Section § 30850

Explanation

Esta ley exige que el departamento de control de animales entregue una placa de identificación a los perros de asistencia, que incluyen perros guía, perros señal y perros de servicio. Cuando alguien solicita dicha placa, debe firmar un formulario reconociendo que es ilegal afirmar falsamente ser propietario o adiestrador de un perro de servicio, y que las infracciones pueden conllevar penas de cárcel, multas o ambas. Si un perro de asistencia fallece o se retira, la placa debe ser devuelta al departamento de inmediato.

(a)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 30850(a) El departamento de control de animales deberá anotar en la solicitud de una placa de identificación de perro de asistencia el número de la placa de identificación emitida. Tal como se utiliza en este capítulo, los “perros de asistencia” son perros especialmente adiestrados como perros guía, perros señal o perros de servicio. Todas las solicitudes que hayan sido anotadas se mantendrán archivadas en la oficina del departamento de control de animales y estarán abiertas a la inspección pública.
(b)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 30850(b) Siempre que una persona solicite una placa de identificación de perro de asistencia, la persona deberá firmar una declaración jurada que diga lo siguiente:
“Al estampar mi firma en esta declaración jurada, por la presente declaro que entiendo plenamente que la Sección 365.7 del Código Penal prohíbe a cualquier persona representarse a sí misma, a sabiendas y fraudulentamente, mediante aviso verbal o escrito, como el propietario o adiestrador de cualquier canino con licencia, calificado o identificado como perro guía, perro señal o perro de servicio, según se definen en los incisos (d), (e) y (f), respectivamente, de la Sección 365.5 del Código Penal y el párrafo (6) del inciso (b) de la Sección 54.1 del Código Civil, y que una violación de la Sección 365.7 del Código Penal es un delito menor, punible con prisión en una cárcel del condado por un período no mayor de seis meses, con una multa no mayor de mil dólares ($1,000), o con ambas, dicha prisión y multa.”
(c)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 30850(c) Tras la muerte o el retiro de un perro de asistencia, el propietario o la persona en posesión de la placa de identificación del perro de asistencia deberá devolver inmediatamente la placa al departamento de control de animales que emitió la placa.

Section § 30851

Explanation

Si tienes un perro de asistencia, debes seguir todas las normas estatales y locales sobre cómo mantener a tu perro sano y con la licencia adecuada.

Los propietarios de perros de asistencia deberán cumplir con todas las ordenanzas estatales y locales relativas a los requisitos de salud y licencia para perros.

Section § 30852

Explanation

Esta ley garantiza que solo una persona con discapacidad o un adiestrador de perros de asistencia pueda usar la etiqueta de identificación para perros de asistencia. La etiqueta debe tener una forma, tamaño y color uniformes en todo el estado, lo que la hace fácilmente reconocible. El Departamento de Alimentación y Agricultura, junto con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, es responsable de decidir el diseño de la etiqueta, y este proceso no está sujeto a algunos requisitos gubernamentales habituales para nuevas regulaciones.

(a)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 30852(a) La etiqueta que identifica a un perro como perro de asistencia solo podrá ser utilizada por una persona con discapacidad o un adiestrador de perros de asistencia y deberá tener una forma, tamaño y color uniformes en todo el estado para que sea fácilmente reconocible.
(b)CA Código de Alimentos y Agricultura Code § 30852(b) El Departamento de Alimentación y Agricultura, en consulta con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, especificará la forma, el tamaño y el color de las etiquetas. Esta subdivisión no estará sujeta a los requisitos del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 30853

Explanation
Esta sección de la ley garantiza que ninguna de sus disposiciones se interprete de una manera que restrinja o viole los derechos de acceso de cualquier persona bajo la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990.

Section § 30854

Explanation

Esta ley significa que si alguna parte de ella se considera inválida o entra en conflicto con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, entonces solo esa parte específica se ve afectada. El resto de la ley sigue vigente sin verse afectado por la parte inválida.

Las disposiciones de este capítulo son divisibles. Si alguna disposición de este capítulo o su aplicación se declara inválida o en conflicto con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Ley Pública 101-336), dicha invalidez o conflicto no afectará otras disposiciones o aplicaciones que puedan tener efecto sin la disposición o aplicación inválida o en conflicto.