Section § 8400

Explanation

Si te postulas para un cargo a nivel estatal en California, necesitas que tus documentos de nominación sean firmados por al menos el 1% de todos los votantes registrados en el estado, basándose en la última elección general. Para cargos que no son a nivel estatal, necesitas firmas de al menos el 3% de los votantes registrados en tu área específica. Para elecciones especiales que buscan cubrir vacantes en puestos como Representante en el Congreso o Senador Estatal, necesitas entre 500 y 1,000 firmas, o el 1% de los votos de la última elección, lo que sea menor.

Los documentos de nominación para un cargo a nivel estatal para el cual el candidato será nominado deberán ser firmados por votantes del estado en un número no menor al 1 por ciento del número total de votantes registrados del estado al momento del cierre de registro previo a la elección general anterior. Los documentos de nominación para un cargo, que no sea un cargo a nivel estatal, deberán ser firmados por los votantes del área para la cual el candidato será nominado, en un número no menor al 3 por ciento del número total de votantes registrados en el área al momento del cierre de registro previo a la elección general anterior. Los documentos de nominación para Representante en el Congreso, Senador Estatal o Miembro de la Asamblea, para ser votados en una elección especial para cubrir una vacante, deberán ser firmados por votantes en el distrito en un número no menor a 500 o al 1 por ciento del total de votos emitidos en el área en la elección general anterior, el que sea menor, ni mayor a 1,000.

Section § 8401

Explanation

Esta ley explica el proceso para verificar firmas en un documento de nominación con más de 500 firmas. Los funcionarios electorales pueden usar muestreo aleatorio para verificar las firmas, asegurando que cada una tenga la misma oportunidad de ser revisada. Si la muestra sugiere que el número de firmas válidas está cerca de la cantidad requerida, todas las firmas deben ser examinadas. Si es válido, se emite un certificado de suficiencia y se informa al candidato. Si es insuficiente, no se toma ninguna medida, pero se puede presentar un nuevo documento de nominación.

(a)CA Elecciones Code § 8401(a) Al recibir el documento de nominación, si del examen del mismo conforme a la Sección 8400, se han firmado más de 500 firmas en la petición de nominación, el funcionario electoral podrá utilizar una técnica de muestreo aleatorio para la verificación de firmas. La muestra aleatoria de firmas a verificar se seleccionará de tal manera que cada firma presentada ante el funcionario electoral tenga la misma oportunidad de ser incluida en la muestra. El muestreo aleatorio incluirá un examen de al menos 500 o el 5 por ciento de las firmas, lo que sea mayor.
(b)CA Elecciones Code § 8401(b) Si el muestreo estadístico muestra que el número de firmas válidas está entre el 90 y el 110 por ciento del número de firmas de votantes calificados necesarias para declarar suficiente el documento de nominación, el funcionario electoral examinará y verificará cada firma presentada.
(c)CA Elecciones Code § 8401(c) Al determinar, a partir de los registros de inscripción, el número de firmas válidas firmadas en el documento de nominación, el funcionario electoral podrá cotejar las firmas con facsímiles de las firmas de los votantes, siempre que el método de preparación y exhibición de los facsímiles esté permitido por la ley.
(d)CA Elecciones Code § 8401(d) El funcionario electoral adjuntará al documento de nominación un certificado que muestre el resultado de este examen, y notificará al candidato la suficiencia o insuficiencia del documento de nominación.
(e)CA Elecciones Code § 8401(e) Si el documento de nominación se considera insuficiente, no se tomará ninguna medida al respecto. Sin embargo, la falta de obtención de firmas suficientes no impedirá la presentación posterior de un documento de nominación completamente nuevo con el mismo propósito.
(f)CA Elecciones Code § 8401(f) Si el documento de nominación se considera suficiente, el funcionario electoral certificará los resultados del examen.

Section § 8402

Explanation
Una vez que se recibe el número requerido de firmas válidas para un candidato, el funcionario electoral no puede aceptar más secciones del documento de nominación para ese candidato.

