La Legislatura declara que el propósito de este capítulo es alentar a todo candidato a un cargo público en este estado a adherirse al Código de Prácticas Justas de Campaña.
Es la intención última de la Legislatura que todo candidato a un cargo público en este estado que se adhiera al Código de Prácticas Justas de Campaña siga los principios básicos de decencia, honestidad y juego limpio a fin de que, después de campañas vigorosamente disputadas, pero justamente llevadas a cabo, los ciudadanos de este estado puedan ejercer su derecho constitucional al voto, libres de prácticas deshonestas y poco éticas que tiendan a impedir la expresión plena y libre de la voluntad de los votantes.
El propósito al crear el Código de Prácticas Justas de Campaña es dar a los votantes pautas para determinar el juego limpio y alentar a los candidatos a debatir sobre los temas en lugar de falsedades o distorsiones.