Section § 20000

Explanation

Esta sección de la ley se denomina Ley de Veracidad en los Patrocinios, la cual establece directrices o normas sobre cómo deben realizarse los patrocinios de manera veraz.

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como la Ley de Veracidad en los Patrocinios.

Section § 20001

Explanation

Esta sección explica que los partidos políticos son muy importantes en el sistema estadounidense y necesitan reglas sobre cómo se organizan y funcionan. Detalla la necesidad de tener convenciones y comités centrales a nivel estatal y de condado para los partidos que participan en las elecciones primarias. La ley también aborda problemas anteriores donde grupos de votantes han usado mal los nombres de los partidos, generando confusión sobre si los apoyos a candidatos provienen de los órganos oficiales del partido o de grupos privados. Subraya la importancia de proteger a los votantes de los apoyos políticos engañosos, de forma similar a cómo se les protege de la publicidad falsa.

La Legislatura por la presente constata lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 20001(1) Los principales partidos políticos se han convertido en una parte integral del sistema gubernamental estadounidense, lo que requiere la regulación de su estructura, órganos de gobierno y funciones por parte del gobierno estatal en interés público.
(2)CA Elecciones Code § 20001(2) La Legislatura ha considerado necesario y apropiado, en la regulación de los partidos políticos, crear y establecer, por ley, la convocatoria de convenciones estatales, comités centrales estatales y comités centrales de condado para los partidos legalmente calificados para participar en la elección primaria directa.
(3)CA Elecciones Code § 20001(3) Durante los varios años anteriores a la adopción de esta sección, organizaciones de electores que utilizaban como parte de sus nombres el nombre de un partido político calificado para participar en la elección primaria directa han respaldado a candidatos para la nominación de ese partido para cargos partidistas en la elección primaria directa y han publicitado y promulgado dichos respaldos de una manera que ha generado considerable duda y confusión pública sobre si los respaldos son de un grupo privado de ciudadanos o de un órgano de gobierno oficial de un partido político.
(4)CA Elecciones Code § 20001(4) El público votante tiene derecho a la protección legal contra el engaño en las campañas políticas de la misma manera y por las mismas razones que tiene derecho a la protección contra el engaño por parte de los anunciantes de productos comerciales.

Section § 20006

Explanation
Esta ley permite que un tribunal superior detenga rápidamente cualquier acción que infrinja ciertas reglas electorales si un votante registrado lo solicita. El tribunal puede emitir órdenes para evitar la difusión de información prohibida a través de diversos medios como la prensa escrita, la radio, la televisión o internet. Estos casos tienen prioridad en los tribunales para asegurar que se resuelvan con rapidez.

Section § 20007

Explanation

Esta ley establece que los candidatos no pueden afirmar que cuentan con el apoyo del comité central del condado o del estado de un partido político a menos que sea realmente cierto. Evita que los candidatos engañen a los votantes sugiriendo que tienen el apoyo de un grupo político con una asociación oficial de partido si en realidad no la tienen.

Sin embargo, los candidatos pueden decir que cuentan con el respaldo de un grupo de votantes vinculado a un partido diferente, siempre y cuando ese grupo muestre abiertamente su apoyo al candidato con su nombre. Si un candidato afirma falsamente dicho apoyo, los miembros de los comités partidistas afectados pueden emprender acciones legales para detener estas tergiversaciones.

Ningún candidato o comité en su nombre declarará, en relación con una campaña electoral, ya sea oralmente o en material de campaña, que el candidato cuenta con el apoyo de un comité u organización que incluya como parte de su nombre el nombre o cualquier variación del nombre de un partido político calificado al que el candidato no esté afiliado, junto con las palabras "comité del condado", "comité central", "condado", o cualquier otro término que pueda tender a inducir a error a los votantes haciéndoles creer que el candidato cuenta con el apoyo del comité central del condado o del comité central estatal de dicho partido, cuando no sea así.
Esta sección no se interpretará para impedir que un candidato o comité declare que el candidato cuenta con el apoyo de un comité o grupo de votantes afiliados a otro partido político, cuyo comité o grupo se identifique por el nombre de dicho partido, cuando el nombre del comité o grupo también incluya el nombre del candidato.
Cualquier miembro de un comité central del condado o de un comité central estatal podrá iniciar una acción en el tribunal superior para prohibir la tergiversación por parte de un candidato o comité en su nombre, de la manera prohibida por esta sección, en el sentido de que el candidato cuenta con el apoyo del comité central estatal o del condado involucrado.

