Chapter 1.5
Section § 30520
Esta ley se aplica a los condados de California con poblaciones inferiores a 100,000 habitantes al 1 de enero de 2000. Si la población de un condado supera este número, se aplicarán reglas diferentes a partir del 1 de enero siguiente. Los refugios de animales y grupos de rescate en estos condados no pueden vender ni dar en adopción perros que no hayan sido esterilizados o castrados, salvo bajo ciertas condiciones. Específicamente, pueden transferir perros sin esterilizar o castrar solo si el nuevo propietario firma un acuerdo para esterilizar al perro dentro de los 30 días hábiles y paga un depósito de esterilización de entre $40 y $75. Los refugios también pueden asociarse con veterinarios para gestionar estos requisitos en lugar de cobrar depósitos.
Section § 30521
Esta ley permite a los refugios de animales y organizaciones similares exigir un depósito para la esterilización o castración de perros adoptados. El depósito puede ser parte de la tarifa de adopción pagada directamente a un veterinario por el refugio, o una cantidad reembolsable separada si el adoptante presenta prueba de la esterilización dentro de los 30 días. El depósito debe ser de al menos $40 y no más de $75. Si el adoptante no presenta la prueba, el depósito se pierde a favor del refugio.
Los fondos que no se devuelven a los adoptantes deben ser utilizados por los refugios para fines específicos: programas de esterilización y castración, educación pública sobre la sobrepoblación de mascotas, asegurar que las mascotas adoptadas sean esterilizadas y costos administrativos relacionados con estas actividades.
Section § 30522
Si alguien se compromete a esterilizar o castrar una mascota y no lo hace dentro de los 30 días hábiles, perderá su depósito y podría enfrentar una multa. Los oficiales pueden emitir citaciones por esto, y el dinero recaudado se destina a programas de bienestar animal. Sin embargo, si el dueño de la mascota finalmente presenta prueba del procedimiento, cualquier multa aún no pagada será condonada, aunque el depósito se seguirá perdiendo.
Una agencia o refugio de control de animales puede conceder más tiempo para la esterilización o castración si hay una buena razón, la cual debe registrarse por escrito.
Si un veterinario indica que no es seguro esterilizar o castrar a la mascota debido a problemas de salud, el dueño debe pagar un depósito de entre $40 y $75, el cual se reembolsa si el procedimiento se completa una vez que la mascota esté sana. Esto debe hacerse dentro de los 14 días hábiles posteriores a la certificación del veterinario, y se requiere prueba para obtener un reembolso. Si la mascota fallece durante este período, el dueño puede recuperar su depósito con una carta del veterinario que confirme el fallecimiento.
Section § 30523
Si incumples ciertas reglas sobre la esterilización o castración de animales, podrías ser multado con al menos $50 la primera vez y al menos $100 si reincides. Las multas ayudan a los refugios o grupos de animales a emprender acciones legales en tu contra. Estas reglas incluyen falsificar documentos de esterilización/castración, proporcionar información falsa o engañosa sobre la propiedad de mascotas o las tarifas de esterilización, y emitir cheques sin fondos para los depósitos de esterilización/castración. El dinero de estas multas se destina a los grupos que aplican estas reglas para apoyar sus programas.
Section § 30524
Esta ley exige que las normas locales para la adopción o colocación de animales de refugios públicos o grupos de rescate deben ser al menos tan estrictas como las regulaciones a nivel estatal descritas en este capítulo. Esto asegura un nivel mínimo de restricción y estándares en todas las localidades.
Section § 30524.5
Si un veterano desea adoptar un perro de un refugio público de animales y muestra su identificación marcada con «VETERANO», el refugio no puede cobrar ninguna tarifa de adopción. Sin embargo, los refugios pueden limitar estas adopciones gratuitas a un perro cada seis meses.
Section § 30525
Section § 30526
Esta ley exige que los refugios de animales y los grupos de rescate informen por escrito a las personas si un perro que están adoptando, comprando o recibiendo tiene un historial conocido de haber mordido a alguien y roto la piel. El refugio o grupo también debe obtener un acuse de recibo firmado del nuevo dueño, indicando que está al tanto del historial de mordeduras del perro. El propósito es garantizar la seguridad pública y la colocación adecuada de los perros. Incluso si un perro tiene un historial de mordeduras documentado, aún puede ser adoptado o transferido. Si un refugio o grupo de rescate incumple estas normas, puede ser multado con hasta $500, y el dinero se destinará a la agencia local de control de animales o a la tesorería de la ciudad/condado, según quién haya infringido la norma.