Section § 2200

Explanation
Su registro de votante en California es de por vida y permanece activo a menos que sea cancelado oficialmente por los funcionarios electorales por razones específicas descritas en la ley.

Section § 2201

Explanation
Esta ley explica cuándo y cómo un funcionario electoral del condado o el Secretario de Estado deben cancelar la inscripción de un votante. La inscripción de un votante puede cancelarse si lo solicita, si es declarado mentalmente incompetente, si está encarcelado por un delito grave, si un tribunal lo ordena, si fallece, si se inscribe en otro estado o si es inelegible por cualquier otra razón. Si se planea cancelar la inscripción de alguien, los funcionarios deben notificarle con antelación y ofrecerle una forma de impugnar la acción. Los avisos deben enviarse antes de la cancelación por razones como un cambio de domicilio, una pena de prisión o una incapacidad mental, y poco después en caso de fallecimiento. Además, las notificaciones deben estar en el idioma preferido si el condado proporciona boletas traducidas. El Secretario de Estado debe informar a ciertos comités sobre la implementación de leyes electorales relacionadas y puede dejar de hacerlo una vez que se logren todas las medidas necesarias. Esta ley dejará de estar operativa el 1 de julio de 2025 y será derogada el 1 de enero de 2026.
(a)CA Elecciones Code § 2201(a) El funcionario electoral del condado cancelará la inscripción en los siguientes casos:
(1)CA Elecciones Code § 2201(a)(1) A solicitud escrita y firmada de la persona inscrita.
(2)CA Elecciones Code § 2201(a)(2) Cuando la incapacidad mental de la persona inscrita se establezca legalmente según lo dispuesto en las Secciones 2208, 2209, 2210 y 2211. La oficina electoral del condado utilizará únicamente la información proporcionada por el Secretario de Estado de conformidad con el subapartado (d) de la Sección 2211.5 para cancelar una inscripción de votante por este motivo.
(3)CA Elecciones Code § 2201(a)(3) Previa prueba de que la persona está actualmente encarcelada por condena de un delito grave. La oficina electoral del condado utilizará únicamente la información proporcionada por el Secretario de Estado de conformidad con el subapartado (d) de la Sección 2212, por un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos o por la Oficina Federal de Prisiones para cancelar una inscripción de votante por este motivo.
(4)CA Elecciones Code § 2201(a)(4) Previa presentación de una copia certificada de una sentencia que ordene la cancelación.
(5)CA Elecciones Code § 2201(a)(5) Tras el fallecimiento de la persona inscrita.
(6)CA Elecciones Code § 2201(a)(6) De conformidad con el Artículo 2 (que comienza con la Sección 2220).
(7)CA Elecciones Code § 2201(a)(7) Previa notificación oficial de que el votante está inscrito para votar en otro estado.
(8)CA Elecciones Code § 2201(a)(8) Previa prueba de que la persona es de otro modo inelegible para votar.
(b)CA Elecciones Code § 2201(b) El Secretario de Estado podrá cancelar la inscripción en los siguientes casos:
(1)CA Elecciones Code § 2201(b)(1) Cuando la incapacidad mental de la persona inscrita se establezca legalmente según lo dispuesto en las Secciones 2208, 2209, 2210 y 2211.
(2)CA Elecciones Code § 2201(b)(2) Previa prueba de que la persona está actualmente encarcelada por condena de un delito grave.
(3)CA Elecciones Code § 2201(b)(3) Tras el fallecimiento de la persona inscrita.
(c)Copy CA Elecciones Code § 2201(c)
(1)Copy CA Elecciones Code § 2201(c)(1) Entre 15 y 30 días, ambos inclusive, antes de cancelar la inscripción de una persona por las razones especificadas en los apartados (2), (3) o (6) del subapartado (a), el funcionario electoral del condado enviará un aviso reenviable por correo de primera clase, incluyendo un formulario de respuesta con franqueo pagado y predirigido, al votante.
(A)CA Elecciones Code § 2201(c)(1)(A) El aviso reenviable se proporcionará en el idioma preferido de la persona si el condado está obligado a proporcionar boletas traducidas en ese idioma de conformidad con la Sección 203 de la Ley federal del Derecho al Voto de 1965 (52 U.S.C. Sec. 10503).
(B)CA Elecciones Code § 2201(c)(1)(B) El aviso incluirá una declaración sustancialmente similar a la siguiente:
“AVISO IMPORTANTE. Su registro de votante está programado para ser cancelado el [fecha]. Esta cancelación se debe a la información que la oficina electoral del Condado de [nombre del condado] ha recibido, indicando su inelegibilidad para votar en ese condado debido a un cambio de residencia, compromiso de prisión o incapacidad mental para votar de conformidad con las Secciones 2208, 2209, 2210 o 2211 del Código Electoral de California, según corresponda.
Si cree que esta cancelación es un error, por favor notifique a nuestra oficina dentro de los 15 días siguientes a la fecha de este aviso, ya sea devolviendo la tarjeta postal adjunta con franqueo pagado o llamando al [número de teléfono de la oficina electoral del condado] sin cargo.
Si no recibimos su respuesta a este aviso, es posible que se le exija volver a registrarse para votar en la próxima elección o votar utilizando una boleta provisional. Puede encontrar más información sobre las reglas de elegibilidad de los votantes en el sitio web del Secretario de Estado en [URL] o en la línea directa para votantes en [números de teléfono]. También puede verificar su estado de registro actual en [URL].”
