RegistroRegistro de Votantes Estudiantiles
Section § 2145
Section § 2146
Esta ley de California exige que el Secretario de Estado proporcione anualmente formularios de registro de votantes a las escuelas secundarias, colegios comunitarios y campus universitarios estatales. También deben ofrecer formularios adicionales si una escuela los solicita. Cada formulario debe ir acompañado de un aviso que explique quién puede registrarse, y los estudiantes pueden devolver sus formularios por correo o entregarlos en persona a los funcionarios electorales locales o directamente al Secretario de Estado.
Se espera que las escuelas con sistemas automatizados de inscripción de clases permitan a los estudiantes registrarse para votar en línea a través del sitio web del Secretario de Estado. Otras escuelas deben implementar estos sistemas en un plazo de dos años. Se anima a la Universidad de California a hacer lo mismo.
El Secretario de Estado es responsable de informar anualmente a la Legislatura sobre los esfuerzos de registro de votantes estudiantiles, incluyendo el recuento de formularios de registro enviados y devueltos. El objetivo general es asegurar que todos los estudiantes elegibles tengan una oportunidad sólida de registrarse para votar, utilizando métodos como proporcionar formularios en momentos y lugares clave o incluyendo opciones de registro en línea.
Section § 2147
Para el 1 de julio de 2018, la Universidad Estatal de California y los Colegios Comunitarios de California debían establecer un sistema para que los estudiantes que se inscriben en línea presentaran su formulario de registro de votantes electrónicamente a través del sitio web del Secretario de Estado. También se alienta a la Universidad de California a colaborar con el Secretario de Estado.
Section § 2148
Esta ley exige que cada escuela preparatoria, colegio comunitario y campus de la Universidad Estatal de California designe a una persona de contacto responsable de coordinar la distribución de tarjetas de registro de votantes. Esta persona debe proporcionar su información de contacto, como dirección, número de teléfono y correo electrónico, al Secretario de Estado. Aunque no es obligatorio, se alienta a la Universidad de California a hacer lo mismo.
Section § 2148.5
El Secretario de Estado tiene la responsabilidad de promover el registro y la participación de los estudiantes en las votaciones a través de un programa llamado Proyecto Voto Estudiantil. Esto implica colaborar con los colegios comunitarios y las universidades estatales para proporcionar materiales necesarios, como calendarios impresos con fechas cívicas y electorales, según lo establecido en el Código de Educación. Además, debe existir una página web dedicada al proyecto, que incluya información electoral crucial y fechas clave para los estudiantes.