Chapter 2
Section § 14100
Esta ley establece que cuando los funcionarios electorales del condado preparan los materiales electorales, no tienen que utilizar los servicios del agente de compras del condado. En otras palabras, tienen la libertad de elegir cómo obtienen estos materiales sin necesidad de aprobación de la oficina de compras del condado.
Section § 14101
Cada dos años, a más tardar el 1 de enero de los años pares, el Secretario de Estado y el Fiscal General deben elaborar un breve resumen de las leyes electorales y otros estatutos relacionados que describen lo que los funcionarios de precinto deben hacer durante la votación y el recuento de votos. Este resumen debe incluir referencias a secciones específicas de la ley. Una vez completado el resumen, el Secretario de Estado debe enviarlo al funcionario electoral de cada condado.
Section § 14102
Esta ley garantiza que, durante las elecciones estatales, los funcionarios deben proporcionar suficientes boletas oficiales para cada precinto, basándose en gran medida en la participación electoral pasada. Sin embargo, cada precinto debe tener al menos el 75% de las boletas en relación con el número de votantes registrados. También deben proporcionar boletas adicionales para el voto por correo y situaciones de emergencia. Para las elecciones primarias, el número de boletas específicas de partido depende de cuántos votantes en el precinto estén registrados para ese partido. En las elecciones con centros de votación, los funcionarios deben asegurarse de que haya suficientes materiales de votación disponibles.
Section § 14103
Esta sección de la ley explica cómo deben manejarse las boletas antes de una elección. Antes de que abran las urnas, los funcionarios electorales deben entregar el número correcto de boletas a la junta de precinto de cada precinto. Estas boletas deben venir en paquetes sellados con etiquetas claras que muestren el precinto o centro de votación al que están destinadas y el número de boletas que contienen.
En las elecciones que utilizan centros de votación, las boletas o el material para imprimir boletas también deben entregarse en paquetes sellados que indiquen el número o la cantidad incluida.
Section § 14104
Un funcionario electoral debe preparar un recibo por escrito para los artículos entregados a cada centro de votación, que enumere los paquetes y anote la fecha de entrega. Un miembro de la junta de precinto debe firmar este recibo cuando reciba los paquetes y luego devolverlo a la oficina electoral. Se pueden usar mensajeros para asegurar que las boletas se entreguen de forma segura y rápida. A estos mensajeros se les pagará una cantidad justa, y el pago se gestionará como otros costos electorales.
Section § 14105
Esta ley describe los materiales y recursos que los funcionarios electorales deben proporcionar a cada centro de votación. Estos incluyen una lista de votantes accesible, formularios impresos necesarios, tarjetas de instrucciones para los votantes, un compendio de leyes electorales, una bandera estadounidense para identificar el centro de votación, contenedores de boletas, una lista certificada de candidatos por escrito, tarjetas de contacto para asistencia al votante y credenciales de identificación para los miembros de la junta de precinto. También exige boletas facsímiles en diferentes idiomas, advertencias en las listas de votantes para evitar manipulaciones, un registro del centro de votación, carteles de la Declaración de Derechos del Votante, materiales para elecciones primarias partidistas, lupas y tarjetas guía para firmas para ayudar a los votantes.
Section § 14105.1
Section § 14105.2
Esta sección de la ley explica lo que el Secretario de Estado debe hacer para las elecciones primarias partidistas en California. Para los votantes que no han elegido una preferencia de partido político, describe la creación de carteles o materiales. Estos materiales deben explicar que dichos votantes pueden participar en la primaria de un partido si el partido lo permite, enumerar qué partidos lo permiten e informar a los votantes que pueden solicitar una boleta para uno de estos partidos. También exige que estos materiales se entreguen a los funcionarios electorales en los centros de votación.
Section § 14105.3
Esta ley exige que la información sobre los derechos de voto, según lo establecido por la Ley Help America Vote Act de 2002, se exhiba en los centros de votación durante las elecciones federales. Esto incluye detalles como cómo votar provisionalmente y a quién contactar si se violan los derechos.
El Secretario de Estado de California es responsable de crear y distribuir carteles y materiales sobre estos derechos de voto en varios idiomas. Estos materiales deben cumplir con los requisitos lingüísticos federales y estatales, y deben ser entregados a los funcionarios electorales del condado antes de las elecciones estatales.
Section § 14105.5
Esta ley establece que los miembros de la mesa electoral en un centro de votación solo pueden exhibir, distribuir o proporcionar materiales que estén específicamente requeridos por la ley. Si desean utilizar cualquier otro material, necesitan la aprobación del funcionario electoral del condado primero.
Section § 14106
Si una elección se cancela porque el candidato actual falleció, los funcionarios electorales deben colocar carteles o proporcionar materiales para informar a los votantes sobre la cancelación y notificarles sobre una próxima elección especial para cubrir el puesto vacante.
Section § 14107
Esta ley describe los requisitos para la lista de votantes que cada junta de precinto debe mantener durante las elecciones. La lista debe incluir espacios para que los votantes firmen y sus direcciones de residencia. También debe contener una advertencia de que cometer fraude electoral, como votar más de una vez o suplantar a otro votante, es un delito. Después de la votación, los miembros deben certificar que todos los votantes que firmaron realmente votaron, a menos que fueran impugnados o se retiraran. Además, se debe documentar el número de votantes y boletas, junto con las listas de aquellos que recibieron asistencia o fueron impugnados. Finalmente, todos los miembros de la junta de precinto deben firmar esta certificación, y si los votos se cuentan en el precinto, se debe firmar otro certificado según lo establecido en otra sección legal.
Section § 14109
Section § 14110
Esta ley exige a los funcionarios electorales asegurarse de que los centros de votación tengan suficientes cabinas o compartimentos donde los votantes puedan marcar sus boletas en privado, sin que otros puedan ver cómo votan. El número de estas áreas de votación lo decide el funcionario electoral a cargo.
Section § 14111
Esta ley establece que las traducciones de las medidas electorales y las instrucciones de votación deben ser realizadas por traductores que cumplan con cualificaciones específicas. El funcionario electoral debe elegir traductores de una de estas categorías: intérpretes certificados en la Lista Maestra del Consejo Judicial, intérpretes reconocidos por la Oficina Administrativa de los Tribunales de EE. UU., traductores de instituciones acreditadas, o miembros de ciertas asociaciones de traductores como la Asociación Americana de Traductores o la Asociación Americana de Especialistas del Lenguaje.
Section § 14112
Section § 14113
Esta ley exige que los contenedores de boletas en los centros de votación estén diseñados para proteger las boletas tanto cuando se almacenan como cuando se retiran. El objetivo es asegurar que las boletas estén protegidas durante todo el proceso.