(2)CA Elecciones Code § 2201(2) El formulario de respuesta predirigido descrito en el apartado (1) deberá incluir todo lo siguiente:
(A)CA Elecciones Code § 2201(2)(A) Espacio para que el votante proporcione su lugar de residencia actual.
(B)CA Elecciones Code § 2201(2)(B) Espacio para que el votante proporcione su dirección postal actual, si es diferente del lugar de residencia.
(C)CA Elecciones Code § 2201(2)(C) Una casilla junto a una declaración sustancialmente similar a la siguiente: “La cancelación de mi registro de votante es un error porque no he sido declarado mentalmente incompetente para votar por un tribunal de justicia y no estoy cumpliendo actualmente una pena de prisión estatal o federal. Además, si me he mudado, he proporcionado mi nueva dirección residencial en este formulario.”
(D)CA Elecciones Code § 2201(2)(D) Espacio para que el votante proporcione su firma y la fecha.
(3)CA Elecciones Code § 2201(3) El funcionario electoral podrá enviar avisos escritos adicionales a un votante, y también podrá notificar al votante en persona, por teléfono o correo electrónico, o por otros medios sobre la cancelación de registro planificada.
(d)Copy CA Elecciones Code § 2201(d)
(1)Copy CA Elecciones Code § 2201(d)(1) Dentro de los 15 días anteriores o posteriores a la cancelación de la inscripción de un votante por la razón especificada en el apartado (5) del subapartado (a), el funcionario electoral del condado enviará un aviso reenviable por correo de primera clase, incluyendo un formulario de respuesta con franqueo pagado y predirigido, al votante, para permitir que el votante verifique o corrija la cancelación de su inscripción.
(A)CA Elecciones Code § 2201(d)(1)(A) El aviso reenviable deberá proporcionarse en el idioma preferido de la persona si el condado está obligado a proporcionar boletas traducidas en ese idioma conforme a la Sección 203 de la Ley federal del Derecho al Voto de 1965 (52 U.S.C. Sec. 10503).
(B)CA Elecciones Code § 2201(d)(1)(B) El aviso deberá incluir una declaración sustancialmente similar a la siguiente:
“AVISO IMPORTANTE. Su registro de votante fue cancelado el [date]. Esta cancelación se debe a la información que la oficina de elecciones del Condado de [county name] ha recibido indicando su inelegibilidad para votar en ese condado debido a fallecimiento, conforme al Código Electoral de California, según corresponda.
Si cree que esta cancelación es un error, por favor, notifique a nuestra oficina dentro de los 15 días siguientes a la fecha de este aviso, ya sea devolviendo la tarjeta postal adjunta con franqueo pagado o llamando al [county elections office phone number] sin cargo.
Si no recibimos su respuesta a este aviso, es posible que deba volver a registrarse para votar en la próxima elección o votar utilizando una boleta provisional. Puede encontrar más información sobre las reglas de elegibilidad para votar en el sitio web del Secretario de Estado en [URL] o en la línea directa para votantes en [phone numbers]. También puede verificar su estado de registro actual en [URL].”
(2)CA Elecciones Code § 2201(2) El formulario de devolución predirigido descrito en el párrafo (1) deberá incluir todo lo siguiente:
(A)CA Elecciones Code § 2201(2)(A) Espacio para que el votante proporcione su lugar de residencia actual.
(B)CA Elecciones Code § 2201(2)(B) Espacio para que el votante proporcione su dirección postal actual, si es diferente del lugar de residencia.
(C)CA Elecciones Code § 2201(2)(C) Una casilla junto a una declaración sustancialmente similar a la siguiente: “La cancelación de mi registro de votante es un error porque no he fallecido. Además, si me he mudado, he proporcionado mi nueva dirección residencial en este formulario.”
(D)CA Elecciones Code § 2201(2)(D) Espacio para que el votante proporcione su firma y la fecha.
(3)CA Elecciones Code § 2201(3) El funcionario electoral puede enviar avisos adicionales a un votante, y también puede notificar al votante en persona, por teléfono o correo electrónico, o por otros medios sobre la cancelación de registro planificada.
(e)Copy CA Elecciones Code § 2201(e)
(1)Copy CA Elecciones Code § 2201(e)(1) El Secretario de Estado deberá presentar una actualización el 1 de enero de 2025, y el primer día de cada mes subsiguiente, detallando sus esfuerzos y progreso en la implementación completa y el logro del cumplimiento de las Secciones 2208, 2209, 2210, 2211, 2211.5 y 2214 a todos los siguientes comités:
(A)CA Elecciones Code § 2201(e)(1)(A) El Comité de Elecciones de la Asamblea.
(B)CA Elecciones Code § 2201(e)(1)(B) El Comité de Elecciones y Enmiendas Constitucionales del Senado.
(C)CA Elecciones Code § 2201(e)(1)(C) El subcomité pertinente del Comité de Presupuesto de la Asamblea.
(D)CA Elecciones Code § 2201(e)(1)(D) El subcomité pertinente del Comité de Presupuesto y Revisión Fiscal del Senado.
(E)CA Elecciones Code § 2201(e)(1)(E) El Comité Conjunto de Auditoría Legislativa.
(2)CA Elecciones Code § 2201(e)(2) No se requerirá que el Secretario de Estado presente la actualización exigida conforme al párrafo (1) después de que el Secretario de Estado certifique a los comités descritos en el párrafo (1) que ha tomado todas las medidas necesarias para implementar y administrar completamente las Secciones 2208, 2209, 2210, 2211, 2211.5 y 2214.
(f)CA Elecciones Code § 2201(f) Esta sección dejará de estar operativa el 1 de julio de 2025, y, a partir del 1 de enero de 2026, quedará derogada.