Section § 20008

Explanation

Esta ley exige que cualquier anuncio político pagado en un periódico que mencione una elección o un candidato debe incluir la etiqueta clara “Anuncio Político Pagado.” Esta etiqueta debe imprimirse de forma destacada, en un tamaño que sea la mitad del tamaño del texto principal o al menos en una fuente de 10 puntos, lo que sea mayor. La norma se aplica específicamente a los anuncios pagados para apoyar u oponerse a un candidato que se postula para un cargo estatal o local.

Cualquier anuncio político pagado que se refiera a una elección o a cualquier candidato para un cargo electivo estatal o local y que esté contenido en o se distribuya con un periódico, deberá llevar en cada superficie o página del mismo, en un tipo o letra al menos la mitad de grande que el tipo o letra del anuncio o en tipo romano de 10 puntos, lo que sea mayor, las palabras “Anuncio Político Pagado.” Las palabras deberán estar separadas de cualquier otro material impreso.
Tal como se usa en esta sección, “anuncio político pagado” significará y se limitará a, declaraciones publicadas pagadas por anunciantes con el propósito de apoyar o derrotar a cualquier persona que se haya postulado para un cargo electivo estatal o local.

Section § 20009

Explanation

Esta ley exige que cualquier boleta o guía para el votante falsa indique claramente que no es oficial. Deben incluir un aviso, exhibido de manera destacada, que diga que no son oficiales y que nombre a quien las creó. Este requisito no se aplica a los editoriales de periódicos o revistas regulares, a menos que sean anuncios políticos pagados.

Estos materiales falsos tampoco pueden usar sellos o logotipos oficiales del gobierno. Si alguien viola esta norma, un votante registrado puede pedir a un tribunal que bloquee la distribución de los materiales engañosos mediante una orden legal temporal o permanente, y estos casos tienen prioridad para una resolución rápida.

(a)CA Elecciones Code § 20009(a) Toda boleta simulada o guía de información para el votante del condado simulada deberá llevar en cada superficie o página de la misma, en un tipo o letra al menos la mitad de grande que el tipo o letra de la declaración o palabras o en tipo romano de 10 puntos, lo que sea mayor, en un recuadro impreso o dibujado y separado de cualquier otra materia impresa, la siguiente declaración:
“AVISO A LOS VOTANTES
“(Requerido por la Ley)
“Esto no es una boleta oficial ni una guía oficial de información para el votante del condado preparada por el funcionario electoral del condado o el Secretario de Estado.
“Esto es una boleta no oficial, marcada, preparada por ____ (inserte el nombre y la dirección de la persona u organización responsable de su preparación).”
Esta sección no se interpretará como que requiere este aviso en cualquier editorial u otra declaración que aparezca en un periódico o revista de publicación regular que no sea un anuncio político pagado.
(b)CA Elecciones Code § 20009(b) Una boleta simulada o guía de información para el votante del condado simulada a la que se refiere el apartado (a) no deberá llevar un sello oficial o la insignia de una entidad pública, y ese sello o insignia no deberá aparecer en el sobre en el que se envíe por correo o se entregue de otra manera.
(c)CA Elecciones Code § 20009(c) El tribunal superior, en un caso presentado ante él por un votante registrado, podrá emitir una orden de restricción o interdicto temporal o permanente contra la publicación, impresión, circulación, fijación o distribución de cualquier material en violación de esta sección, y todos los casos de esta naturaleza tendrán una posición preferente a efectos de juicio y apelación, a fin de asegurar la pronta resolución de los casos de esta naturaleza.

