Section § 10204.1

Explanation

Esta sección establece que el pueblo de California cree que es importante que los funcionarios electos apoyen una enmienda a la Constitución de los EE. UU. Esta enmienda debería imponer límites de mandato a los miembros del Congreso, limitándolos a tres mandatos en la Cámara de Representantes y dos mandatos en el Senado.

Es la postura oficial del Pueblo del Estado de California que nuestros funcionarios electos deben votar para promulgar, mediante una enmienda a la Constitución de los EE. UU., límites de mandato congresionales que no sean superiores a tres mandatos en la Cámara de Representantes de los EE. UU., ni a dos mandatos en el Senado de los EE. UU.

Section § 10204.2

Explanation

Los californianos quieren que el Congreso considere una nueva enmienda constitucional que limitaría el tiempo que las personas pueden servir en el Congreso. Sugiere que los miembros de la Cámara de Representantes se limiten a tres mandatos, pero una vez que se apruebe la enmienda, cualquiera que ya esté sirviendo solo podrá ser reelegido dos veces más. Para los Senadores, el límite es de dos mandatos, pero los Senadores actuales solo podrían servir un mandato más después de que se apruebe la enmienda. No hay una fecha límite específica para que esta propuesta sea ratificada por suficientes estados.

Es la voluntad del Pueblo del Estado de California que se presente una solicitud al Congreso en nombre del Pueblo de California y de la Legislatura de California para que el Congreso adopte la siguiente enmienda a la Constitución de los EE. UU.:
Sección A. Ninguna persona podrá ocupar el cargo de Representante de los EE. UU. por más de tres mandatos, pero tras la ratificación de la Enmienda sobre Límites de Mandato, ninguna persona que haya ocupado el cargo de Representante de los EE. UU. o que lo ocupe en ese momento podrá servir por más de dos mandatos adicionales.
Sección B. Ninguna persona podrá ocupar el cargo de Senador de los EE. UU. por más de dos mandatos, pero tras la ratificación de la Enmienda sobre Límites de Mandato, ninguna persona que haya ocupado el cargo de Senador de los EE. UU. o que lo ocupe en ese momento podrá servir por más de un mandato adicional.
Sección C. Este artículo no tendrá un límite de tiempo dentro del cual deba ser ratificado por las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos estados.

Section § 10204.3

Explanation

Esta sección de la ley expresa el deseo de California de imponer límites de mandato a los miembros del Congreso de los EE. UU. Instruye a la legislatura estatal para que pida al Congreso que convoque una convención con el fin de proponer una enmienda a la Constitución de los EE. UU., utilizando el proceso descrito en el Artículo V.

La Legislatura de California, debido al deseo del Pueblo del Estado de California de establecer límites de mandato para el Congreso de los Estados Unidos, por la presente recibe instrucciones de presentar la siguiente solicitud al Congreso, de conformidad con su poder bajo el Artículo V de la Constitución de los EE. UU.:
“Nosotros, el Pueblo y la Legislatura del Estado de California, debido a nuestro deseo de establecer límites de mandato para el Congreso de los Estados Unidos, por la presente solicitamos al Congreso, de conformidad con nuestro poder bajo el Artículo V de la Constitución de los EE. UU., que convoque una convención para proponer enmiendas a la Constitución.”

Section § 10204.4

Explanation
Esta ley indica a los legisladores estatales de California que utilicen su autoridad para ayudar a aprobar una solicitud al Congreso para convocar una convención bajo el Artículo V de la Constitución de los EE. UU. El objetivo es apoyar una Enmienda de Límites de Mandato Congresional. Si el Congreso propone esta enmienda, también se instruye a los legisladores a ratificarla.

Section § 10204.5

Explanation

Esta ley exige que las boletas electorales informen a los votantes si un candidato a Representante de los EE. UU., Senador de los EE. UU., Senador estatal o Miembro de la Asamblea no apoyó la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales. Si no realizaron ciertas acciones relacionadas con el apoyo a la enmienda, como votar a favor o asegurar que los votos sean públicos, la frase “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO” aparecerá junto a su nombre en la boleta.

Esta frase no aparecerá si California ya ha solicitado al Congreso una enmienda constitucional y esta no ha sido retirada, o si la enmienda ha sido ratificada y forma parte de la Constitución de los EE. UU.