Section § 2201

Explanation

Esta ley explica las razones por las que un funcionario electoral del condado puede cancelar el registro de votante de una persona. Esto incluye casos como cuando la persona lo solicita por escrito, es declarada mentalmente incompetente, está en prisión por un delito grave, fallece o se determina que no es elegible por otras razones. El Secretario de Estado también puede cancelar registros en situaciones similares.

Antes de cancelar un registro por incapacidad mental, encarcelamiento, fallecimiento o inelegibilidad por otros motivos, el funcionario debe notificar al votante con 15 a 30 días de antelación mediante un aviso enviado por correo. Este aviso permite al votante responder si cree que hay un error, como información incorrecta sobre su elegibilidad. Esta ley entrará en vigor el 1 de julio de 2025.

(a)CA Elecciones Code § 2201(a) El funcionario electoral del condado cancelará la inscripción en los siguientes casos:
(1)CA Elecciones Code § 2201(a)(1) A solicitud firmada y por escrito de la persona inscrita.
(2)CA Elecciones Code § 2201(a)(2) Cuando la incapacidad mental de la persona inscrita se establezca legalmente según lo dispuesto en las Secciones 2208, 2209, 2210 y 2211. La oficina electoral del condado utilizará únicamente la información proporcionada por el Secretario de Estado de conformidad con el inciso (d) de la Sección 2211.5 para cancelar una inscripción de votante por este motivo.
(3)CA Elecciones Code § 2201(a)(3) Previa prueba de que la persona está actualmente encarcelada por condena de un delito grave. La oficina electoral del condado utilizará únicamente la información proporcionada por el Secretario de Estado de conformidad con el inciso (d) de la Sección 2212, por un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos o por la Oficina Federal de Prisiones para cancelar una inscripción de votante por este motivo.
(4)CA Elecciones Code § 2201(a)(4) Previa presentación de una copia certificada de una sentencia que ordene la cancelación.
(5)CA Elecciones Code § 2201(a)(5) Tras el fallecimiento de la persona inscrita.
(6)CA Elecciones Code § 2201(a)(6) De conformidad con el Artículo 2 (que comienza con la Sección 2220).
(7)CA Elecciones Code § 2201(a)(7) Previa notificación oficial de que el votante está inscrito para votar en otro estado.
(8)CA Elecciones Code § 2201(a)(8) Previa prueba de que la persona es inelegible para votar por cualquier otra razón.
(b)CA Elecciones Code § 2201(b) El Secretario de Estado podrá cancelar la inscripción en los siguientes casos:
(1)CA Elecciones Code § 2201(b)(1) Cuando la incapacidad mental de la persona inscrita se establezca legalmente según lo dispuesto en las Secciones 2208, 2209, 2210 y 2211.
(2)CA Elecciones Code § 2201(b)(2) Previa prueba de que la persona está actualmente encarcelada por condena de un delito grave.
(3)CA Elecciones Code § 2201(b)(3) Tras el fallecimiento de la persona inscrita.
(c)Copy CA Elecciones Code § 2201(c)
(1)Copy CA Elecciones Code § 2201(c)(1) Entre 15 y 30 días, ambos inclusive, antes de cancelar la inscripción de una persona por las razones especificadas en el párrafo (2), (3), (5) o (6) del inciso (a), el funcionario electoral del condado enviará un aviso reenviable por correo de primera clase, incluyendo un formulario de respuesta con franqueo pagado y predirigido, al votante.
(A)CA Elecciones Code § 2201(c)(1)(A) El aviso reenviable se proporcionará en el idioma preferido de la persona si el condado está obligado a proporcionar boletas traducidas en ese idioma de conformidad con la Sección 203 de la Ley federal del Derecho al Voto de 1965 (52 U.S.C. Sec. 10503).
(B)CA Elecciones Code § 2201(c)(1)(B) El aviso incluirá una declaración sustancialmente similar a la siguiente:
“AVISO IMPORTANTE. Su registro de votante está programado para ser cancelado el [fecha]. Esta cancelación se debe a la información que la oficina electoral del Condado de [nombre del condado] ha recibido, indicando su inelegibilidad para votar en ese condado debido a un cambio de residencia, fallecimiento, ingreso en prisión o incapacidad mental para votar de conformidad con las Secciones 2208, 2209, 2210 o 2211 del Código Electoral de California, según corresponda.
Si cree que esta cancelación es un error, por favor notifique a nuestra oficina dentro de los 15 días siguientes a la fecha de este aviso, ya sea devolviendo la tarjeta postal adjunta con franqueo pagado o llamando al [número de teléfono de la oficina electoral del condado] sin cargo.
Si no recibimos su respuesta a este aviso, es posible que se le exija volver a registrarse para votar en la próxima elección o votar utilizando una boleta provisional. Puede encontrar más información sobre las reglas de elegibilidad de votantes en el sitio web del Secretario de Estado en [URL] o en la línea directa para votantes en [números de teléfono]. También puede verificar su estado de registro actual en [URL].”
(2)CA Elecciones Code § 2201(2) El formulario de respuesta predirigido descrito en el párrafo (1) deberá incluir todo lo siguiente:
(A)CA Elecciones Code § 2201(2)(A) Espacio para que el votante proporcione su lugar de residencia actual.
(B)CA Elecciones Code § 2201(2)(B) Espacio para que el votante proporcione su dirección postal actual, si es diferente del lugar de residencia.
(C)CA Elecciones Code § 2201(2)(C) Una casilla junto a una declaración sustancialmente similar a la siguiente: “La cancelación de mi registro de votante es un error porque no he sido declarado mentalmente incompetente para votar por un tribunal de justicia, no estoy cumpliendo actualmente una pena de prisión estatal o federal, y no he fallecido. Además, si me he mudado, he proporcionado mi nueva dirección residencial en este formulario.”
(D)CA Elecciones Code § 2201(2)(D) Espacio para que el votante proporcione su firma y la fecha.
(3)CA Elecciones Code § 2201(3) El funcionario electoral podrá enviar avisos escritos adicionales a un votante, y también podrá notificar al votante en persona, por teléfono o correo electrónico, o por otros medios sobre la cancelación de registro planificada.
(d)CA Elecciones Code § 2201(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2025.

Section § 2202

Explanation

Esta ley de California exige que los funcionarios electorales del condado guarden todos los documentos originales de registro de votantes de forma segura para mantener la confidencialidad de la información del votante. En lugar de guardar copias en papel, los funcionarios pueden usar microfilmes o formatos digitales, siempre que estos no puedan ser alterados. Si eligen formatos digitales, deben asegurarse de que la información del votante permanezca confidencial y segura. Después de la transferencia a formatos digitales, los originales pueden desecharse, pero de una manera que mantenga la seguridad y la confidencialidad. El Secretario de Estado puede establecer regulaciones para gestionar este proceso.

