Section § 11040

Explanation

Esta sección explica cómo se puede organizar una petición al recolectar firmas. La petición puede dividirse en secciones separadas que son idénticas, excepto por las firmas y la información añadida por las personas que firman y los recolectores de firmas. No hay un límite en el número de firmas por sección, ya que eso depende de la persona que las recolecta.

Cada sección de la petición puede tener tantas páginas separadas como se necesiten, y cada lado de una hoja de papel cuenta como una página si contiene firmas.

(a)CA Elecciones Code § 11040(a) La petición podrá constar de cualquier número de secciones separadas, las cuales serán duplicados excepto en cuanto a las firmas y los asuntos que deban ser adjuntados por los firmantes y los recolectores de firmas. El número de firmas adjuntas a cada sección será a discreción de la persona que solicite las firmas.
(b)CA Elecciones Code § 11040(b) Cada sección de la petición podrá constar de cualquier número de páginas separadas. Una página consistirá en cada lado de una hoja de papel en la que aparezcan firmas.

Section § 11041

Explanation

Esta ley establece los requisitos para el formato de una petición de revocación de mandato en California. Los promotores deben usar el formato oficial de petición de revocación de mandato proporcionado por el Secretario de Estado, que se puede obtener del funcionario electoral del condado o del propio Secretario de Estado. Cada página de la petición debe incluir cierta información antes de que se puedan recolectar firmas, como una solicitud para un sucesor si se busca revocar a un funcionario estatal, una copia del aviso de intención con los motivos de la revocación, y cualquier respuesta del funcionario cuya revocación se busca. Si el funcionario pertenece a la junta de un distrito escolar, se debe proporcionar una estimación del costo de la elección especial. Además, todas las secciones de la petición deben imprimirse de manera consistente en tamaño, oscuridad y espaciado.

(a)CA Elecciones Code § 11041(a) Los proponentes deberán usar el formato de petición de revocación de mandato proporcionado por el Secretario de Estado y disponible a través del funcionario electoral del condado o del Secretario de Estado. Antes de que se pueda fijar cualquier firma a una petición de revocación de mandato, cada página de cada sección debe contener todo lo siguiente en un tamaño de letra no inferior a 8 puntos:
(1)Copy CA Elecciones Code § 11041(a)(1)
(A)Copy CA Elecciones Code § 11041(a)(1)(A) (i) Si el funcionario cuya revocación de mandato se busca es un funcionario estatal, una solicitud para que se convoque una elección para elegir un sucesor para dicho funcionario.
(ii)CA Elecciones Code § 11041(a)(1)(A)(ii) Si el funcionario cuya revocación de mandato se busca es un juez de la Corte Suprema o de un tribunal de apelación, según lo especificado en el inciso (a) de la Sección 16 del Artículo VI de la Constitución de California, una solicitud para que el Gobernador designe un sucesor para dicho funcionario.
(B)CA Elecciones Code § 11041(a)(1)(A)(B) La petición no deberá incluir una solicitud para que se elija o designe un sucesor si el funcionario cuya revocación de mandato se busca es un funcionario local.
(2)CA Elecciones Code § 11041(a)(2) Una copia del aviso de intención, incluyendo la declaración de los motivos para la revocación de mandato. Para los fines de este párrafo, la copia del aviso de intención deberá contener los nombres de al menos 10 proponentes de la revocación de mandato que figuren en el aviso de intención y que sean seleccionados por los proponentes. El funcionario electoral no deberá exigir que se incluyan los nombres de más de 10 proponentes como parte del texto del aviso de intención. Las disposiciones de la Sección 11023 no necesitan ser incluidas como parte del texto del aviso de intención.
(3)CA Elecciones Code § 11041(a)(3) La respuesta del funcionario cuya revocación de mandato se busca, si la hubiere. Si el funcionario cuya revocación de mandato se busca no ha respondido, la petición deberá indicarlo.
(4)CA Elecciones Code § 11041(a)(4) Para la revocación de mandato de un miembro de la junta directiva de un distrito escolar, la estimación del funcionario electoral del condado, en consulta con el distrito escolar, del costo de llevar a cabo la elección especial.
(b)CA Elecciones Code § 11041(b) Todas las secciones de la petición deberán imprimirse con tamaño y oscuridad uniformes y con espaciado uniforme.

