Section § 10000

Explanation
Si estás registrado para votar en cualquier parte del área donde se esté llevando a cabo una elección local, especial o combinada, tienes permitido votar en esa elección.

Section § 10001

Explanation
Esta ley establece que, a menos que otra ley disponga lo contrario, todas las elecciones especiales a nivel estatal en California deben organizarse y procesarse de la misma manera que las elecciones generales.

Section § 10002

Explanation

Esta ley permite que una ciudad o un distrito pidan a la junta de supervisores del condado que el funcionario electoral del condado les ayude a organizar sus elecciones. La junta de supervisores debe aprobar esta solicitud. Si una ciudad desea usar los servicios del condado para los materiales electorales, debe entregar la información de sus precintos al menos 61 días antes de la elección. La ciudad o el distrito deben reembolsar completamente al condado por cualquier servicio electoral prestado, a menos que se haya acordado otra forma de pago.

El órgano de gobierno de cualquier ciudad o distrito podrá, mediante resolución, solicitar a la junta de supervisores del condado que permita al funcionario electoral del condado prestar servicios específicos a la ciudad o distrito relacionados con la celebración de una elección. Sujeto a la aprobación de la junta de supervisores, estos servicios serán realizados por el funcionario electoral del condado.
La resolución del órgano de gobierno de la ciudad o distrito especificará los servicios solicitados.
Cualquier ciudad que solicite a la junta de supervisores que permita al funcionario electoral preparar los materiales electorales de la ciudad deberá, si la junta de supervisores acepta proporcionar dichos servicios, suministrar al funcionario electoral del condado una lista de sus precintos, o precintos consolidados, según corresponda, a más tardar 61 días antes de la elección.
A menos que se hayan realizado otros arreglos satisfactorios para el condado, la ciudad o el distrito reembolsarán al condado la totalidad de los servicios prestados previa presentación de una factura a la ciudad o al distrito.

Section § 10004

Explanation

Si los dirigentes de un distrito especial no organizan la elección regular necesaria para elegir a los miembros de la junta, cualquier votante puede informar a la junta de supervisores del condado. Una vez informada, la junta puede convocar una elección especial dentro del distrito. Esta elección especial debe realizarse en un plazo de 90 días y llevarse a cabo como una elección regular. El propio distrito debe pagar los costos de la elección.

Si el órgano de gobierno de cualquier distrito especial no convoca o no toma las medidas necesarias para la celebración de la elección regular del distrito en la que se deben seleccionar uno o varios miembros del órgano de gobierno del distrito, la junta de supervisores del condado en el que se encuentra el distrito, al ser notificada de este hecho por cualquier votante del distrito, podrá convocar una elección especial dentro del distrito para la selección del miembro o miembros del órgano de gobierno involucrados. La elección se celebrará a más tardar 90 días después de ser convocada por la junta de supervisores, y se llevará a cabo de la misma manera que la elección regular del distrito. Los costos de la elección especial serán asumidos por el distrito para el cual se celebra la elección.

Section § 10005

Explanation

Esta ley establece que los gobiernos locales en California no pueden exigir a las personas que muestren una identificación al votar o entregar boletas en centros de votación, centros de sufragio u otros lugares de votación, a menos que exista una ley estatal o federal específica que lo exija. El término "gobierno local" incluye cualquier ciudad o condado, ya sea que se rija por estatuto o por ley general.

Un gobierno local no promulgará ni aplicará ninguna disposición estatutaria, ordenanza o reglamento que exija a una persona presentar identificación con el propósito de votar o entregar una boleta en cualquier centro de votación, centro de sufragio u otro lugar donde se emitan o entreguen boletas, a menos que lo exija la ley estatal o federal. Para los fines de esta sección, "gobierno local" significa cualquier ciudad con estatuto o de ley general, cualquier condado con estatuto o de ley general, o cualquier ciudad y condado.