(a)CA Elecciones Code § 2202(a) El funcionario electoral del condado preservará todas las declaraciones juradas de registro no canceladas de una manera segura que protegerá la confidencialidad de la información del votante de conformidad con la Sección 2194.
Las declaraciones juradas de registro constituirán el registro que debe mantenerse según el Artículo 5 (que comienza con la Sección 2183) del Capítulo 2.
(b)CA Elecciones Code § 2202(b) En lugar de mantener las declaraciones juradas de registro no canceladas, el funcionario electoral del condado podrá microfilmar, grabar en disco óptico o grabar en cualquier otro medio electrónico que no permita adiciones, eliminaciones o cambios al documento original, las declaraciones juradas de registro no canceladas. Cualquier uso de un medio electrónico para registrar declaraciones juradas no canceladas protegerá la seguridad y confidencialidad de la información del votante. El funcionario electoral del condado podrá desechar cualquier declaración jurada de registro no cancelada transferida de conformidad con esta sección. La eliminación de cualquier declaración jurada no cancelada se realizará de una manera que no comprometa la seguridad o confidencialidad de la información del votante contenida en ella. Para los fines de esta sección, una copia duplicada de una declaración jurada de registro se considerará un original. El Secretario de Estado podrá adoptar reglamentos apropiados para los fines de esta sección.

Section § 2205

Explanation

Cada mes, los registradores locales deben informar a los funcionarios electorales del condado sobre las personas de 16 años o más que han fallecido. Este informe debe incluir detalles como el nombre, la edad y otras estadísticas vitales de la persona fallecida. El funcionario electoral del condado procederá a eliminar el registro de votante de la persona fallecida.

El registrador local de nacimientos y defunciones deberá notificar al funcionario electoral del condado, a más tardar el día 15 de cada mes, sobre todas las personas fallecidas de 16 años de edad o más, cuyas defunciones fueron registradas con él o ella o de cuyas defunciones fue notificado por el Registrador Estatal de Estadísticas Vitales durante el mes anterior. Esta notificación deberá incluir al menos el nombre, sexo, edad, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, lugar de residencia y fecha y lugar de defunción de cada difunto.
El funcionario electoral del condado cancelará la declaración jurada de registro del votante fallecido.

Section § 2206

Explanation
Esta ley exige al Secretario de Estado crear normas que faciliten el acceso a los registros de defunción del Departamento Estatal de Servicios de Salud. Esta información es utilizada por el Secretario de Estado o los funcionarios electorales del condado para eliminar a las personas fallecidas de las listas de registro de votantes.

Section § 2208

Explanation

Esta ley establece que, en general, se presume que las personas son competentes para votar, incluso si tienen una tutela. Sin embargo, una persona puede ser inhabilitada para votar si un tribunal determina que no puede expresar su deseo de participar en el proceso de votación, incluso con ayuda. Esta decisión debe basarse en pruebas sólidas presentadas en situaciones legales específicas, como el nombramiento de un tutor, la determinación de que alguien no es apto para ser juzgado o la declaración de no culpabilidad por demencia. También se subraya que necesitar ayuda para registrarse como votante, como usar un sello de firma o la asistencia de otras personas, no descalifica a nadie para votar. Esta norma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2208(a) Se presume que una persona es competente para votar independientemente de su estado de tutela. Se considerará que una persona es mentalmente incompetente y, por lo tanto, inhabilitada para votar, si, durante el curso de cualquiera de los procedimientos que se establecen a continuación, el tribunal determina mediante pruebas claras y convincentes que la persona no puede comunicar, con o sin adaptaciones razonables, un deseo de participar en el proceso de votación, y se aplica cualquiera de los siguientes casos:
(1)CA Elecciones Code § 2208(a)(1) Se nombra un tutor para la persona o para la persona y el patrimonio de conformidad con la División 4 (que comienza con la Sección 1400) del Código de Sucesiones.
(2)CA Elecciones Code § 2208(a)(2) Se nombra un tutor para la persona o para la persona y el patrimonio de conformidad con el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 5350) de la Parte 1 de la División 5 del Código de Bienestar y de Instituciones.
(3)CA Elecciones Code § 2208(a)(3) Se nombra un tutor para la persona de conformidad con los procedimientos iniciados bajo la Sección 5352.5 del Código de Bienestar y de Instituciones, se ha determinado que la persona no es competente para ser juzgada, y el juicio o la sentencia de la persona ha sido suspendido de conformidad con la Sección 1370 del Código Penal.
(4)CA Elecciones Code § 2208(a)(4) Una persona se ha declarado no culpable por razón de demencia, se ha determinado que no es culpable de conformidad con la Sección 1026 del Código Penal, y se considera que está gravemente incapacitada en el momento de la sentencia según se define en el párrafo (2) de la subdivisión (h) de la Sección 5008 del Código de Bienestar y de Instituciones.
(b)CA Elecciones Code § 2208(b) Si el procedimiento bajo el Código de Bienestar y de Instituciones es escuchado por un jurado, el jurado deberá determinar unánimemente mediante pruebas claras y convincentes que la persona no puede comunicar, con o sin adaptaciones razonables, un deseo de participar en el proceso de votación antes de que la persona sea inhabilitada para votar.
(c)CA Elecciones Code § 2208(c) Si se emite una orden que establece una tutela y, en relación con dicha orden, se determina mediante pruebas claras y convincentes que la persona no puede comunicar, con o sin adaptaciones razonables, un deseo de participar en el proceso de votación, el tribunal deberá notificar al Secretario de Estado de conformidad con la Sección 2211.5.
(d)CA Elecciones Code § 2208(d) Una persona no será inhabilitada para votar de conformidad con esta sección basándose en que la persona haga, o necesite hacer, cualquiera de lo siguiente para completar una declaración jurada de registro de votante:
(1)CA Elecciones Code § 2208(d)(1) Firma la declaración jurada de registro de votante con una marca o una cruz de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 2150.
(2)CA Elecciones Code § 2208(d)(2) Firma la declaración jurada de registro de votante mediante un sello de firma de conformidad con la Sección 354.5.
(3)CA Elecciones Code § 2208(d)(3) Completa la declaración jurada de registro de votante con la asistencia de otra persona de conformidad con la subdivisión (d) de la Sección 2150.
(4)CA Elecciones Code § 2208(d)(4) Completa la declaración jurada de registro de votante con adaptaciones razonables.
(e)CA Elecciones Code § 2208(e) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Section § 2209

