Cualquier votante que haya presentado una solicitud para el puesto de, y haya sido nombrado miembro de la mesa electoral y que, sin ser excusado por el funcionario electoral del condado, a sabiendas no cumpla con sus funciones como miembro de la mesa electoral, es culpable de un delito menor punible con una multa que no exceda los cien dólares ($100).
Chapter 8
Section § 18700
Esta ley establece que si un votante solicita y es nombrado miembro de una mesa electoral, pero luego deliberadamente no cumple con su función sin ser excusado por el funcionario electoral del condado, puede ser acusado de un delito menor. Esta infracción podría resultar en una multa de hasta $100.
responsabilidad del votante miembro de la mesa electoral nombramiento deber electoral pena por delito menor ausencia injustificada funcionario electoral del condado incumplimiento de servicio solicitud de puesto multa de hasta $100 omisión deliberada deberes del día de las elecciones