Section § 17600

Explanation

Esta sección define términos específicos relacionados con la tecnología de votación utilizada en las elecciones. Una "imagen de boleta" es una copia digital de una boleta generada en una máquina de votación. La "tecnología de votación certificada" se refiere a todos los sistemas electorales aprobados por el Secretario de Estado, incluyendo el hardware y software asociados. La "cadena de custodia" rastrea quién maneja la tecnología de votación y cuándo. Los "datos electrónicos" incluyen software y registros relacionados con la tecnología de votación. El "fin del ciclo de vida" implica borrar de forma segura todos los datos de la tecnología de votación, dejándola inoperativa. Un "HASH" es una huella digital utilizada para verificar la autenticidad del software. El "ciclo de vida" abarca todo el período desde que la tecnología de votación es certificada hasta que se borra por completo y se desmantela.

Para los fines de este capítulo, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Elecciones Code § 17600(a) “Imagen de boleta” significa una imagen de una boleta capturada o generada electrónicamente que se crea en un dispositivo o máquina de votación, la cual contiene una lista de contiendas en la boleta, puede contener las selecciones del votante para esas contiendas y cumple con los requisitos de diseño de la boleta.
(b)CA Elecciones Code § 17600(b) “Tecnología de votación certificada” significa cualquier tecnología de votación certificada por el Secretario de Estado, incluyendo sistemas de votación, sistemas de impresión de boletas bajo demanda, sistemas de registro electrónico de votantes o sistemas de adjudicación, y el hardware, firmware, software, propiedad intelectual propietaria que contengan, cualquier componente y cualquier producto que generen, incluyendo boletas, imágenes de boletas, informes, registros, registros de votos emitidos o datos electrónicos.
(c)CA Elecciones Code § 17600(c) “Cadena de custodia” significa un proceso utilizado para rastrear el movimiento y control de la tecnología de votación certificada, según se define en el apartado (b), a lo largo de su ciclo de vida, documentando a cada persona y organización que maneja la tecnología de votación certificada, la fecha y hora en que fue recolectada o transferida, y el propósito de la transferencia. Una interrupción en la cadena de custodia se refiere a un período durante el cual el control de la tecnología de votación certificada es incierto y durante el cual las acciones tomadas sobre la tecnología de votación certificada no están contabilizadas o no están confirmadas.
(d)CA Elecciones Code § 17600(d) “Datos electrónicos” incluye software de tecnología de votación, sistemas operativos, bases de datos, firmware, controladores y registros.
(e)CA Elecciones Code § 17600(e) “Fin del ciclo de vida” significa la eliminación o borrado seguro de la tecnología de votación certificada para que no quede software, firmware o datos en el equipo y este se convierta en una pieza de hardware inoperativa.
(f)CA Elecciones Code § 17600(f) “HASH” significa un algoritmo matemático utilizado para crear una huella digital de un programa de software, que se utiliza para validar que el software es idéntico al original.
(g)CA Elecciones Code § 17600(g) “Ciclo de vida” de la tecnología de votación certificada significa el ciclo de vida completo de la tecnología de votación certificada desde el momento de la certificación y la creación de la compilación de confianza hasta el fin del ciclo de vida de la tecnología de votación certificada.

Section § 17601

Explanation

Esta ley trata sobre el manejo de datos electrónicos para ciertas elecciones de alto perfil, como la votación para Presidente, Vicepresidente y miembros del Congreso. Después de estas elecciones, todos los datos electrónicos relacionados con los sistemas de votación deben ser almacenados sin cambios por los funcionarios electorales durante 22 meses. Esto incluye datos como imágenes de boletas, datos del sistema de votación y datos de votación a distancia.

Si no hay impugnaciones electorales o casos penales sobre fraude electoral dentro de este plazo, los datos almacenados pueden ser destruidos. El propósito es asegurar que los datos estén disponibles si surgen preguntas sobre la elección.

(a)CA Elecciones Code § 17601(a) Las siguientes disposiciones se aplicarán a aquellas elecciones en las que se vota por candidatos para uno o más de los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Senador de los Estados Unidos y Representante de los Estados Unidos.
(b)CA Elecciones Code § 17601(b) Los datos siguientes serán conservados por el funcionario electoral, en medios electrónicos, almacenados y sin alterar, durante 22 meses a partir de la fecha de la elección:
(1)CA Elecciones Code § 17601(b)(1) Todos los datos electrónicos del sistema de votación.
(2)CA Elecciones Code § 17601(b)(2) Todos los datos electrónicos del sistema de boletas a pedido, si corresponde.
(3)CA Elecciones Code § 17601(b)(3) Todos los datos electrónicos de adjudicación.
(4)CA Elecciones Code § 17601(b)(4) Todos los datos electrónicos del sistema de votación por correo accesible a distancia, si corresponde.
(5)CA Elecciones Code § 17601(b)(5) Todos los datos electrónicos del libro de registro de votantes electrónico, si corresponde.
(6)CA Elecciones Code § 17601(b)(6) Valores HASH obtenidos de los dispositivos de tecnología de votación, si corresponde.
(7)CA Elecciones Code § 17601(b)(7) Imágenes de todas las boletas.
(c)CA Elecciones Code § 17601(c) Si no se inicia una impugnación dentro del período de 22 meses, o si no se inicia un proceso penal que implique el uso fraudulento, el uso del sistema de recuento de boletas para marcar o falsificar boletas, o la manipulación del sistema de recuento de boletas, dentro del período de 22 meses, cualquiera de los cuales puede implicar el recuento de votos del precinto del que se recibieron las boletas votadas, el funcionario electoral ordenará la destrucción de las copias de seguridad.