Explanation

Esta ley establece el proceso para determinar si una persona bajo tutela de adultos puede participar en la votación. Durante las revisiones periódicas de la tutela de adultos, un investigador judicial verifica si la persona puede comunicar su deseo de votar, incluso con ayuda, y si puede completar el registro de votantes. Si la persona ha sido previamente inhabilitada para votar debido a problemas de comunicación, el investigador decide si esos problemas persisten. Si persisten, no se necesita una audiencia judicial, pero si no, el tribunal celebra una audiencia para decidir si la persona puede expresar su deseo de votar. Si se determina que la persona es capaz, se le deben restablecer sus derechos de voto. Si alguien que no había sido previamente declarado incapaz de votar ahora no puede comunicar ese deseo, el tribunal celebrará una audiencia. Si no pueden comunicar su deseo de votar, el tribunal los inhabilitará para votar. Estos procedimientos entran en vigor el 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2209(a) Para las tutelas de adultos (conservatorships) establecidas conforme a la División 4 (que comienza con la Sección 1400) del Código de Sucesiones, el investigador judicial deberá, durante la revisión anual o bienal de la tutela de adultos según lo exige el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1850) de la Parte 3 de la División 4 del Código de Sucesiones, revisar la capacidad de la persona para comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación.
(b)CA Elecciones Code § 2209(b) Si la persona ha sido inhabilitada para votar por ser incapaz de comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación, o por ser incapaz de completar una declaración jurada de registro de votantes, el investigador judicial determinará si la persona sigue siendo incapaz de comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación, y el investigador informará de ello al tribunal. Si el investigador determina que la persona sigue siendo incapaz de comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación, no será necesaria una audiencia judicial sobre el asunto. Si el investigador determina que la persona no es incapaz de comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación, el tribunal celebrará una audiencia para determinar si, mediante pruebas claras y convincentes, la persona no puede comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación. A menos que se determine que la persona es incapaz de comunicar ese deseo, se le restablecerá el derecho a registrarse para votar, y el tribunal notificará al Secretario de Estado de conformidad con la Sección 2211.5.
(c)CA Elecciones Code § 2209(c) Si no se ha determinado que la persona es incapaz de comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación, y el investigador judicial determina que la persona ya no es capaz de comunicar ese deseo, el investigador lo notificará al tribunal. El tribunal celebrará una audiencia para determinar si, mediante pruebas claras y convincentes, la persona no puede comunicar, con o sin adaptaciones razonables, el deseo de participar en el proceso de votación. Si el tribunal determina que la persona no puede comunicar ese deseo, el tribunal ordenará que la persona sea inhabilitada para votar de conformidad con la Sección 2208, y el tribunal notificará al Secretario de Estado de conformidad con la Sección 2211.5.
(d)CA Elecciones Code § 2209(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Section § 2210

Explanation

Esta ley establece que una persona bajo tutela por razones de salud mental puede impugnar su inhabilitación para votar siguiendo un procedimiento específico. Si su tutela termina después de un año, recuperan automáticamente sus derechos de voto, y el tribunal debe informar al Secretario de Estado. Si alguien solicita extender la tutela, se necesita una nueva decisión sobre su elegibilidad para votar. La ley también destaca que si los derechos de voto se restauran durante un procedimiento judicial, se debe notificar al Secretario de Estado. Esta sección se aplica a partir del 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2210(a) Si la persona o la persona y su patrimonio están bajo una tutela establecida conforme al Capítulo 3 (que comienza con la Sección 5350) de la Parte 1 de la División 5 del Código de Bienestar e Instituciones, la persona podrá impugnar su inhabilitación para votar conforme al procedimiento establecido en la Sección 5358.3 del Código de Bienestar e Instituciones.
(b)CA Elecciones Code § 2210(b) Cuando la tutela descrita en el apartado (a) finalice después de un año, el derecho de la persona a registrarse para votar será restaurado automáticamente y el tribunal notificará al Secretario de Estado conforme a la Sección 2211.5. Si se presenta una petición para el nuevo nombramiento del tutor, se hará una nueva determinación sobre si la persona debe ser inhabilitada para votar.
(c)CA Elecciones Code § 2210(c) Si el derecho a votar es restaurado conforme a la Sección 5358.3 del Código de Bienestar e Instituciones o si la tutela finaliza en un procedimiento celebrado conforme a la Sección 5364 del Código de Bienestar e Instituciones, el tribunal notificará al Secretario de Estado conforme a la Sección 2211.5.
(d)CA Elecciones Code § 2210(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Section § 2211