Section § 20010

Explanation

Esta sección de la ley de California prohíbe crear o compartir materiales de campaña con imágenes alteradas para engañar a los votantes, a menos que se etiqueten claramente las imágenes como inexactas. Por 'malicia real' se entiende el uso consciente de imágenes falsas o la indiferencia ante su naturaleza engañosa. Si dichos materiales infringen esta ley, cualquier votante registrado puede solicitar una orden judicial para detenerlos, y los candidatos retratados falsamente pueden demandar por daños y perjuicios. Las excepciones incluyen a las empresas de medios bajo la ley federal y las publicaciones periódicas regulares que no tienen como propósito principal los anuncios de campaña. Esta ley entrará en vigor el 1 de enero de 2027.

(a)CA Elecciones Code § 20010(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), ninguna persona, empresa, asociación, corporación, comité de campaña u organización deberá, con malicia real, producir, distribuir, publicar o difundir material de campaña que contenga (1) una imagen o fotografía de una persona o personas en la que se superpone la imagen de un candidato a un cargo público o (2) una imagen o fotografía de un candidato a un cargo público en la que se superpone la imagen de otra persona o personas. Por "material de campaña" se entiende, entre otros, cualquier material impreso, anuncio en un periódico u otra publicación periódica, anuncio televisivo o imagen informática. A los efectos de esta sección, "malicia real" significa el conocimiento de que la imagen de una persona ha sido superpuesta en una imagen o fotografía para crear una falsa representación, o un desprecio imprudente de si la imagen de una persona ha sido o no superpuesta en una imagen o fotografía para crear una falsa representación.
(b)CA Elecciones Code § 20010(b) Una persona, empresa, asociación, corporación, comité de campaña u organización podrá producir, distribuir, publicar o difundir material de campaña que contenga una imagen o fotografía prohibida por la subdivisión (a) solo si cada imagen o fotografía en el material de campaña incluye la siguiente declaración en el mismo tamaño de fuente que el tamaño de fuente más grande utilizado en cualquier otra parte del material de campaña: "Esta imagen no es una representación precisa de la realidad." La declaración deberá estar inmediatamente adyacente a cada imagen o fotografía prohibida por la subdivisión (a).
(c)Copy CA Elecciones Code § 20010(c)
(1)Copy CA Elecciones Code § 20010(c)(1) Cualquier votante registrado podrá solicitar una orden de restricción temporal y un mandato judicial que prohíba la publicación, distribución o difusión de cualquier material de campaña en violación de esta sección. Al presentar una petición bajo esta sección, el demandante podrá obtener una orden de restricción temporal de conformidad con la Sección 527 del Código de Procedimiento Civil.
(2)CA Elecciones Code § 20010(c)(2) Un candidato a un cargo público cuya imagen aparezca en una imagen o fotografía prohibida por la subdivisión (a) podrá interponer una acción civil contra cualquier persona, empresa, asociación, corporación, comité de campaña u organización que haya producido, distribuido, publicado o difundido la imagen o fotografía prohibida por la subdivisión (a). El tribunal podrá otorgar indemnización por daños y perjuicios por un monto igual al costo de producir, distribuir, publicar o difundir el material de campaña que violó esta sección, además de los honorarios de abogados y costas razonables.
(d)Copy CA Elecciones Code § 20010(d)
(1)Copy CA Elecciones Code § 20010(d)(1) Esta sección no se aplica a un titular de una licencia otorgada de conformidad con la Ley Federal de Comunicaciones de 1934 (47 U.S.C. Sec. 151 y ss.) en el desempeño de las funciones para las cuales se otorga la licencia.
(2)CA Elecciones Code § 20010(d)(2) Esta sección no se aplica al editor o a un empleado de un periódico, revista u otra publicación periódica que se publique de forma regular para cualquier material publicado en ese periódico, revista u otra publicación periódica. A los efectos de esta subdivisión, un "periódico, revista u otra publicación periódica que se publique de forma regular" no incluye ningún periódico, revista u otra publicación periódica cuyo propósito principal sea la publicación de publicidad o comunicación de campaña, según se define en la Sección 304.
(e)CA Elecciones Code § 20010(e) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2027.