(a)CA Elecciones Code § 10204.5(a) Según lo dispuesto en esta ley, en cada elección para el cargo de Representante de los Estados Unidos, Senador de los Estados Unidos, Senador estatal o Miembro de la Asamblea, la boleta electoral informará a los votantes sobre la falta de apoyo de cualquier candidato en ejercicio o no en ejercicio a la Enmienda de Límites de Mandato Congresionales propuesta anteriormente.
(b)CA Elecciones Code § 10204.5(b) Todas las boletas de elecciones primarias, generales y especiales deberán incluir la información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO” impresa adyacente al nombre de cualquier Senador estatal o Miembro de la Asamblea que, durante la sesión legislativa ordinaria posterior a la elección general más reciente:
(1)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(1) No votó a favor de la solicitud establecida en la Sección 10204.3 cuando se sometió a votación; o
(2)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(2) No secundó la solicitud establecida en la Sección 10204.3 si carecía de un segundo; o
(3)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(3) No votó a favor de todas las votaciones que llevaron la solicitud establecida en la Sección 10204.3 ante cualquier comité o subcomité en el que él o ella sirvió en las respectivas cámaras; o
(4)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(4) No propuso o de otra manera no sometió a votación del cuerpo legislativo completo la solicitud establecida en la Sección 10204.3 si de otra manera carecía de un legislador que así lo propusiera o sometiera a votación del cuerpo legislativo completo la solicitud establecida anteriormente; o
(5)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(5) No votó en contra de ningún intento de retrasar, aplazar o de otra manera impedir una votación por parte del cuerpo legislativo completo de la solicitud establecida en la Sección 10204.3; o
(6)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(6) No garantizó de ninguna manera que todas las votaciones sobre la solicitud establecida en la Sección 10204.3 fueran registradas y puestas a disposición del público; o
(7)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(7) No votó en contra de ningún cambio, adición o modificación a la solicitud establecida en la Sección 10204.3; o
(8)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(8) No votó a favor de la enmienda establecida en la Sección 10204.2 si fue enviada a los estados para su ratificación; o
(9)CA Elecciones Code § 10204.5(b)(9) No votó en contra de ninguna enmienda de límites de mandato que no fuera la enmienda propuesta establecida en la Sección 10204.2, si dicha enmienda fue enviada a los estados para su ratificación.
(c)CA Elecciones Code § 10204.5(c) La información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO”, según lo requerido por cualquiera de los párrafos (1) a (7), ambos inclusive, de la subdivisión (b), no aparecerá adyacente a los nombres de los candidatos para el Senado estatal o la Asamblea si el Estado de California ha presentado la solicitud al Congreso para una convención para proponer enmiendas a la Constitución de los EE. UU. de conformidad con este artículo y dicha solicitud no ha sido retirada.
(d)CA Elecciones Code § 10204.5(d) La información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO”, según lo requerido por cualquiera de los párrafos (8) y (9) de la subdivisión (b), no aparecerá adyacente a los nombres de los candidatos para el Senado estatal o la Asamblea si la Enmienda de Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2 ha sido sometida a los estados para su ratificación y ratificada por la Legislatura de California, o la Enmienda de Límites de Mandato Congresionales propuesta establecida en la Sección 10204.2 ha pasado a formar parte de la Constitución de los EE. UU.

Section § 10204.6

Explanation

Esta ley instruye a los representantes de California en el Congreso a hacer todo lo que esté a su alcance para apoyar la aprobación de una enmienda propuesta que limitaría los mandatos de los miembros del Congreso. Esto se refiere específicamente a la enmienda mencionada en otra sección, la 10204.2.

Cada miembro de la delegación congresional de California queda por la presente instruido a usar todos sus poderes delegados para aprobar la Enmienda de Límites de Mandato Congresional establecida en la Sección 10204.2.

Section § 10204.7

Explanation

Esta ley establece que los votantes verán una nota etiquetada como "INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO IGNORADA" junto al nombre de cualquier Representante o Senador de EE. UU. en las boletas electorales si, después de la elección general más reciente, no apoyaron una enmienda de límites de mandato de varias maneras específicas. Esto incluye no votar a favor o no secundar la propuesta de límites de mandato, no someterla a una votación completa, no oponerse a los retrasos o apoyar propuestas de límites de mandato diferentes.

