Procedimientos Generales: Disposiciones Generales y Pasos Iniciales en la Revocación de MandatoPetición de Revocación de Mandato
Section § 11040
Esta sección explica cómo se puede organizar una petición al recolectar firmas. La petición puede dividirse en secciones separadas que son idénticas, excepto por las firmas y la información añadida por las personas que firman y los recolectores de firmas. No hay un límite en el número de firmas por sección, ya que eso depende de la persona que las recolecta.
Cada sección de la petición puede tener tantas páginas separadas como se necesiten, y cada lado de una hoja de papel cuenta como una página si contiene firmas.
Section § 11041
Esta ley establece los requisitos para el formato de una petición de revocación de mandato en California. Los promotores deben usar el formato oficial de petición de revocación de mandato proporcionado por el Secretario de Estado, que se puede obtener del funcionario electoral del condado o del propio Secretario de Estado. Cada página de la petición debe incluir cierta información antes de que se puedan recolectar firmas, como una solicitud para un sucesor si se busca revocar a un funcionario estatal, una copia del aviso de intención con los motivos de la revocación, y cualquier respuesta del funcionario cuya revocación se busca. Si el funcionario pertenece a la junta de un distrito escolar, se debe proporcionar una estimación del costo de la elección especial. Además, todas las secciones de la petición deben imprimirse de manera consistente en tamaño, oscuridad y espaciado.
Section § 11042
Esta ley explica el proceso para manejar las peticiones relacionadas con las elecciones revocatorias en California. Si se presenta un aviso de intención para destituir a un funcionario, los promotores de la petición tienen 10 días para entregar dos copias en blanco de la petición al funcionario electoral o al Secretario de Estado. También deben proporcionar prueba de que el aviso de intención fue publicado o fijado. El funcionario tiene 10 días para verificar si la petición cumple con todos los requisitos y notificar a los promotores.
Si se necesitan cambios, el funcionario informará a los promotores, quienes luego tienen 10 días para hacer las correcciones y volver a presentar la petición. Este proceso de presentación y revisión continúa hasta que la petición cumpla con todos los requisitos. Es importante destacar que no se pueden recolectar firmas en la petición hasta que sea aprobada.
Section § 11042.5
Esta ley describe el proceso para revisar una petición de destitución de un funcionario local. El funcionario electoral del condado debe poner la petición a disposición del público para su escrutinio en su oficina durante 10 días. Durante este tiempo, también revisan la forma y redacción de la petición para verificar su cumplimiento.
Si algún votante o el funcionario electoral cree que el contenido de la petición es falso, engañoso o no cumple con los requisitos, pueden solicitar una orden judicial para modificar o eliminar la información en disputa dentro de esos 10 días. Para tener éxito, deben presentar pruebas claras y convincentes de que las declaraciones de la petición son problemáticas.
Section § 11043
Esta sección describe los requisitos para las firmas en las peticiones. Cada firmante debe añadir su firma, nombre impreso, dirección de residencia completa y el nombre de su ciudad o comunidad. Si no se incluye un resumen de los principales patrocinadores financieros, debe aparecer una advertencia importante cerca de la línea de firma, indicando que no se firme a menos que la información del patrocinador esté actualizada.
La petición debe tener márgenes específicos: una pulgada en la parte superior, media pulgada en la parte inferior y una pulgada de espacio después de cada nombre para fines de verificación.
Section § 11043.5
Section § 11044
Section § 11045
En California, solo las personas que son votantes registrados en el área donde se está revocando a un funcionario pueden firmar una petición para revocar a ese funcionario. Además, cualquier persona que cumpla con ciertos criterios de elegibilidad (establecidos en la Sección 102) está autorizada a recolectar firmas circulando la petición.
Section § 11046
Section § 11047
Si se intenta revocar a un funcionario público y la petición se está circulando en varios condados, cada parte de la petición debe indicar claramente a qué condado corresponde. Solo los votantes registrados en esos condados específicos pueden firmar las secciones correspondientes de la petición.