Section § 20012

Explanation

Esta ley aborda el uso y la distribución de medios engañosos, específicamente los deepfakes, en las elecciones de California. Su objetivo es proteger la integridad de las elecciones evitando la distribución de imágenes, audio o videos falsos que puedan engañar a los votantes sobre candidatos, funcionarios o el proceso de votación. Durante un período establecido alrededor de las elecciones, es ilegal distribuir contenido engañoso con mala intención que pueda dañar la reputación de un candidato o socavar los resultados electorales. Existen excepciones para la sátira, la parodia y ciertos medios con las divulgaciones adecuadas. Las violaciones pueden dar lugar a acciones legales, incluyendo el pago de honorarios de abogados. Las estaciones de radiodifusión y las publicaciones deben asegurarse de que las divulgaciones claras acompañen cualquier contenido engañoso, y los servicios informáticos interactivos tienen responsabilidad limitada. La ley establece definiciones estrictas para términos como 'contenido materialmente engañoso' y detalla los requisitos para las divulgaciones en los medios.

(a)CA Elecciones Code § 20012(a) La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 20012(a)(1) California está entrando en su primera elección con inteligencia artificial (IA), en la que la desinformación impulsada por la IA generativa contaminará nuestros ecosistemas de información como nunca antes. Los votantes no sabrán en qué imágenes, audio o video pueden confiar.
(2)CA Elecciones Code § 20012(a)(2) Con unos pocos clics, utilizando la tecnología actual, los actores malintencionados ahora tienen el poder de crear una imagen falsa de un candidato aceptando un soborno, o un video falso de un funcionario electoral "captado en cinta" diciendo que las máquinas de votación no son seguras, o generar una llamada automática artificial con la voz del Gobernador diciendo a millones de californianos que su lugar de votación ha cambiado.
(3)CA Elecciones Code § 20012(a)(3) En el período previo a las elecciones presidenciales de 2024, los candidatos y partidos ya están creando y distribuyendo imágenes, audio y contenido de video deepfake. Estas imágenes o archivos falsos pueden distorsionar los resultados electorales, incluso si utilizan métodos de distribución más antiguos, como el correo, la televisión, el teléfono y los mensajes de texto, y socavar la confianza en el proceso de recuento de votos.
(4)CA Elecciones Code § 20012(a)(4) Para garantizar que las elecciones de California sean libres y justas, California debe, por un tiempo limitado antes y después de las elecciones, evitar el uso de deepfakes y desinformación destinados a impedir que los votantes voten y a engañar a los votantes basándose en contenido fraudulento. Las disposiciones de este proyecto de ley están diseñadas específicamente para promover el interés apremiante de California en proteger las elecciones libres y justas.
(5)CA Elecciones Code § 20012(a)(5) La información de etiquetado requerida por este proyecto de ley está diseñada específicamente para proporcionar a los consumidores información fáctica sobre la falta de autenticidad de imágenes, audio, video o contenido de texto particulares con el fin de evitar el engaño al consumidor.
(b)Copy CA Elecciones Code § 20012(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 20012(b)(1) Una persona, comité u otra entidad no deberá, durante el período de tiempo establecido en el inciso (c), con malicia, distribuir a sabiendas un anuncio u otra comunicación electoral que contenga contenido materialmente engañoso de cualquiera de los siguientes:
(A)CA Elecciones Code § 20012(b)(1)(A) Un candidato para cualquier cargo federal, estatal o local elegido en California retratado haciendo o diciendo algo que el candidato no hizo o dijo si es razonablemente probable que el contenido dañe la reputación o las perspectivas electorales de un candidato.
(i)CA Elecciones Code § 20012(i) Para los fines del subpárrafo (A), "candidato para cualquier cargo federal, estatal o local elegido" incluye a cualquier persona que se postule para el cargo de Presidente de los Estados Unidos o Vicepresidente de los Estados Unidos que busque o aparezca en una boleta emitida en California.
(B)CA Elecciones Code § 20012(i)(B) Un funcionario electoral retratado haciendo o diciendo algo en relación con una elección en California que el funcionario electoral no hizo o dijo si es razonablemente probable que el contenido socave falsamente la confianza en el resultado de una o más contiendas electorales.