Todas las boletas de elecciones primarias, generales y especiales deberán llevar la información “INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LÍMITES DE MANDATO IGNORADA” impresa junto al nombre de cualquier Representante o Senador de EE. UU. que, durante los primeros 12 meses de la sesión legislativa ordinaria posterior a la elección general más reciente:
(a)CA Elecciones Code § 10204.7(a) No votó a favor de la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2 cuando se sometió a votación; o
(b)CA Elecciones Code § 10204.7(b) No secundó la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2 si carecía de un segundo antes de cualquier procedimiento del cuerpo legislativo; o
(c)CA Elecciones Code § 10204.7(c) No propuso o de otra manera no sometió a votación del pleno del cuerpo legislativo la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2 si de otra manera carecía de un legislador que así lo propusiera o sometiera a votación del pleno del cuerpo legislativo la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2; o
(d)CA Elecciones Code § 10204.7(d) No votó a favor de todas las votaciones que llevaron la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2 ante cualquier comité o subcomité en el que sirviera en las respectivas cámaras; o
(e)CA Elecciones Code § 10204.7(e) No votó en contra o rechazó cualquier intento de retrasar, aplazar o de otra manera impedir una votación por el pleno del cuerpo legislativo de la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2; o
(f)CA Elecciones Code § 10204.7(f) No votó en contra de cualquier propuesta de límites de mandato que no fuera la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2; o
(g)CA Elecciones Code § 10204.7(g) Patrocinó o copatrocinó cualquier enmienda constitucional o ley propuesta que proponga límites de mandato distintos a los de la Enmienda propuesta sobre Límites de Mandato Congresionales establecida en la Sección 10204.2; o
(h)CA Elecciones Code § 10204.7(h) No se aseguró de que todas las votaciones sobre la Enmienda Constitucional propuesta sobre Límites de Mandato establecida en la Sección 10204.2 fueran registradas y puestas a disposición del público.

Section § 10204.8

Explanation

Esta ley establece que la frase “IGNORÓ LAS INSTRUCCIONES DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” no puede colocarse junto al nombre de un candidato en una elección congresional si la enmienda constitucional relacionada con los límites de mandato ha sido propuesta o ya forma parte de la Constitución de los EE. UU.

La información “IGNORÓ LAS INSTRUCCIONES DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” no podrá aparecer adyacente a los nombres de un candidato al Congreso si la Enmienda de Límites de Mandato Congresional establecida en la Sección 10204.2 está ante los estados para su ratificación o ya ha pasado a formar parte de la Constitución de los EE. UU.

Section § 10204.9

Explanation

Esta sección permite a los candidatos no titulares que se postulan para Representante de EE. UU., Senador de EE. UU., Senador Estatal o Miembro de la Asamblea Estatal firmar una “Promesa de Límites de Mandato” al presentar su candidatura. Si deciden no firmar, la boleta indicará “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” junto a su nombre.

El Secretario de Estado tiene la tarea de decidir si esta, o una nota similar como “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO”, debe aparecer junto a los nombres de los candidatos en la boleta, considerando los comentarios públicos presentados a tiempo. Estas decisiones para titulares y no titulares tienen plazos específicos basados en los cronogramas electorales y legislativos.

Si un candidato no está de acuerdo con la decisión del Secretario de Estado sobre la nota en la boleta, puede apelar ante la Corte Suprema de California dentro de los cinco días. La Corte debe tomar una decisión dentro de un plazo establecido, trasladando la carga de la prueba al Secretario o al candidato, dependiendo de quién apele la determinación inicial.