Section § 8403

Explanation

Esta ley establece las reglas para el manejo de los documentos de nominación para las elecciones. Los candidatos deben presentar sus documentos de nominación entre 148 y 88 días antes de la elección si hay una tarifa de presentación, o entre 193 y 88 días si no hay tarifa. Una vez presentados al funcionario electoral del condado, los documentos deben ser remitidos al Secretario de Estado en un plazo de 24 días. Si un candidato no presenta suficientes firmas en un condado para un distrito que está únicamente dentro de ese condado, la nominación es nula y no se necesita verificación. Cuando un distrito abarca varios condados, el funcionario electoral del condado informa los totales de firmas al Secretario de Estado en un plazo de dos días. El Secretario de Estado notificará a los condados si no hay suficientes firmas a nivel estatal, eliminando la necesidad de verificación.

(a)Copy CA Elecciones Code § 8403(a)
(1)Copy CA Elecciones Code § 8403(a)(1) Los documentos de nominación deberán ser preparados, circulados, firmados y entregados al funcionario electoral del condado para su examen no antes de 148 días antes de la elección y no después de las 5 p.m. 88 días antes de la elección.
(2)CA Elecciones Code § 8403(a)(2) Para los cargos para los cuales no se requiere una tarifa de presentación, los documentos de nominación deberán ser preparados, circulados, firmados y entregados al funcionario electoral del condado para su examen no antes de 193 días antes de la elección y no después de las 5 p.m. 88 días antes de la elección.
(b)CA Elecciones Code § 8403(b) Todos los documentos de nominación que deban presentarse en la oficina del Secretario de Estado deberán, dentro de los 24 días siguientes a su entrega al funcionario electoral del condado en cumplimiento con el párrafo (1) o (2) de la subdivisión (a), ser remitidos por el funcionario electoral del condado al Secretario de Estado, quien los recibirá y archivará.
(c)CA Elecciones Code § 8403(c) Si el número total de firmas presentadas a un funcionario electoral del condado para un cargo enteramente dentro de ese condado no iguala el número de firmas necesarias para calificar al candidato, el funcionario electoral del condado declarará la petición nula y no estará obligado a verificar las firmas. Si el distrito abarca dos o más condados, el funcionario electoral del condado informará por escrito al Secretario de Estado, dentro de dos días hábiles, el número total de firmas presentadas.
(d)CA Elecciones Code § 8403(d) Si el Secretario de Estado determina que el número total de firmas presentadas en el distrito o estado es inferior al número mínimo requerido para calificar al candidato, él o ella notificará por escrito, dentro de un día hábil, a los condados involucrados que no necesitan verificar las firmas.

Section § 8404

Explanation

Si está firmando un documento de nominación para apoyar la candidatura de alguien a un cargo, solo puede firmar un documento de este tipo por elección para ese cargo. Sin embargo, si se van a cubrir múltiples puestos para el mismo cargo, puede firmar por tantos candidatos como puestos disponibles haya. Firmar varios documentos en tales casos está permitido y no infringe ninguna norma. Cuando firme, debe incluir su dirección particular, incluyendo la calle y el número si corresponde.

Cada firmante de un documento de nominación firmará solo un documento para el mismo cargo, excepto que en caso de que dos o más personas deban ser elegidas para el mismo cargo en la misma elección, un elector podrá firmar los documentos de nominación de tantas personas como personas deban ser elegidas para el cargo, y ese acto por parte de un elector no se considerará en conflicto con la declaración del firmante prescrita en este capítulo.
El firmante deberá indicar su lugar de residencia, especificando su calle y número, si los hubiere.

Section § 8405

Explanation

Esta ley establece que si un candidato independiente presenta una petición para eximirlo de la cuota de presentación, el funcionario electoral del condado debe contar todas las firmas válidas de esa petición como parte del total de firmas requeridas tanto para evitar la cuota de presentación como para el documento de nominación. Si el candidato no tiene suficientes firmas en la petición inicial, aún puede presentar documentos de nominación adicionales dentro del plazo permitido para reunir el número de firmas requerido.

No obstante cualquier otra disposición legal en contrario, si un candidato independiente presenta una petición sustitutiva de la cuota de presentación de conformidad con la Sección 8106, el funcionario electoral del condado, a solicitud del candidato, aceptará todas las firmas válidas que figuren en la petición sustitutiva de la cuota de presentación del candidato para el número de firmas requerido que debe presentarse en una petición sustitutiva de la cuota de presentación y en un documento de nominación.
Si la petición sustitutiva de la cuota de presentación no contiene el número de firmas requerido conforme a la Sección 8400, el candidato tendrá derecho a presentar, dentro del plazo permitido para la presentación de documentos de nominación, un documento de nominación a fin de obtener el número requerido de firmas válidas que deben presentarse al funcionario electoral de conformidad con este capítulo.