(C)CA Elecciones Code § 20012(i)(C) Un funcionario electo retratado haciendo o diciendo algo en relación con una elección en California que el funcionario electo no hizo o dijo si es razonablemente probable que el contenido dañe la reputación o las perspectivas electorales de un candidato o es razonablemente probable que socave falsamente la confianza en el resultado de una o más contiendas electorales.
(D)CA Elecciones Code § 20012(i)(D) Una máquina de votación, boleta, lugar de votación u otra propiedad o equipo relacionado con una elección en California retratado de manera materialmente falsa si es razonablemente probable que el contenido socave falsamente la confianza en el resultado de una o más contiendas electorales.
(2)CA Elecciones Code § 20012(i)(2) No obstante el subpárrafo (A) del párrafo (1), esta sección no se aplica a un candidato que se retrata a sí mismo haciendo o diciendo algo que el candidato no hizo o dijo si el contenido incluye una divulgación que dice "Este ____ ha sido manipulado." y cumple con los siguientes requisitos:
(A)CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(A) El espacio en blanco en la divulgación requerida por el párrafo (2) se llenará con el término que describa con mayor precisión el medio:
(i)CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(A)(i) Imagen.
(ii)CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(A)(ii) Audio.
(iii)CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(A)(iii) Video.
(B)Copy CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(B)
(i)Copy CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(B)(i) Para medios visuales, el texto de la divulgación aparecerá en un tamaño que sea fácilmente legible por el espectador promedio y no menor que el tamaño de fuente más grande de otro texto que aparezca en los medios visuales. Si los medios visuales no incluyen ningún otro texto, la divulgación aparecerá en un tamaño que sea fácilmente legible por el espectador promedio. Para medios visuales que son video, la divulgación aparecerá durante la duración del video.
(ii)CA Elecciones Code § 20012(i)(2)(B)(i)(ii) Si el medio consiste solo en audio, la divulgación se leerá de manera clara y con un tono que pueda ser fácilmente escuchado por el oyente promedio, al principio del audio, al final del audio y, si el audio tiene una duración superior a dos minutos, intercalada dentro del audio a intervalos no superiores a dos minutos cada uno.
(3)CA Elecciones Code § 20012(i)(3) No obstante el párrafo (1), esta sección no se aplica a un anuncio u otra comunicación electoral que contenga contenido materialmente engañoso que constituya sátira o parodia si la comunicación incluye una divulgación que dice "Este ____ ha sido manipulado con fines de sátira o parodia." La divulgación deberá cumplir con los requisitos establecidos en los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (2).
(4)Copy CA Elecciones Code § 20012(i)(4)
(A)Copy CA Elecciones Code § 20012(i)(4)(A) Una persona, comité u otra entidad no deberá, durante el período de tiempo establecido en el inciso (c), hacer ninguna de las siguientes acciones:
(i)CA Elecciones Code § 20012(i)(4)(A)(i) Eliminar cualquier divulgación requerida por el párrafo (2) o (3).
(ii)CA Elecciones Code § 20012(i)(4)(A)(ii) Republicar a sabiendas cualquier contenido sujeto al párrafo (2) o (3) sin la divulgación requerida.
(B)CA Elecciones Code § 20012(i)(4)(A)(B) Una violación del subpárrafo (A) es evidencia de intención de distribuir a sabiendas un anuncio u otra comunicación electoral que contenga contenido materialmente engañoso, según lo prohibido por el párrafo (1).
(c)CA Elecciones Code § 20012(c) La prohibición del inciso (b) se aplica solo durante los siguientes períodos de tiempo:
(1)CA Elecciones Code § 20012(c)(1) Ciento veinte días antes de cualquier elección en California.
(2)CA Elecciones Code § 20012(c)(2) Para las personas y elementos establecidos en los subpárrafos (B) y (D) del párrafo (1) del inciso (b), 120 días antes de cualquier elección en California hasta 60 días después de la elección, inclusive.
(d)Copy CA Elecciones Code § 20012(d)