No obstante cualquier otra disposición de la ley de California,
(a)CA Elecciones Code § 10204.9(a) A un candidato no titular para el cargo de Representante de EE. UU. y Senador de EE. UU., Senador Estatal o Miembro de la Asamblea se le permitirá firmar una “Promesa de Límites de Mandato” cada vez que se postule como candidato para dicho cargo. Un candidato que se niegue a firmar la “Promesa de Límites de Mandato” tendrá “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” impreso junto a su nombre en la boleta electoral.
(b)CA Elecciones Code § 10204.9(b) Cada vez que un candidato no titular para Senador de EE. UU., Representante de EE. UU., Senador Estatal o Miembro de la Asamblea se postule, se le ofrecerá la “Promesa de Límites de Mandato”, hasta que la Constitución de EE. UU. haya sido enmendada para limitar a los Senadores de EE. UU. a dos mandatos en el cargo y a los Representantes de EE. UU. a tres mandatos en el cargo.
(c)CA Elecciones Code § 10204.9(c) La “Promesa de Límites de Mandato” que se ofrecerá a cada candidato no titular antes mencionado es la siguiente:
Apoyo los límites de mandato congresionales y me comprometo a usar todos mis poderes legislativos para promulgar la Enmienda de Límites de Mandato Congresionales propuesta en la Ley de Límites de Mandato Congresionales. Si soy elegido, me comprometo a actuar y votar de tal manera que la información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” no aparezca junto a mi nombre.”
El formulario de promesa proporcionará un espacio para la firma del candidato y la fecha de la firma.
(d)CA Elecciones Code § 10204.9(d) El Secretario de Estado será responsable de determinar con precisión si a un candidato para la legislatura estatal o federal se le colocará junto a su nombre en la boleta electoral “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” o “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO”.
(e)CA Elecciones Code § 10204.9(e) El Secretario de Estado considerará los comentarios públicos presentados a tiempo antes de tomar la determinación requerida en el inciso (d).
(f)CA Elecciones Code § 10204.9(f) El Secretario de Estado, de acuerdo con el inciso (d), determinará y declarará qué información, si la hubiera, aparecerá junto a los nombres de cada legislador estatal y federal titular si él o ella es candidato en la próxima elección general. En el caso de los Representantes y Senadores de EE. UU., esta determinación y declaración se hará a más tardar 13 meses después de que se haya convocado un nuevo Congreso, y se basará en la acción del Congreso en los primeros 12 meses de la sesión regular posterior a la elección general más reciente. En el caso de los legisladores estatales titulares, esta determinación y declaración se hará a más tardar 13 meses después de que se haya convocado una nueva Legislatura, y se basará en la acción congresional estatal en los primeros 12 meses de la sesión regular posterior a la elección general más reciente.
(g)CA Elecciones Code § 10204.9(g) El Secretario de Estado determinará y declarará qué información, si la hubiera, aparecerá junto a los nombres de los candidatos no titulares para el Congreso y la Legislatura de California, a más tardar cinco días después de la fecha límite para la presentación de candidaturas para el cargo.
(h)CA Elecciones Code § 10204.9(h) Si el Secretario de Estado determina que “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” o “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” no puede colocarse en la boleta junto al nombre de un candidato a senador o representante para un cargo estatal o federal, cualquier elector apelará dicha decisión dentro de los cinco días ante la Corte Suprema de California como una acción original o renunciará a cualquier derecho a apelar dicha decisión; en cuyo caso la carga de la prueba recaerá sobre el Secretario de Estado para demostrar con pruebas claras y convincentes que el candidato ha cumplido los requisitos establecidos en este artículo y, por lo tanto, no debería tener la información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” o “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” impresa en la boleta junto al nombre del candidato.
(i)CA Elecciones Code § 10204.9(i) Si el Secretario de Estado determina que “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” o “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” se colocará en la boleta junto al nombre de un candidato, el candidato apelará dicha decisión dentro de los cinco días ante la Corte Suprema de California como una acción original o renunciará a cualquier derecho a apelar dicha decisión; en cuyo caso la carga de la prueba recaerá sobre el candidato para demostrar con pruebas claras y convincentes que él o ella no debería tener la información “IGNORÓ LA INSTRUCCIÓN DE LOS VOTANTES SOBRE LOS LÍMITES DE MANDATO” o “SE NEGÓ A PROMETEr APOYAR LOS LÍMITES DE MANDATO” impresa en la boleta junto al nombre del candidato.
(j)CA Elecciones Code § 10204.9(j) La Corte Suprema conocerá de la apelación prevista en el inciso (h) y emitirá una decisión dentro de los 120 días. La Corte Suprema conocerá de la apelación prevista en el inciso (i) y emitirá una decisión a más tardar 61 días antes de la fecha de la elección.

Section § 10204.10

Explanation

Esta ley establece que, una vez que la enmienda sobre los límites de mandato congresional, tal como se describe en la Sección 10204.2, sea añadida a la Constitución de los EE. UU., este artículo en particular dejará de ser válido y será derogado automáticamente.

En el momento en que la Enmienda sobre Límites de Mandato Congresional establecida en la Sección 10204.2 haya pasado a formar parte de la Constitución de los EE. UU., este artículo quedará automáticamente derogado.

Section § 10204.11

Explanation

Esta ley significa que si alguna parte de la ley es declarada inválida o inconstitucional, el resto de la ley seguirá siendo efectivo. Además, esta ley tiene precedencia sobre cualquier ley estatal en conflicto.

Divisibilidad. Si alguna porción, cláusula o frase de esta ley es por cualquier razón declarada inválida o inconstitucional por un tribunal de jurisdicción competente, las porciones, cláusulas y frases restantes no se verán afectadas, sino que permanecerán en pleno vigor y efecto. Las porciones de esta ley prevalecerán sobre todas las disposiciones inconsistentes de la ley estatal.