Explanation

Esta ley de California detalla las circunstancias bajo las cuales ciertas personas no pueden votar. Se aplica a quienes son declarados no culpables por razón de demencia, a quienes se les considera incompetentes para ser juzgados, a individuos determinados como delincuentes sexuales con trastorno mental, o a aquellos condenados por un delito grave que están recibiendo tratamiento en un hospital estatal. Si están confinados involuntariamente en una instalación, no pueden registrarse ni votar. El tribunal debe notificar al Secretario de Estado cuando una persona así es internada o dada de alta de un centro de tratamiento. Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2211(a) Cualquier persona que (1) se haya declarado no culpable por razón de demencia y haya sido declarada no culpable conforme a la Sección 1026 del Código Penal, (2) haya sido declarada incompetente para ser juzgada y cuyo juicio o sentencia haya sido suspendido conforme a la Sección 1370 del Código Penal, (3) haya sido condenada por un delito grave y haya sido determinada judicialmente como delincuente sexual con trastorno mental conforme a la antigua Sección 6300 del Código de Bienestar e Instituciones, según fue derogada por el Capítulo 928 de los Estatutos de 1981, o (4) haya sido condenada por un delito grave y esté siendo tratada en un hospital estatal conforme a la Sección 2684 del Código Penal, quedará inhabilitada para votar o registrarse para votar durante el tiempo en que la persona esté confinada involuntariamente, por orden judicial, en una instalación pública o privada.
(b)CA Elecciones Code § 2211(b) Tras la orden de internamiento en un centro de tratamiento al que se refiere el apartado (a), el tribunal deberá notificar al Secretario de Estado conforme a la Sección 2211.5.
(c)CA Elecciones Code § 2211(c) Si la persona es posteriormente dada de alta del centro de tratamiento público o privado, el tribunal deberá notificar al Secretario de Estado conforme a la Sección 2211.5.
(d)CA Elecciones Code § 2211(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Section § 2211.5

Explanation

Esta ley exige que el secretario del tribunal superior de cada condado informe al Secretario de Estado sobre cualquier resolución judicial relacionada con la competencia de una persona para votar, a principios de cada mes. La información compartida debe incluir detalles sobre la competencia para votar y el número de procedimientos judiciales relevantes.

El Consejo Judicial creará reglas y formularios para estandarizar estas notificaciones. Estos formularios deben recopilar datos específicos, como nombres completos, fecha de nacimiento, última dirección conocida y número de seguro social de las personas afectadas por estas decisiones judiciales.

Si el Secretario de Estado detecta información faltante en estos formularios, informará al secretario del tribunal. Una vez recibida la información completa, el Secretario de Estado cotejará los registros con la base de datos de votantes y actualizará a los funcionarios electorales del condado correspondientes en un plazo de 3 días.

Los funcionarios electorales del condado deben cancelar el registro de votantes de las personas descalificadas para votar o notificar a las personas cuyos derechos de voto han sido restaurados, incluyendo cómo volver a registrarse si es necesario.

Los funcionarios electorales están protegidos de responsabilidad si actúan basándose en información incorrecta del Secretario de Estado. Si alguien recibe por error un aviso de votación e intenta votar, no será culpable de fraude a menos que vote ilegalmente a sabiendas. Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2211.5(a) A más tardar el primer día de cada mes, y con mayor frecuencia si el secretario así lo decide, el secretario del tribunal superior de cada condado notificará al Secretario de Estado de conformidad con la subdivisión (b) de cada uno de los siguientes puntos:
(1)CA Elecciones Code § 2211.5(a)(1) Todas las resoluciones emitidas por el tribunal con respecto a la competencia de cualquier persona para votar, según se especifica en cada una de las Secciones 2208 a 2211, ambas inclusive, desde el último informe del secretario.
(2)CA Elecciones Code § 2211.5(a)(2) El número total de procedimientos, según se especifica en los párrafos (1) a (4) de la subdivisión (a) de la Sección 2208, que tuvieron lugar en dicho tribunal desde el último informe del secretario.
(b)CA Elecciones Code § 2211.5(b) En consulta con el Secretario de Estado, el Consejo Judicial adoptará reglas de la corte para implementar esta sección y formularios del Consejo Judicial que serán utilizados por los tribunales para proporcionar los avisos descritos en la subdivisión (a). Los formularios contendrán espacios claramente identificados para todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1) Información de identificación personal de la persona afectada, incluyendo todo lo siguiente:
(A)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(A) Todos los nombres de pila conocidos.
(B)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(B) Todos los apellidos conocidos.
(C)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(C) Todos los segundos nombres conocidos.
(D)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(D) Todos los sufijos de nombre conocidos.
(E)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(E) Última dirección conocida.
(F)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(F) Fecha de nacimiento.
(G)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(G) Los últimos cuatro dígitos del número de seguro social de la persona, si están disponibles.
(H)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(1)(H) Número de licencia de conducir o de identificación emitida por el estado, si está disponible.
(2)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(2) El número de expediente judicial.
(3)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(3) La fecha de la orden que afecta los derechos de voto del individuo.
(4)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(4) Si la orden del tribunal se emite de conformidad con la Sección 2208, 2209, 2210 o 2211.
(5)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(5) Si el efecto legal de la orden del tribunal es una descalificación o una restauración del derecho a votar.
(6)CA Elecciones Code § 2211.5(b)(6) Una certificación, si corresponde, de que el individuo ha sido descalificado para votar debido a la determinación del tribunal, mediante pruebas claras y convincentes, de que el individuo es incapaz, con o sin adaptaciones razonables, de comunicar el deseo de participar en el proceso de votación.
(c)CA Elecciones Code § 2211.5(c) El Secretario de Estado informará al secretario del tribunal cuando reciba un aviso del tribunal al que le falte cualquier información requerida por la subdivisión (b).
(d)CA Elecciones Code § 2211.5(d) Al recibir toda la información requerida descrita en la subdivisión (b), el Secretario de Estado hará ambas cosas:
(1)CA Elecciones Code § 2211.5(d)(1) Identificar cualquier registro de inscripción en la base de datos de votantes a nivel estatal que contenga información de identificación personal que coincida con cada uno de los identificadores únicos descritos en la subdivisión (b).
(2)CA Elecciones Code § 2211.5(d)(2) Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la información del tribunal, para cualquier registro coincidente descrito en el párrafo (1), proporcionar la información descrita en el párrafo (1) de la subdivisión (b), el identificador o identificadores únicos correspondientes contenidos en la base de datos de votantes a nivel estatal, y una declaración sobre si el efecto legal de la orden del tribunal es descalificar o restaurar el derecho a votar, al funcionario electoral del condado correspondiente.
(e)CA Elecciones Code § 2211.5(e) Al recibir información del Secretario de Estado de conformidad con la subdivisión (d), el funcionario electoral del condado hará una de las siguientes cosas, según corresponda:
(1)CA Elecciones Code § 2211.5(e)(1) El funcionario electoral iniciará los procedimientos de cancelación descritos en la subdivisión (c) de la Sección 2201 para cualquier persona cuya información de registro coincida con el identificador o identificadores únicos proporcionados por el Secretario de Estado y que, según la información proporcionada por el Secretario de Estado, haya sido descalificada para votar por un tribunal.
(2)Copy CA Elecciones Code § 2211.5(e)(2)
(A)Copy CA Elecciones Code § 2211.5(e)(2)(A) Si el derecho a votar de una persona ha sido restaurado y su dirección se encuentra dentro del condado según la información proporcionada por el Secretario de Estado, el funcionario electoral notificará a la persona que sus derechos de voto han sido restaurados y que puede inscribirse para votar si cumple con los demás requisitos. El funcionario electoral también proporcionará a la persona información sobre los procedimientos para inscribirse para votar. Si la dirección proporcionada por el Secretario de Estado es diferente de la dirección contenida en el archivo de registro de votantes del condado, el funcionario electoral proporcionará el aviso y la información antes mencionados a la persona en ambas direcciones.
(B)CA Elecciones Code § 2211.5(e)(2)(A)(B) El Secretario de Estado preparará un formulario que los funcionarios electorales del condado utilizarán para proporcionar el aviso descrito en el subpárrafo (A).
(f)CA Elecciones Code § 2211.5(f) Un condado o un funcionario electoral del condado no será responsable por tomar o dejar de tomar las acciones descritas en la subdivisión (e) cuando el condado o el funcionario electoral del condado haya recibido información errónea del Secretario de Estado.
(g)CA Elecciones Code § 2211.5(g) Si una persona que no es elegible para votar recibe un aviso conforme al párrafo (2) de la subdivisión (e), posteriormente se registra o se preinscribe para votar, y vota o intenta votar en una elección celebrada después de la fecha de entrada en vigor del registro o preinscripción de la persona, se presumirá que esa persona actuó con autorización oficial y no será culpable de votar fraudulentamente o intentar votar de conformidad con la Sección 18560, a menos que esa persona vote o intente votar intencionalmente sabiendo que no es elegible para votar.
(h)CA Elecciones Code § 2211.5(h) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Section § 2212