Section § 11042

Explanation

Esta ley explica el proceso para manejar las peticiones relacionadas con las elecciones revocatorias en California. Si se presenta un aviso de intención para destituir a un funcionario, los promotores de la petición tienen 10 días para entregar dos copias en blanco de la petición al funcionario electoral o al Secretario de Estado. También deben proporcionar prueba de que el aviso de intención fue publicado o fijado. El funcionario tiene 10 días para verificar si la petición cumple con todos los requisitos y notificar a los promotores.

Si se necesitan cambios, el funcionario informará a los promotores, quienes luego tienen 10 días para hacer las correcciones y volver a presentar la petición. Este proceso de presentación y revisión continúa hasta que la petición cumpla con todos los requisitos. Es importante destacar que no se pueden recolectar firmas en la petición hasta que sea aprobada.

(a)CA Elecciones Code § 11042(a) Dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la respuesta al aviso de intención, o, si no se presenta ninguna respuesta, dentro de los 10 días siguientes a la expiración del período de siete días especificado en la Sección 11023, los promotores presentarán dos copias en blanco de la petición ante el funcionario electoral en su oficina durante el horario de oficina normal publicado o, en el caso de una destitución de un funcionario estatal, ante el Secretario de Estado, en su oficina durante el horario de oficina normal publicado, quien verificará si la forma y redacción propuestas de la petición cumplen con los requisitos de este capítulo.
(b)CA Elecciones Code § 11042(b) En el momento de la presentación de las dos copias en blanco de la petición, los promotores también presentarán prueba de publicación del aviso de intención, si el aviso de intención fue publicado, o una declaración jurada de fijación del aviso de intención, si el aviso de intención fue fijado. El funcionario electoral o, en el caso de una destitución de un funcionario estatal, el Secretario de Estado, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de las copias en blanco de la petición, notificará a los promotores por escrito de su hallazgo.
(c)CA Elecciones Code § 11042(c) Si el funcionario electoral determina que no se cumplen los requisitos de este capítulo, el funcionario electoral incluirá en sus hallazgos una declaración sobre qué alteraciones son necesarias en la petición. Los promotores, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la notificación, presentarán dos copias en blanco de la petición corregida ante el funcionario electoral en su oficina durante el horario de oficina normal publicado. El período de notificación de corrección de 10 días y el período de presentación de 10 días para las peticiones corregidas se repetirán hasta que el funcionario electoral o el Secretario de Estado determine que no se requieren alteraciones.
(d)CA Elecciones Code § 11042(d) No se podrá adjuntar ninguna firma a una petición de destitución hasta que el funcionario electoral o, en el caso de la destitución de un funcionario estatal, el Secretario de Estado, haya notificado a los promotores que la forma y redacción de la petición propuesta cumplen con los requisitos de este capítulo.

Section § 11042.5

Explanation

Esta ley describe el proceso para revisar una petición de destitución de un funcionario local. El funcionario electoral del condado debe poner la petición a disposición del público para su escrutinio en su oficina durante 10 días. Durante este tiempo, también revisan la forma y redacción de la petición para verificar su cumplimiento.

Si algún votante o el funcionario electoral cree que el contenido de la petición es falso, engañoso o no cumple con los requisitos, pueden solicitar una orden judicial para modificar o eliminar la información en disputa dentro de esos 10 días. Para tener éxito, deben presentar pruebas claras y convincentes de que las declaraciones de la petición son problemáticas.

(a)CA Elecciones Code § 11042.5(a) Para una petición de destitución de un funcionario local, el funcionario electoral del condado pondrá a disposición una copia de la petición para examen público en la oficina del funcionario electoral durante 10 días, que transcurrirán simultáneamente con el período de revisión de 10 días para que el funcionario electoral determine si la forma y redacción de la petición son suficientes conforme a la Sección 11042.
(b)Copy CA Elecciones Code § 11042.5(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 11042.5(b)(1) Durante el período de examen público descrito en el inciso (a), un votante de la jurisdicción electoral aplicable o el funcionario electoral podrá solicitar un auto de mandamus o una orden judicial que exija que se modifique o elimine cualquiera o todas las declaraciones de los proponentes o la respuesta del funcionario incluida con la petición. La solicitud de auto de mandamus o de orden judicial deberá presentarse a más tardar al finalizar el período de examen público de 10 días.
(2)CA Elecciones Code § 11042.5(b)(2) Un auto de mandamus perentorio o una orden judicial se emitirá solo si existe prueba clara y convincente de que el material en cuestión es falso, engañoso o inconsistente con los requisitos de este capítulo.