Section § 17602

Explanation

Esta ley establece las reglas para el manejo de datos electrónicos en ciertas elecciones estatales o locales, siempre y cuando los candidatos federales no estén en la misma boleta. Exige que los funcionarios electorales almacenen tipos específicos de datos electrónicos, como los del sistema de votación y las imágenes de las boletas, sin alterar durante seis meses. Si no se inicia una impugnación electoral o un proceso por fraude relacionado dentro de este período, estos datos pueden ser destruidos. Los datos incluyen padrones electorales electrónicos, sistemas de boletas a pedido y más.

(a)CA Elecciones Code § 17602(a) Las siguientes disposiciones se aplicarán a todas las elecciones estatales o locales no previstas en el apartado (a) de la Sección 17601. Una elección no se considera una elección estatal o local si se pueden emitir votos para candidatos a cargos federales en la misma boleta que los votos para candidatos a cargos estatales o locales.
(b)CA Elecciones Code § 17602(b) Los siguientes datos deberán ser conservados por el funcionario electoral, en medios electrónicos, almacenados y sin alterar, durante seis meses a partir de la fecha de la elección:
(1)CA Elecciones Code § 17602(b)(1) Todos los datos electrónicos del sistema de votación.
(2)CA Elecciones Code § 17602(b)(2) Todos los datos electrónicos del sistema de boletas a pedido, si corresponde.
(3)CA Elecciones Code § 17602(b)(3) Todos los datos electrónicos de adjudicación.
(4)CA Elecciones Code § 17602(b)(4) Todos los datos electrónicos del sistema de votación por correo accesible a distancia, si corresponde.
(5)CA Elecciones Code § 17602(b)(5) Todos los datos electrónicos del padrón electoral electrónico, si corresponde.
(6)CA Elecciones Code § 17602(b)(6) Valores HASH obtenidos de los dispositivos de tecnología de votación, si corresponde.
(7)CA Elecciones Code § 17602(b)(7) Todas las imágenes de boletas, si corresponde.
(c)CA Elecciones Code § 17602(c) Si no se inicia una impugnación dentro del período de seis meses, o si no se inicia una persecución penal que involucre el uso fraudulento, el uso del sistema de recuento de boletas para marcar o falsificar boletas, o la manipulación del sistema de recuento de boletas dentro del período de seis meses, cualquiera de los cuales puede involucrar el recuento de votos del precinto del cual se recibieron las boletas votadas, el funcionario electoral deberá ordenar la destrucción de las copias de seguridad.

Section § 17603

Explanation

Esta ley explica qué hacer cuando el equipo de tecnología de votación certificado llega al final de su vida útil o si su seguridad se ve comprometida. Cuando el equipo de votación ha terminado su vida útil, puede ser desechado o destruido de forma segura, pero solo con la aprobación por escrito tanto del fabricante como del Secretario de Estado.

Si alguna parte del equipo se ve comprometida o se intenta una violación de seguridad, el funcionario electoral principal y el Secretario de Estado deben ser notificados en un plazo de 24 horas. El equipo debe ser retirado de servicio de inmediato y reemplazado si es posible. Además, es necesaria una evaluación para determinar si el sistema y sus datos pueden ser restaurados a su estado original y seguro.

(a)CA Elecciones Code § 17603(a) El equipo y los componentes de tecnología de votación certificados que han llegado al final de su ciclo de vida útil podrán ser desechados o destruidos de forma segura con la aprobación por escrito del fabricante y del Secretario de Estado.
(b)CA Elecciones Code § 17603(b) Con respecto a cualquier parte o componente de la tecnología de votación certificada cuya cadena de custodia haya sido comprometida o cuya seguridad o información haya sido violada o se haya intentado violar, deberá ocurrir todo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 17603(b)(1) El funcionario electoral principal de la ciudad, condado o distrito especial y el Secretario de Estado deberán ser notificados dentro de las 24 horas siguientes al descubrimiento.
(2)CA Elecciones Code § 17603(b)(2) El equipo deberá ser retirado de servicio inmediatamente y reemplazado si es posible.
(3)CA Elecciones Code § 17603(b)(3) La integridad y fiabilidad del sistema de tecnología de votación certificado, sus componentes y los datos electrónicos que lo acompañan deberán ser evaluadas para determinar si pueden ser restaurados a su estado original y reinstalados.