Section § 9020

Explanation
Esta sección describe los requisitos para firmar una petición en California. Cada firmante debe incluir su firma, nombre impreso y dirección completa, con cierta flexibilidad en los números de apartamento o unidad. Los firmantes también deben indicar su ciudad o comunidad. Si la petición no incluye una divulgación específica, se debe incluir un texto en negrita particular encima de la línea de la firma. Solo los votantes registrados pueden firmar, y el número de firmas en cada sección depende de la persona que las recolecta.
(a)CA Elecciones Code § 9020(a) Las secciones de la petición deberán diseñarse de manera que cada firmante estampe personalmente todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 9020(a)(1) La firma del firmante.
(2)CA Elecciones Code § 9020(a)(2) El nombre impreso del firmante.
(3)CA Elecciones Code § 9020(a)(3) La dirección de residencia del firmante, indicando calle y número, o si no existe calle o número, una designación adecuada de la residencia para que la ubicación pueda ser fácilmente determinada. Un número de apartamento o unidad incompleto o inexacto en la dirección de residencia del firmante no invalidará su firma de conformidad con la Sección 105.
(4)CA Elecciones Code § 9020(a)(4) El nombre de la ciudad incorporada o comunidad no incorporada del firmante.
(5)CA Elecciones Code § 9020(a)(5) Si la petición no incluye la declaración de divulgación descrita en el apartado (b) de la Sección 107, el siguiente texto en una línea horizontal separada debajo del nombre impreso del firmante y encima de la firma del firmante: “NO FIRME A MENOS QUE haya visto la hoja oficial de los principales financiadores y su mes aún sea válido.” El texto “NO FIRME A MENOS QUE” deberá estar en mayúsculas y en negrita. El resto del texto deberá estar en mayúsculas como se muestra y no deberá estar en negrita.
(b)CA Elecciones Code § 9020(b) Solo una persona que sea un votante registrado calificado en el momento de firmar la petición tiene derecho a firmarla.
(c)CA Elecciones Code § 9020(c) El número de firmas adjuntas a cada sección quedará a discreción de la persona que solicite las firmas.

Section § 9021

Explanation

Esta ley permite a las personas que cumplen ciertos requisitos circular peticiones para iniciativas o referéndums a nivel estatal en California. Cada parte de la petición debe estar etiquetada con el nombre de un condado o ciudad y condado, y solo los votantes registrados de esa área pueden firmarla. Además, la persona que recolecta las firmas, conocida como el recolector de firmas, tiene permitido firmar la sección de la petición que está circulando.

(a)CA Elecciones Code § 9021(a) Una persona que cumpla con los requisitos de la Sección 102 podrá circular una petición de iniciativa o referéndum a nivel estatal en cualquier lugar dentro del estado. Cada sección de la petición deberá llevar el nombre de un condado o ciudad y condado, y solo los votantes registrados calificados de ese condado o ciudad y condado podrán firmar esa sección.
(b)CA Elecciones Code § 9021(b) El circulador podrá firmar la sección que esté circulando según lo dispuesto en la Sección 106.

Section § 9022

Explanation

Esta sección exige que cada sección de la petición tenga una declaración de la persona que recoge las firmas, confirmando la información requerida por la ley. La persona, conocida como recolector, debe certificar la veracidad de la declaración bajo pena de perjurio, firmándola, fechándola y declarando dónde fue firmada. No se necesitan declaraciones adicionales. Las peticiones verificadas sirven como prueba inicial, o evidencia prima facie, de que las firmas son reales y los firmantes son votantes registrados, a menos que se investigue y se demuestre lo contrario.

(a)CA Elecciones Code § 9022(a) Cada sección deberá llevar adjunta la declaración de la persona que solicita las firmas, en la que se establezca la información requerida por la Sección 104.
(b)CA Elecciones Code § 9022(b) El recolector deberá certificar el contenido de la declaración en cuanto a su veracidad y exactitud, bajo pena de perjurio conforme a las leyes del Estado de California, con la firma de su nombre. El recolector deberá indicar la fecha y el lugar de ejecución en la declaración inmediatamente antes de su firma.
(c)CA Elecciones Code § 9022(c) No se requerirá otra declaración.
(d)CA Elecciones Code § 9022(d) Las peticiones así verificadas constituirán prueba prima facie de que las firmas son auténticas y de que las personas que firman son votantes calificados. A menos y hasta que se demuestre lo contrario mediante una investigación oficial, se presumirá que la petición presentada contiene las firmas del número requerido de votantes calificados.