Section § 8406

Explanation

En California, si estás recolectando firmas para nominar a alguien para un cargo, puedes dividir los formularios de nominación en secciones. Sin embargo, cada sección debe indicar claramente el nombre del candidato y el cargo al que se postula. Además, cada sección también debe indicar el condado donde se están circulando estos formularios.

Cualquier documento de nominación puede presentarse en secciones, pero cada sección deberá contener el nombre del candidato y el nombre del cargo para el cual se propone al candidato para la nominación. Cada sección deberá llevar el nombre del condado para el cual se circula.

Section § 8407

Explanation
Si alguien está recolectando firmas como recolector para una petición, debe hacer que su declaración jurada de recolección de firmas sea verificada por un funcionario que pueda legalmente tomar juramentos, y este servicio debe ser proporcionado sin costo.

Section § 8408

Explanation

Esta ley establece que una vez que un documento de nominación ha sido verificado, se asume que las firmas en él son reales y pertenecen a votantes reales. Sin embargo, esto puede ser cuestionado comparando las firmas con los registros de inscripción de votantes que posee la oficina electoral del condado.

Un documento de nominación verificado es evidencia prima facie de que las firmas en él son auténticas y que las personas que lo firman son votantes, a menos que se demuestre lo contrario mediante la comparación de las firmas con las declaraciones juradas de registro en la oficina del funcionario electoral del condado.

Section § 8409

Explanation

Esta sección describe el formato y el contenido requeridos para un documento de nominación de candidatos en elecciones. Exige que los candidatos o grupos de candidatos completen un formulario que indique su nombre, el cargo al que se postulan y otros detalles de identificación.

El documento de nominación incluye una 'Declaración del Firmante' donde los votantes del condado nominan al candidato y declaran que no han firmado por ningún otro candidato para el mismo cargo.

Además, hay una 'Declaración Jurada del Recolector de Firmas' que debe ser completada por la persona que recolecta las firmas, afirmando su edad, dirección y confirmando que presenció todas las firmas en el documento.

La declaración jurada debe ser firmada por el recolector de firmas y notariada, verificando la legitimidad del proceso de nominación.

Cada candidato o grupo de candidatos deberá presentar un documento de nominación que tendrá sustancialmente el siguiente formato:
Condado de _______. Documento de nominación de ______, candidato para el cargo de _______.
Estado de California
Condado de

ss.
DECLARACIÓN DEL FIRMANTE
Yo, el abajo firmante, soy un votante del Condado de ______, Estado de California. Por la presente nomino a __________, quien reside en el No. ______, calle ________, Ciudad de ________, Condado de ______, Estado de California, como candidato para el cargo de _______ para ser votado en la elección que se celebrará el día ______ de ______, 20___. No he firmado el documento de nominación de ningún otro candidato para el mismo cargo.
 
 
 
 
 
Número Firma
 
Nombre Impreso
 
Residencia
 1.  
 
 
 2. 
 
 
 3. 
 
 
 4. 
 
 
 5. 
 
 
etc.
 
 
DECLARACIÓN JURADA DEL RECOLECTOR DE FIRMAS
Yo, ________, juro (o afirmo) solemnemente todo lo siguiente:
1.Que tengo 18 años de edad o más.
2.Que mi dirección de residencia, incluyendo calle y número, es
.
  [Si no existe calle o número, una designación de mi residencia adecuada para determinar fácilmente su ubicación es
.]
3.Que obtuve firmas en el Condado de ______ para el documento de nominación de ________ como candidato para el cargo de ______; que las firmas se obtuvieron entre el _______ de 20__, y el ________ de 20__; que vi todas las firmas en esta sección del documento de nominación siendo firmadas y que, a mi leal saber y entender, cada firma es la firma genuina de la persona a la que se atribuye.
_____ (Firmado) Recolector de firmas
Suscrito y jurado ante mí este ______ día de ______, 20__.
(SELLO) _____
Notario Público (u otro funcionario)