(1)Copy CA Elecciones Code § 20012(d)(1) Un receptor de contenido materialmente engañoso distribuido en violación de esta sección, un candidato o comité que participe en la elección, o un funcionario electoral puede solicitar una medida cautelar u otra reparación equitativa que prohíba la distribución del contenido materialmente engañoso en violación de esta sección. El tribunal también otorgará al demandante vencedor honorarios de abogado y costos razonables. Una acción bajo este párrafo tendrá preferencia de acuerdo con la Sección 35 del Código de Procedimiento Civil.
(2)Copy CA Elecciones Code § 20012(d)(2)
(A)Copy CA Elecciones Code § 20012(d)(2)(A) Un receptor de contenido materialmente engañoso distribuido en violación de esta sección, un candidato o comité que participe en la elección, o un funcionario electoral puede presentar una acción por daños generales o especiales contra la persona, comité u otra entidad que distribuyó o republicó el contenido materialmente engañoso en violación de esta sección. El tribunal también otorgará a la parte vencedora honorarios de abogado y costos razonables. Este inciso no se interpretará para limitar o excluir a un demandante de obtener o recuperar cualquier otro recurso disponible por ley o equidad.
(B)CA Elecciones Code § 20012(d)(2)(A)(B) Este párrafo no se aplica a una estación de radiodifusión o sitio web de internet que distribuyó el contenido materialmente engañoso si la estación de radiodifusión o el sitio web de internet no crearon el contenido.
(3)CA Elecciones Code § 20012(d)(3) En cualquier acción civil que alegue una violación de esta sección, el demandante tendrá la carga de establecer la violación mediante pruebas claras y convincentes.
(e)Copy CA Elecciones Code § 20012(e)
(1)Copy CA Elecciones Code § 20012(e)(1) Esta sección no se aplica a una estación de radiodifusión que transmita cualquier contenido materialmente engañoso prohibido por esta sección como parte de un noticiero de buena fe, entrevista de noticias, documental de noticias, comentario de interés general o cobertura en el lugar de eventos noticiosos de buena fe, si la transmisión reconoce claramente a través del contenido o una divulgación, de una manera que pueda ser fácilmente escuchada o leída por el oyente o espectador promedio, que el contenido materialmente engañoso no representa con precisión ningún evento, ocurrencia, aparición, discurso o conducta expresiva real.
(2)CA Elecciones Code § 20012(e)(2) Esta sección no se aplica a una estación de radiodifusión cuando se le paga para transmitir contenido materialmente engañoso y existe alguna de las siguientes circunstancias:
(A)CA Elecciones Code § 20012(e)(2)(A) La estación de radiodifusión puede demostrar que tiene requisitos de prohibición y exención de responsabilidad que son consistentes con los requisitos de esta sección y que ha proporcionado esos requisitos de prohibición y exención de responsabilidad a cada persona o entidad que compró el anuncio.
(B)CA Elecciones Code § 20012(e)(2)(B) La ley federal requiere que la estación de radiodifusión transmita anuncios de candidatos legalmente calificados o prohíbe que la estación de radiodifusión censure o altere el mensaje.
(3)CA Elecciones Code § 20012(e)(3) Esta sección no se aplica a un periódico, revista u otra publicación periódica de circulación general publicada regularmente, incluida una publicación de internet o electrónica, que habitualmente publica noticias y comentarios de interés general, y que publica cualquier contenido materialmente engañoso prohibido por esta sección, si la publicación declara claramente que el contenido materialmente engañoso no representa con precisión ningún evento, ocurrencia, aparición, discurso o conducta expresiva real.
(4)CA Elecciones Code § 20012(e)(4) Esta sección no impone responsabilidad a un servicio informático interactivo, según se define en la Sección 230(f)(2) del Título 47 del Código de los Estados Unidos.
(f)CA Elecciones Code § 20012(f) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Elecciones Code § 20012(f)(1) "Anuncio" significa cualquier comunicación general o pública que esté autorizada o pagada con el propósito de apoyar u oponerse a un candidato para un cargo electivo en California o una medida electoral que aparezca en una boleta emitida en California y que se transmita por o a través de televisión, radio, teléfono o texto, se distribuya a través de internet o se difunda por medios impresos, incluidos vallas publicitarias, vallas publicitarias o pantallas de video y otros tipos similares de publicidad.
