Section § 8900

Explanation

Esta ley subraya la importancia de que los votantes de California tengan acceso a información que les ayude a tomar decisiones informadas en las urnas. Destaca específicamente el papel de las declaraciones de impuestos sobre la renta de los candidatos a gobernador para proporcionar detalles cruciales sobre posibles conflictos de intereses, situación financiera e integridad. Al exigir a los candidatos a Gobernador que revelen sus declaraciones de impuestos, los votantes pueden evaluar mejor el riesgo de corrupción o comportamiento poco ético. La ley también apoya la aplicación de la ley contra comportamientos como el uso de información privilegiada. En general, el requisito se considera de bajo costo para los candidatos.

La Legislatura encuentra y declara que el Estado de California tiene un gran interés en asegurar que sus votantes tomen decisiones informadas y educadas en la cabina de votación. Con este fin, el estado ha ordenado que se proporcione una gran cantidad de información a los votantes, incluidas las guías de información para votantes del condado y del estado. La Legislatura también encuentra y declara que las declaraciones de impuestos sobre la renta de los candidatos a Gobernador proporcionan a los votantes información esencial sobre los posibles conflictos de intereses del candidato, sus negocios, su situación financiera y sus donaciones caritativas. Por lo tanto, la información en las declaraciones de impuestos ayuda a los votantes a tomar una decisión más informada. La Legislatura además encuentra y declara que, como uno de los centros de actividad económica más grandes del mundo, el Estado de California tiene un interés especial en que los funcionarios electos estatales se abstengan de comportamientos corruptos o de autoenriquecimiento mientras estén en el cargo. El pueblo de California puede estimar mejor los riesgos de que cualquier candidato a Gobernador incurra en corrupción o en la apariencia de corrupción si tiene acceso a las declaraciones de impuestos de los candidatos. Finalmente, el Estado de California tiene interés en asegurar que cualquier violación de las prohibiciones estatutarias sobre comportamientos como el uso de información privilegiada (insider trading) sea detectada y castigada. La divulgación obligatoria de las declaraciones de impuestos de los candidatos a Gobernador permitirá la aplicación de las leyes contra aquellos candidatos que sean elegidos para esos cargos. La Legislatura encuentra y declara que los costos de cumplimiento de este requisito serán triviales.

Section § 8901

Explanation

Esta sección define lo que significa 'declaración de impuestos sobre la renta' bajo esta parte de la ley. Incluye cualquier formulario de impuestos, declaraciones de impuestos estimados o solicitudes de reembolso exigidos por el IRS, así como cualquier enmienda o documento adicional que se presente con ellos, como anexos o adjuntos. Sin embargo, excluye específicamente las transcripciones del IRS y las notas de contadores de esta definición.

Para los fines de esta parte, "declaración de impuestos sobre la renta" significa cualquier declaración de impuestos o informativa, declaración de impuestos estimados o solicitud de reembolso exigida por, o prevista o permitida conforme a, las disposiciones del Código de Rentas Internas, y que se presenta en nombre de, o con respecto a, cualquier persona, y cualquier enmienda o suplemento a la misma, incluyendo anexos de apoyo, adjuntos o listas que sean suplementarios a, o parte de, la declaración así presentada. Para los fines de esta parte, una "declaración de impuestos sobre la renta" no incluye transcripciones del Servicio de Rentas Internas ni notas de contadores.

Section § 8902

Explanation

Esta ley exige que los candidatos a Gobernador de California presenten copias de sus declaraciones de impuestos sobre la renta de los últimos cinco años ante el Secretario de Estado. Deben hacerlo al menos 88 días antes de una elección general, o 60 días antes de una elección revocatoria. Si para entonces no han presentado la declaración de impuestos más reciente, deben entregarla dentro de los cinco días siguientes a su presentación ante el IRS. Esta norma no se aplica si no estaban obligados a presentar una declaración de impuestos en un año determinado.

(a)CA Elecciones Code § 8902(a) No obstante cualquier otra ley, el nombre de un candidato a Gobernador no se imprimirá en una boleta electoral, a menos que el candidato, al menos 88 días antes de la elección o, en el caso de una elección revocatoria, al menos 60 días antes de la elección revocatoria, presente ante el Secretario de Estado copias de cada declaración de impuestos sobre la renta que el candidato haya presentado ante el Servicio de Impuestos Internos en los cinco años fiscales más recientes, de conformidad con el procedimiento establecido en la Sección 8903.
(b)CA Elecciones Code § 8902(b) Si el candidato no ha presentado su declaración de impuestos sobre la renta ante el Servicio de Impuestos Internos para el año fiscal inmediatamente anterior a la elección, el candidato deberá presentar una copia de la declaración de impuestos sobre la renta ante el Secretario de Estado dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la declaración ante el Servicio de Impuestos Internos.
(c)CA Elecciones Code § 8902(c) El requisito de la subdivisión (a) no se aplica a ningún año en el que el candidato no estaba obligado a presentar su declaración de impuestos sobre la renta ante el Servicio de Impuestos Internos.

Section § 8903

Explanation

Esta ley exige que los candidatos presenten dos copias de sus declaraciones de impuestos al Secretario de Estado. Una copia debe ser idéntica a la presentada ante el IRS y no puede ser divulgada. La segunda copia debe ser redactada para eliminar información sensible como números de seguro social y direcciones particulares. Los candidatos también pueden optar por redactar información adicional, como los nombres de menores dependientes y direcciones comerciales. Estas copias redactadas deben presentarse antes de una fecha límite específica antes de la elección.

