Primaria DirectaCandidatos Nominados
Section § 8140
Si un candidato para un cargo no partidista obtiene más de la mitad de los votos en la elección primaria, es automáticamente elegido para ese puesto. Si hay varios puestos disponibles y más candidatos obtienen la mayoría de votos que el número de puestos, ganan los candidatos con el mayor número de votos. Si alguien gana de esta manera en la primaria, el cargo no aparecerá en la boleta de la elección general, incluso si el ganador se retira más tarde.
Section § 8141
Si aún quedan puestos vacantes para un cargo no partidista después de la elección primaria, los candidatos que no ganaron en la primaria pero recibieron la mayor cantidad de votos pasarán a la siguiente elección. El número de estos candidatos será el doble del número de puestos aún vacantes, a menos que no queden suficientes candidatos, en cuyo caso todos los candidatos restantes se postulan.
Section § 8141.5
Section § 8142
Esta ley explica cómo se manejan los empates en las elecciones de California. Si hay un empate entre candidatos no partidistas, todos avanzan a la elección general, sin importar el límite de candidatos, y el empate no se decide al azar. Para los cargos nominados por los votantes durante una elección primaria, si los candidatos empatan con el mayor número de votos, todos pasan a la elección general, sin tener en cuenta ningún límite. Si hay un empate en el segundo lugar, esos candidatos también avanzan a la elección general junto con el candidato en primer lugar, ignorando el límite habitual de candidatos. Es importante destacar que los empates nunca se resuelven por métodos aleatorios.
Section § 8143
Si no se eligen suficientes candidatos para ocupar un cargo no partidista durante una elección primaria, se crea una lista de los candidatos restantes que recibieron la mayor cantidad de votos para la boleta de la elección final. Esta lista mostrará hasta el doble del número de puestos vacantes restantes o menos si no hay suficientes candidatos. La boleta indicará cuántos puestos aún deben cubrirse.
Section § 8144
Esta ley establece que en las elecciones de distrito del condado o de la Asamblea, los candidatos que reciban la mayor cantidad de votos para los puestos disponibles en el comité central del condado serán declarados ganadores.
Section § 8145
Section § 8146
Section § 8147
Section § 8147.5
Esta ley exige que, entre 73 y 90 días antes de una elección general, el Secretario de Estado debe informar a los candidatos para ciertos cargos sobre quién más aparecerá en la boleta para el mismo puesto. La información compartida incluye nombres, direcciones, cargos, designaciones en la boleta y preferencias de partido de todos los demás candidatos.
Section § 8148
Al menos 68 días antes de una elección general, el Secretario de Estado debe enviar un certificado al funcionario electoral del condado. Este certificado incluye los nombres de todos los candidatos que aparecerán en la boleta en ese condado, el cargo para el que se postulan y su designación en la boleta. Para los nominados a cargos partidistas, también enumera el partido que los nominó. Para los cargos nominados por los votantes, incluye la designación elegida por el candidato.