Section § 2700

Explanation

La ley exige que el Secretario de Estado cree un Comité Asesor de Accesibilidad Electoral para Nativos Americanos con el fin de mejorar la accesibilidad de las elecciones para los votantes nativos americanos. Este comité asesora sobre la accesibilidad de los materiales electorales, los anuncios públicos, el registro de votantes y la contratación de trabajadores electorales nativos americanos. Los miembros deben tener experiencia en derechos de voto o ser funcionarios electorales. No recibirán remuneración, pero se les cubrirán los gastos necesarios.

Las funciones del comité incluyen promover el lenguaje sencillo en los materiales electorales, asesorar sobre asistencia lingüística, asegurar la accesibilidad de los materiales electorales, recomendar capacitación para los trabajadores electorales y formar subcomités para una participación más profunda.

(a)CA Elecciones Code § 2700(a) El Secretario de Estado establecerá un Comité Asesor de Accesibilidad Electoral para Nativos Americanos. El Secretario de Estado consultará con el comité para considerar sus recomendaciones relacionadas con la mejora de la accesibilidad de las elecciones para los votantes nativos americanos. El Secretario de Estado podrá implementar las recomendaciones del comité según corresponda.
(b)CA Elecciones Code § 2700(b) El comité estará compuesto por el Secretario de Estado, los designados del Secretario de Estado y miembros adicionales nombrados por el Secretario de Estado. Cada miembro nombrado deberá tener experiencia demostrada en derechos de voto o ser un funcionario electoral del condado.
(c)CA Elecciones Code § 2700(c) El comité actuará en calidad de asesor del Secretario de Estado y realizará todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 2700(c)(1) Establecer directrices para llegar al mayor número posible de votantes nativos americanos.
(2)CA Elecciones Code § 2700(c)(2) Hacer recomendaciones para mejorar la disponibilidad y accesibilidad de los materiales electorales, incluyendo, entre otros, las guías de información para votantes estatales, las guías de información para votantes del condado y las boletas de voto por correo, y su entrega en formato impreso o alternativo a los votantes nativos americanos.
(3)CA Elecciones Code § 2700(c)(3) Hacer recomendaciones para la distribución de anuncios de servicio público que identifiquen la disponibilidad de materiales electorales para los votantes nativos americanos con al menos 45 días de antelación a cualquier elección federal, estatal y local.
(4)CA Elecciones Code § 2700(c)(4) Promover entre los votantes nativos americanos la línea telefónica gratuita de registro de votantes del Secretario de Estado para los ciudadanos que necesiten información sobre el registro de votantes.
(5)CA Elecciones Code § 2700(c)(5) Hacer recomendaciones para proporcionar a los votantes nativos americanos información sobre el registro de votantes y los procesos de votación, y los derechos de voto.
(6)CA Elecciones Code § 2700(c)(6) Hacer recomendaciones para mejorar el reclutamiento de trabajadores electorales nativos americanos.
(7)CA Elecciones Code § 2700(c)(7) Establecer subcomités para ampliar el alcance y los propósitos del comité en lo que respecta a la mejora de los servicios y el acceso de los votantes nativos americanos.
(8)CA Elecciones Code § 2700(c)(8) Hacer recomendaciones para proporcionar información y servicios a los votantes nativos americanos en relación con la asistencia lingüística.
(9)CA Elecciones Code § 2700(c)(9) Promover el uso de lenguaje sencillo y formatos alternativos para los materiales electorales distribuidos a los votantes nativos americanos.
(10)CA Elecciones Code § 2700(c)(10) Hacer recomendaciones para materiales de capacitación de trabajadores electorales sobre cuestiones relacionadas con el servicio a los votantes nativos americanos.
(d)CA Elecciones Code § 2700(d) Un miembro no recibirá compensación, pero cada miembro será reembolsado por sus gastos razonables y necesarios en relación con el servicio en el comité.