El Secretario de Estado revisa estas declaraciones redactadas para verificar su cumplimiento. Cualquier problema debe corregirse rápidamente, o el nombre del candidato no aparecerá en la boleta electoral. Los documentos redactados se hacen públicos en el sitio web del Secretario de Estado hasta que se finalicen los resultados de la elección. Las copias originales en papel deben destruirse después de la elección, a menos que un tribunal o una agencia gubernamental soliciten lo contrario.

(a)CA Elecciones Code § 8903(a) El candidato deberá presentar lo siguiente al Secretario de Estado:
(1)Copy CA Elecciones Code § 8903(a)(1)
(A)Copy CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A) Dos copias de cada declaración de impuestos requerida por la Sección 8902. Una copia de cada declaración de impuestos deberá ser idéntica a la versión presentada al Servicio de Impuestos Internos, sin redacciones, y no estará sujeta a divulgación conforme a esta sección. Una copia deberá ser idéntica a la versión presentada al Servicio de Impuestos Internos, pero deberá ser redactada conforme a este párrafo. Las declaraciones de impuestos deberán ser entregadas al Secretario de Estado en formato impreso a más tardar a las 5 p.m. del día 88 anterior a la elección o, en el caso de una elección revocatoria, a más tardar a las 5 p.m. del día 60 anterior a la elección revocatoria.
(B)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B) El candidato deberá redactar la siguiente información de la copia redactada de cada declaración de impuestos:
(i)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(i) Números de seguro social.
(ii)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(ii) Dirección particular.
(iii)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(iii) Número de teléfono.
(iv)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(iv) Dirección de correo electrónico.
(v)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(v) Información médica.
(vi)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(vi) Números de cuenta bancaria y números de ruta.
(vii)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(B)(vii) Número de identificación personal (PIN) del Servicio de Impuestos Internos.
(C)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(C) El candidato también podrá redactar la siguiente información de la copia redactada de cada declaración de impuestos:
(i)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(C)(i) Nombres de menores dependientes.
(ii)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(C)(ii) Número de identificación del empleador.
(iii)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(C)(iii) Direcciones comerciales.
(iv)CA Elecciones Code § 8903(a)(1)(A)(C)(iv) Número de identificación fiscal del preparador o contador, número de cliente, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico de los preparadores o contadores de declaraciones de impuestos remunerados.
(2)CA Elecciones Code § 8903(a)(2) Un formulario de consentimiento por escrito, firmado por el candidato, que otorgue al Secretario de Estado permiso para divulgar públicamente una versión de las declaraciones de impuestos del candidato redactadas conforme a esta sección. El Secretario de Estado preparará un formulario de consentimiento estándar consistente con este párrafo.
(b)CA Elecciones Code § 8903(b) El Secretario de Estado revisará la copia redactada de cada declaración de impuestos presentada por el candidato para asegurar que las redacciones cumplan con el inciso (a). Si el Secretario de Estado determina que el candidato ha redactado información distinta a la permitida por el inciso (a), o no ha redactado información que debía ser redactada por el inciso (a), el Secretario de Estado notificará al candidato cualquier deficiencia. El candidato deberá presentar copias impresas corregidas de la declaración de impuestos a más tardar a las 5:00 p.m. del día 78 anterior a la elección o, en el caso de una elección revocatoria, a más tardar a las 5 p.m. del día 57 anterior a la elección revocatoria. Si las copias impresas corregidas no se presentan a tiempo, el candidato no estará calificado para que su nombre sea incluido en la boleta electoral.
(c)Copy CA Elecciones Code § 8903(c)
(1)Copy CA Elecciones Code § 8903(c)(1) En el momento en que el Secretario de Estado emita la lista certificada de candidatos para la elección de acuerdo con la Sección 8120, el Secretario de Estado pondrá a disposición del público las copias redactadas de las declaraciones de impuestos en el sitio web del Secretario de Estado. Salvo lo dispuesto en el párrafo (2), el Secretario de Estado hará públicas las copias redactadas de las declaraciones de impuestos presentadas por el candidato conforme al inciso (a).
(2)CA Elecciones Code § 8903(c)(2) Si el candidato debe presentar una copia corregida de una declaración de impuestos conforme al inciso (b), el Secretario de Estado hará pública esa copia corregida.
(3)CA Elecciones Code § 8903(c)(3) Las declaraciones de impuestos redactadas deberán permanecer publicadas continuamente hasta que se complete el escrutinio oficial de la elección en la que un candidato sea elegido para el cargo, excepto que las declaraciones de impuestos de un candidato que participó en una elección primaria y que no fue nominado para participar en la elección general solo deberán publicarse hasta que se complete el escrutinio oficial de la elección primaria.
(4)CA Elecciones Code § 8903(c)(4) El Secretario de Estado conservará las copias en papel de las declaraciones de impuestos presentadas hasta la finalización del escrutinio oficial de la elección en la que un candidato sea elegido para el cargo. Posteriormente, las copias en papel de las declaraciones de impuestos presentadas deberán ser destruidas tan pronto como sea posible, a menos que el Secretario de Estado haya recibido una orden judicial, o una solicitud escrita legal de una agencia gubernamental estatal o federal, que le ordene al Secretario de Estado preservar las declaraciones de impuestos presentadas.