
(B)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(B) Un Anexo F (Formulario 1040) del Servicio de Impuestos Internos que certifique las Ganancias o Pérdidas de la Agricultura del solicitante.
(C)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(C) Números de parcela del tasador que confirmen la zonificación agrícola para la propiedad o propiedades a las que se busca acceso.
(D)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(D) Documentación de arrendamiento de tierras agrícolas.
(E)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(E) Documentación que certifique la inscripción del solicitante en un contrato de la Ley Williamson, según lo autorizado de conformidad con el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 51200) de la Parte 1 de la División 1 del Título 5 del Código de Gobierno.
(F)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(F) Documentación de la Agencia de Servicios Agrícolas del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos que certifique que el solicitante es un productor de ganado comercial.
(G)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(1)(G) Registro actual de una marca de ganado en la Oficina de Identificación de Ganado.
(2)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(c)(2) Un solicitante de un pase para ganado deberá proporcionar a la agencia del condado pertinente una descripción o mapa de todas las tierras de su propiedad o gestionadas por él para las cuales se solicita acceso en caso de desastre.
(d)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(d)
(1)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(d)(1) El acceso otorgado de conformidad con un pase para ganado se limitará a los fines de resguardar, mover, transportar, evacuar, alimentar, abrevar o administrar atención veterinaria al ganado, o proporcionar conocimientos locales a los agentes del orden y al personal de emergencia. Los conocimientos locales solo se proporcionarán a solicitud de los agentes del orden y del personal de emergencia.
(2)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(d)(2) Un titular de un pase para ganado puede tener acceso a la propiedad del rancho que es propiedad de otro titular de un pase para ganado, con el permiso de dicho titular del pase para ganado, con el fin de proporcionar asistencia con las actividades especificadas en el párrafo (1) durante o después de una inundación, tormenta, incendio, terremoto u otro desastre.
(3)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(d)(3) El acceso bajo esta sección a áreas cerradas de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 409.5 del Código Penal solo podrá ser otorgado por el comandante del incidente, un funcionario encargado de hacer cumplir la ley con jurisdicción, o su designado. Cuando el acceso sea otorgado por personal de respuesta a emergencias que no sea el comandante del incidente, el personal de respuesta a emergencias deberá notificar al comando del incidente que se ha proporcionado acceso al titular del pase para ganado.
(4)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(d)(4) Para los fines de esta subdivisión, la “experiencia local” puede incluir la identificación de caminos de acceso, puntos de agua y otros conocimientos locales que puedan ayudar a los bomberos u otro personal de respuesta a emergencias.
(e)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)
(1)Copy CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(1) Un documento de identificación de pase para ganado emitido de conformidad con la subdivisión (b) con el propósito de autorizar el acceso durante un desastre deberá incluir, como mínimo, toda la siguiente información:
(A)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(1)(A) El nombre del solicitante y del titular de la tarjeta.
(B)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(1)(B) El nombre o nombres del rancho al que el titular de la tarjeta busca acceso en caso de desastre.
(C)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(1)(C) La fecha de vencimiento del documento de identificación, si el condado estableció una fecha de vencimiento.
(D)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(1)(D) El sello o logotipo de la agencia autorizante y la firma del oficial emisor.
(2)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(e)(2) Un documento de identificación de pase para ganado que autorice el acceso durante un desastre y que no incluya una fotografía del titular de la tarjeta no será un documento válido para los fines de la subdivisión (b) a menos que esté acompañado por un documento de identificación con fotografía válido emitido por el gobierno estatal o federal.
(f)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 2350(f) No obstante esta sección, un pase para ganado emitido por un condado en el que se estableció un programa de pase para ganado o equivalente antes del 1 de enero de 2022, se considerará en cumplimiento con esta sección hasta la fecha de vencimiento indicada en el pase para ganado o hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que ocurra primero.