Section § 11043

Explanation

Esta sección describe los requisitos para las firmas en las peticiones. Cada firmante debe añadir su firma, nombre impreso, dirección de residencia completa y el nombre de su ciudad o comunidad. Si no se incluye un resumen de los principales patrocinadores financieros, debe aparecer una advertencia importante cerca de la línea de firma, indicando que no se firme a menos que la información del patrocinador esté actualizada.

La petición debe tener márgenes específicos: una pulgada en la parte superior, media pulgada en la parte inferior y una pulgada de espacio después de cada nombre para fines de verificación.

(a)CA Elecciones Code § 11043(a) Las secciones de la petición se diseñarán de manera que cada firmante estampe personalmente todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 11043(a)(1) La firma del firmante.
(2)CA Elecciones Code § 11043(a)(2) El nombre impreso del firmante.
(3)CA Elecciones Code § 11043(a)(3) La dirección de residencia del firmante, indicando calle y número, o si no existe calle o número, una designación adecuada de la residencia para que la ubicación pueda ser fácilmente determinada.
(4)CA Elecciones Code § 11043(a)(4) El nombre de la ciudad incorporada o comunidad no incorporada en la que reside el firmante.
(5)CA Elecciones Code § 11043(a)(5) Si la petición no incluye la declaración de divulgación descrita en el apartado (b) de la Sección 107, el siguiente texto en una línea horizontal separada debajo del nombre impreso del firmante y encima de la firma del firmante: “NO FIRME A MENOS QUE haya visto la hoja oficial de los Principales Financiadores y su mes siga siendo válido.” El texto “NO FIRME A MENOS QUE” deberá estar en mayúsculas y en negrita. El resto del texto deberá estar en mayúsculas como se muestra y no deberá estar en negrita.
(b)CA Elecciones Code § 11043(b) Se dejará un margen en blanco de al menos una pulgada de ancho en la parte superior de cada página de la petición. Se dejará un margen en blanco de al menos media pulgada de ancho en la parte inferior de cada página de la petición.
(c)CA Elecciones Code § 11043(c) Se dejará un espacio en blanco de al menos una pulgada de ancho después de cada nombre para uso del funcionario electoral en la verificación de la petición.

Section § 11043.5

Explanation
Esta ley exige que el Secretario de Estado de California proporcione un formato estándar para las peticiones de revocación a los funcionarios electorales del condado. Estos funcionarios distribuirán luego el formato a cualquier persona que proponga una revocación. Cuando alguien quiera iniciar una elección de revocación, deberá utilizar el formato de petición suministrado por el Secretario de Estado.

Section § 11044

Explanation
Si desea iniciar el proceso para revocar el mandato de un funcionario electo, debe presentar una petición separada por cada funcionario individual cuyo mandato desee revocar.

Section § 11045

Explanation

En California, solo las personas que son votantes registrados en el área donde se está revocando a un funcionario pueden firmar una petición para revocar a ese funcionario. Además, cualquier persona que cumpla con ciertos criterios de elegibilidad (establecidos en la Sección 102) está autorizada a recolectar firmas circulando la petición.

Solo los votantes registrados de la jurisdicción electoral del funcionario cuya revocación se busca están calificados para firmar una petición de revocación para ese funcionario. Una persona que cumpla con los requisitos de la Sección 102 puede circular la petición.

Section § 11046

Explanation
Cada parte de una petición debe incluir una declaración firmada por la persona que recolectó las firmas, siguiendo las normas de la Sección 104.

Section § 11047

Explanation

Si se intenta revocar a un funcionario público y la petición se está circulando en varios condados, cada parte de la petición debe indicar claramente a qué condado corresponde. Solo los votantes registrados en esos condados específicos pueden firmar las secciones correspondientes de la petición.

Cuando una petición se circule en más de un condado para la revocación de un funcionario, cada sección de la petición deberá llevar el nombre del condado para el cual se circula, y solo los votantes registrados de ese condado podrán firmar esa sección.