Revocación de Mandato de Funcionarios Locales: Pasos Intermedios en la RevocaciónLa Elección Revocatoria
Section § 11240
Esta ley exige que, dentro de los 14 días siguientes a la confirmación de que una petición para destituir a un funcionario público es válida, un gobierno local debe ordenar la celebración de una elección. Esta elección decidirá si el funcionario debe ser destituido de su cargo.
Section § 11241
Esta ley establece que si un órgano de gobierno no fija una fecha de elección a tiempo, entonces el funcionario electoral del condado debe establecerla en un plazo de cinco días. Si la elección involucra a votantes de varios condados, el funcionario del condado con la mayor cantidad de votantes decidirá la fecha, después de consultar con los funcionarios de los otros condados.
Section § 11242
Esta sección de la ley especifica el plazo para celebrar una elección después de que se emita una orden. Generalmente, la elección debe celebrarse entre 88 y 125 días después de la orden. Sin embargo, si hay una elección programada regularmente próxima, puede celebrarse dentro de los 180 días para que coincida con esa elección.