(2)CA Elecciones Code § 20012(f)(2)¢Estación de radiodifusión" significa una estación de radio o televisión, incluyendo cualquiera de las siguientes:
(i)CA Elecciones Code § 20012(f)(2)(i) Operador, programador o productor de cable.
(ii)CA Elecciones Code § 20012(f)(2)(ii) Operador, programador o productor de servicio de streaming.
(iii)CA Elecciones Code § 20012(f)(2)(iii) Operador, programador o productor de televisión por satélite directa al hogar.
(3)CA Elecciones Code § 20012(f)(3) "Comité" significa un comité según se define en la Sección 82013 del Código de Gobierno.
(4)CA Elecciones Code § 20012(f)(4) "Deepfake" significa medios de audio o visuales que se crean o modifican digitalmente de tal manera que, para una persona razonable, parecerían falsamente ser un registro auténtico del discurso o la conducta real del individuo representado en los medios.
(5)CA Elecciones Code § 20012(f)(5) "Comunicación electoral" significa cualquier comunicación general o pública no cubierta bajo "anuncio" que se transmita por o a través de televisión, radio, teléfono o texto, se distribuya a través de internet o se difunda por medios impresos, incluidos vallas publicitarias, vallas publicitarias o pantallas de video y otros tipos similares de comunicaciones, que se refiera a cualquiera de los siguientes:
(A)CA Elecciones Code § 20012(f)(5)(A) Un candidato a un cargo o una medida electoral.
(B)CA Elecciones Code § 20012(f)(5)(B) Votar o abstenerse de votar en una elección.
(C)CA Elecciones Code § 20012(f)(5)(C) El escrutinio de los votos.
(6)CA Elecciones Code § 20012(f)(6) "Funcionario electoral" significa cualquiera de las siguientes personas, pero solo en su capacidad como persona encargada de celebrar o llevar a cabo una elección, realizar un escrutinio, ayudar en la celebración o realización de una elección o un escrutinio, o desempeñar otra función relacionada con la administración de las disposiciones del Código Electoral:
(i)CA Elecciones Code § 20012(f)(6)(i) Un funcionario electoral según se define en la Sección 320.
(ii)CA Elecciones Code § 20012(f)(6)(ii) El Secretario de Estado y su personal.
(iii)CA Elecciones Code § 20012(f)(6)(iii) Un trabajador temporal, trabajador electoral o miembro de una junta de precinto.
(iv)CA Elecciones Code § 20012(f)(6)(iv) Cualquier otra persona encargada de celebrar o llevar a cabo una elección, realizar un escrutinio, ayudar en la celebración o realización de una elección o un escrutinio, o desempeñar otra función relacionada con la administración de las disposiciones del Código Electoral.
(7)CA Elecciones Code § 20012(f)(7) "Malicia" significa que la persona, comité u otra entidad distribuyó los medios de audio o visuales sabiendo que el contenido materialmente engañoso era falso o con un desprecio imprudente por la verdad.
(8)Copy CA Elecciones Code § 20012(f)(8)
(A)Copy CA Elecciones Code § 20012(f)(8)(A) "Contenido materialmente engañoso" significa medios de audio o visuales que se crean o modifican digitalmente de forma intencionada, lo que incluye, entre otros, los deepfakes, de tal manera que el contenido parecería falsamente a una persona razonable ser un registro auténtico del contenido representado en los medios.
(B)CA Elecciones Code § 20012(f)(8)(A)(B) "Contenido materialmente engañoso" no incluye ningún medio de audio o visual que contenga solo modificaciones menores que no cambien significativamente el contenido o significado percibido del contenido. Los cambios menores incluyen cambios en el brillo o contraste de las imágenes, la eliminación del ruido de fondo en el audio y otros cambios menores que no afectan el contenido de los medios de audio o visuales.
(9)CA Elecciones Code § 20012(f)(9) "Receptor" incluye a una persona que ve, escucha o percibe de otra manera una imagen o un archivo de audio o video que fue distribuido inicialmente en violación de esta sección.
(g)CA Elecciones Code § 20012(g) Las disposiciones de esta sección se aplican independientemente del idioma utilizado en el anuncio o la solicitud. Si el idioma utilizado no es inglés, la divulgación requerida por el párrafo (2) del inciso (b) deberá aparecer en el idioma utilizado en el anuncio o la solicitud.
(h)CA Elecciones Code § 20012(h) Las disposiciones de esta sección son separables. Si alguna disposición de esta sección o su aplicación se considera inválida, esa invalidez no afectará otras disposiciones o aplicaciones que puedan tener efecto sin la disposición o aplicación inválida.