Explanation

Esta sección trata sobre el Departamento de Correcciones y Rehabilitación compartiendo semanalmente información con el Secretario de Estado sobre personas condenadas por delitos graves, tanto en prisión como en libertad condicional. La información incluye nombres, fecha de nacimiento, parte del número de seguro social y número de licencia de conducir. Luego, el Secretario de Estado compara estos datos con las bases de datos de registro de votantes para asegurar su exactitud.

Si alguien todavía está en prisión, su registro de votante se cancela. Sin embargo, a las personas que son liberadas se les notifica que sus derechos de voto han sido restaurados y se les dan instrucciones sobre cómo registrarse. Si se comparte información incorrecta, los funcionarios del condado no son responsables. Las personas que por error reciben notificaciones de derechos de voto y votan no serán acusadas de fraude a menos que actúen a sabiendas de forma ilegal.

(a)CA Elecciones Code § 2212(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Elecciones Code § 2212(a)(1) “Condena” tiene el mismo significado que se establece en la Sección 2101.
(2)CA Elecciones Code § 2212(a)(2) “Departamento” significa el Departamento de Correcciones y Rehabilitación.
(3)CA Elecciones Code § 2212(a)(3) “Encarcelado” tiene el mismo significado que se establece en la Sección 2101.
(4)CA Elecciones Code § 2212(a)(4) “Libertad condicional” significa un período de supervisión por parte del departamento.
(5)CA Elecciones Code § 2212(a)(5) “Base de datos de votantes a nivel estatal” significa la base de datos de registro de votantes a nivel estatal desarrollada en cumplimiento con los requisitos de la Ley federal Help America Vote Act de 2002 (52 U.S.C. Sec. 20901 et seq.).
(b)CA Elecciones Code § 2212(b) El departamento proporcionará al Secretario de Estado, semanalmente y en un formato prescrito por el Secretario de Estado, la información de identificación descrita en el subapartado (c) para todas las siguientes personas:
(1)CA Elecciones Code § 2212(b)(1) Personas encarceladas por la condena de un delito grave y bajo la jurisdicción del departamento. En la medida de lo posible, la información de identificación proporcionada por el departamento con respecto a estas personas incluirá la fecha en que comenzó el período de encarcelamiento de cada persona.
(2)CA Elecciones Code § 2212(b)(2) Personas en libertad condicional o personas liberadas del encarcelamiento por la condena de un delito grave y que ya no están bajo la jurisdicción del departamento. En la medida de lo posible, la información de identificación proporcionada por el departamento con respecto a estas personas incluirá las fechas en que comenzó la libertad condicional de cada persona y en que la persona fue dada de alta de la jurisdicción del departamento.
(c)CA Elecciones Code § 2212(c) La información de identificación personal para los fines del subapartado (b) incluye todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 2212(c)(1) Todos los nombres de pila conocidos.
(2)CA Elecciones Code § 2212(c)(2) Todos los apellidos conocidos.
(3)CA Elecciones Code § 2212(c)(3) Todos los segundos nombres conocidos.
(4)CA Elecciones Code § 2212(c)(4) Todos los sufijos de nombre conocidos.
(5)CA Elecciones Code § 2212(c)(5) Última dirección conocida.
(6)CA Elecciones Code § 2212(c)(6) Fecha de nacimiento.
(7)CA Elecciones Code § 2212(c)(7) Los últimos cuatro dígitos del número de seguro social de la persona, si están disponibles.
(8)CA Elecciones Code § 2212(c)(8) Número de licencia de conducir o de identificación emitida por el estado, si está disponible.
(d)CA Elecciones Code § 2212(d) Al recibir la información descrita en el subapartado (b), el Secretario de Estado hará todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 2212(d)(1) Identificará cualquier registro de inscripción en la base de datos de votantes a nivel estatal que contenga información de identificación personal que, para cada uno de los identificadores únicos descritos en el subapartado (c), según estén disponibles, coincida con la información relativa a la persona descrita en el subapartado (b).
(2)CA Elecciones Code § 2212(d)(2) Para cualquier registro coincidente descrito en el párrafo (1), proporcionará la información descrita en el subapartado (b) y el identificador o identificadores únicos correspondientes utilizados en la base de datos de votantes a nivel estatal a los funcionarios electorales del condado dentro de los tres días siguientes a la recepción de la información del departamento.
(e)CA Elecciones Code § 2212(e) Al recibir información del Secretario de Estado de conformidad con el subapartado (d), un funcionario electoral del condado hará todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 2212(e)(1) Cancelará la declaración jurada de inscripción de cualquier persona descrita en el párrafo (1) del subapartado (b) cuya información de inscripción coincida con el identificador o identificadores únicos utilizados en la base de datos de votantes a nivel estatal proporcionada por el Secretario de Estado al condado.
(2)CA Elecciones Code § 2212(e)(2) Utilizando el formulario preparado por el Secretario de Estado de conformidad con el subapartado (f), notificará a una persona descrita en el párrafo (2) del subapartado (b), y cuya última dirección conocida esté dentro del condado según el identificador o identificadores únicos utilizados en la base de datos de votantes a nivel estatal proporcionada por el Secretario de Estado al condado, que sus derechos de voto han sido restaurados y le informará que, si la persona tiene derecho a inscribirse para votar, puede hacerlo. El funcionario electoral del condado también proporcionará a la persona información sobre el procedimiento para inscribirse para votar.
(f)CA Elecciones Code § 2212(f) El Secretario de Estado preparará un formulario para ser utilizado por los funcionarios electorales del condado para proporcionar la notificación descrita en el párrafo (2) del subapartado (e).
(g)CA Elecciones Code § 2212(g) Un condado o un funcionario electoral del condado no será responsable por tomar o dejar de tomar las acciones descritas en el subapartado (e) cuando el condado o el funcionario electoral del condado hayan recibido información errónea del Secretario de Estado o del departamento.
(h)CA Elecciones Code § 2212(h) Si una persona que no es elegible para votar recibe una notificación conforme al párrafo (2) del subapartado (e), posteriormente se registra o se preinscribe para votar, y vota o intenta votar en una elección celebrada después de la fecha de entrada en vigor de su registro o preinscripción, se presumirá que esa persona actuó con autorización oficial y no será culpable de votar fraudulentamente o intentar votar de conformidad con la Sección 18560, a menos que esa persona vote o intente votar deliberadamente sabiendo que no tiene derecho a votar.

Section § 2213

Explanation

Esta ley permite a cualquier persona acudir al tribunal superior para obligar al funcionario electoral local a cancelar un registro de votante que se realizó ilegalmente o que debe ser cancelado debido a nuevos hechos. Si el votante en cuestión no está ya involucrado en el caso, el tribunal puede exigir que formen parte de él.

También se puede incluir al funcionario electoral y a cualquier persona con casos relevantes en su contra como demandados en esta acción legal.

Cualquier persona puede iniciar una acción en el tribunal superior para obligar al funcionario electoral del condado a cancelar cualquier registro realizado ilegalmente o que deba ser cancelado por hechos ocurridos con posterioridad al registro. Si el votante cuyo registro se busca cancelar no es parte en la acción, el tribunal puede ordenar que se le haga parte demandada.
El funcionario electoral del condado y tantas personas contra quienes existan causas de acción pueden ser incluidos como demandados.

Section § 2214

Explanation

Esta ley exige que el Secretario de Estado de California publique un informe mensual en su sitio web, mostrando cuántos derechos de voto han sido retirados o restablecidos, según criterios específicos, para cada condado. Esto incluye detalles sobre los procedimientos legales relacionados en cada condado.

El Secretario de Estado, en colaboración con el Consejo Judicial, también tiene la tarea de crear un programa de capacitación en línea. Este programa educará a los funcionarios judiciales y a los funcionarios electorales del condado sobre sus responsabilidades, las normas legales, los deberes de los investigadores judiciales y las obligaciones de informe relacionadas con los derechos de voto.

Se exige a los funcionarios que completen esta capacitación al menos una vez al año, y su finalización será registrada a través de una plataforma web. Todos estos requisitos entran en vigor a partir del 1 de enero de 2024.

(a)CA Elecciones Code § 2214(a) Cada mes, el Secretario de Estado publicará en su sitio web de internet un informe que muestre, para el período anterior, el número de inhabilitaciones de derechos de voto y el número de restablecimientos de derechos de voto de conformidad con cada una de las Secciones 2208 a 2212, según corresponda, que fueron ordenadas dentro de cada condado y el número de procedimientos especificados en los párrafos (1) a (4) de la subdivisión (a) de la Sección 2208 que ocurrieron dentro de cada condado.
(b)CA Elecciones Code § 2214(b) En consulta con el Consejo Judicial, el Secretario de Estado preparará e impartirá una capacitación a través de una plataforma de aprendizaje remoto basada en la web que sea accesible a través del sitio web de internet del Secretario de Estado. La capacitación contendrá información sobre las responsabilidades de los tribunales superiores y los funcionarios electorales del condado, según se especifica en este capítulo, e información sobre los estándares legales para la inhabilitación de derechos de voto, los deberes de los investigadores judiciales y los requisitos de informe para los tribunales relacionados con la inhabilitación y el restablecimiento de derechos de voto.
(c)CA Elecciones Code § 2214(c) Al menos anualmente, cada funcionario ejecutivo del tribunal y cada funcionario electoral del condado completará la capacitación descrita en la subdivisión (b). Las capacitaciones completadas por los funcionarios ejecutivos del tribunal y los funcionarios electorales del condado serán rastreadas a través de la plataforma de aprendizaje remoto basada en la web proporcionada por el Secretario de Estado.
(d)CA Elecciones Code § 2214(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2024.