Section § 13500

Explanation
Esta ley establece que las reglas de este capítulo son relevantes solo para las elecciones primarias donde los candidatos están asociados con partidos políticos.

Section § 13501

Explanation

Esta ley establece que el Secretario de Estado debe incluir en la guía de información para el votante estatal una explicación de que los votantes que no han declarado una preferencia de partido político no pueden votar en las elecciones primarias de un partido, a menos que el partido lo permita.

El sitio web del Secretario de Estado debe mostrar qué partidos permiten a los votantes sin preferencia de partido votar en sus primarias y cómo los votantes pueden solicitar esas boletas.

Los funcionarios electorales del condado deben incluir esta información en sus guías y en sus sitios web. También deben notificar a los votantes por correo electrónico, y si se da el consentimiento, por mensaje de texto, sobre sus opciones para votar en la primaria de un partido.

(a)CA Elecciones Code § 13501(a) El Secretario de Estado deberá incluir en la guía de información para el votante estatal la información especificada en la subdivisión (a) de la Sección 9083.5, incluyendo una declaración que explique que un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político no podrá votar en la elección primaria de un partido político a menos que el partido político haya autorizado a un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político a votar en su elección primaria.
(b)CA Elecciones Code § 13501(b) El Secretario de Estado deberá poner a disposición toda la siguiente información en el sitio web de Internet del Secretario de Estado:
(1)CA Elecciones Code § 13501(b)(1) Una declaración de que un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político podrá votar en la elección primaria partidista de un partido político si el partido político, por regla del partido debidamente notificada al Secretario de Estado, autoriza a un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político a votar en la próxima elección primaria partidista subsiguiente.
(2)CA Elecciones Code § 13501(b)(2) El nombre de cada partido político que autoriza a un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político a votar en la elección primaria partidista.
(3)CA Elecciones Code § 13501(b)(3) Una declaración de que un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político podrá solicitar la boleta de uno de los partidos políticos que autoriza a un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político a votar en la elección primaria partidista.
(c)CA Elecciones Code § 13501(c) Un funcionario electoral del condado deberá incluir toda la información descrita en los párrafos (1) a (3), inclusive, de la subdivisión (b) en la guía de información para el votante del condado no partidista preparada de conformidad con la Sección 13300 y deberá poner la información a disposición en el sitio web de Internet del funcionario. Además, el funcionario electoral del condado deberá enviar un correo electrónico a la dirección de correo electrónico de un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político, notificándole que podrá solicitar la boleta de un partido político en la próxima elección primaria partidista subsiguiente si el partido político lo ha autorizado así. El funcionario electoral del condado también deberá proporcionar la notificación a un votante que ha optado por no revelar su preferencia de partido político por mensaje de texto si el votante ha dado su consentimiento por escrito para recibir mensajes de texto del funcionario electoral del condado.

Section § 13502

Explanation

Esta ley explica cómo los votantes en California que no revelan una preferencia de partido político aún pueden participar en las elecciones primarias partidistas. Requiere que los votantes registrados sin preferencia de partido reciban notificaciones de que ciertos partidos políticos pueden permitirles votar en sus primarias si están autorizados. Antes de cada elección primaria, los funcionarios electorales deben enviar a estos votantes información y una solicitud para pedir una boleta de un partido específico si ese partido lo permite. Los votantes pueden solicitar estas boletas de partido a través de varios medios como teléfono, internet, correo o incluso mensaje de texto, sin necesidad de proporcionar una firma en la mayoría de los casos. Si un votante sin preferencia de partido recibe una boleta no partidista pero quiere votar en una primaria de partido, puede devolver su boleta no votada y solicitar una nueva para el partido autorizado. Finalmente, el Secretario de Estado debe proporcionar un formato de solicitud uniforme para estas peticiones.

(a)CA Elecciones Code § 13502(a) Con cada boleta de voto por correo no partidista que se envíe a un votante que se haya negado a revelar una preferencia de partido político, el funcionario electoral del condado deberá incluir un aviso informando al votante que puede solicitar una boleta de un partido político en la próxima elección primaria partidista subsiguiente si el partido político lo ha autorizado.
(b)CA Elecciones Code § 13502(b) Antes de cada elección primaria partidista, los funcionarios electorales del condado deberán enviar por correo a cada votante que se haya negado a revelar una preferencia de partido político un aviso y una solicitud con respecto a la votación en la elección primaria.
(1)CA Elecciones Code § 13502(b)(1) El aviso informará al votante que puede solicitar una boleta de voto por correo para un partido político en particular para la elección primaria, si ese partido político adoptó una regla de partido, debidamente notificada al Secretario de Estado, que autorice a estos votantes a votar en su elección primaria. El aviso también deberá contener un número de teléfono gratuito, establecido por el Secretario de Estado, al que el votante puede llamar para acceder a información sobre qué partidos políticos han adoptado dicha regla.
(2)CA Elecciones Code § 13502(b)(2) La solicitud deberá contener una lista de partidos políticos que han autorizado a un votante que se ha negado a revelar una preferencia de partido político a votar la boleta de ese partido, y junto al nombre de cada partido, una casilla para marcar indicando que el votante desea votar la boleta de ese partido. La solicitud también requerirá que el votante proporcione información de identificación personal que coincida con la información contenida en la declaración jurada de registro del votante, incluyendo su nombre y apellidos, dirección de domicilio y fecha de nacimiento, y requerirá que el votante firme la solicitud. El aviso o la solicitud instruirán al votante que puede solicitar una boleta de voto por correo para el partido que seleccione presentando la solicitud completada al funcionario electoral del condado correspondiente en persona, por correo, correo electrónico o transmisión por facsímil, o por otros medios electrónicos puestos a disposición por el funcionario electoral del condado.
(c)CA Elecciones Code § 13502(c) Además del método especificado en el apartado (b) y cualquier otro método permitido por la ley, un votante que se ha negado a revelar una preferencia de partido político puede solicitar la boleta de un partido político que ha autorizado a un votante que se ha negado a revelar una preferencia de partido político a votar en su elección primaria partidista según se describe en este apartado. Un votante que solicite una boleta de conformidad con este apartado deberá proporcionar información de identificación que coincida con la información contenida en la declaración jurada de registro del votante, incluyendo su fecha de nacimiento, dirección de domicilio y nombre y apellidos. Si solicita una boleta de conformidad con el párrafo (3), el votante también debe proporcionar su firma. El votante puede solicitar una boleta de la siguiente manera:
(1)CA Elecciones Code § 13502(c)(1) Por teléfono sujeto a las siguientes condiciones:
(A)CA Elecciones Code § 13502(c)(1)(A) Ninguna persona deberá solicitar la boleta de un partido de conformidad con esta sección utilizando el nombre de, o en nombre de, otra persona.
(B)CA Elecciones Code § 13502(c)(1)(B) Antes de que se le solicite información de identificación personal, a un votante que solicite la boleta de un partido de conformidad con esta sección se le informará lo siguiente: “Solo el votante registrado mismo puede solicitar una boleta de un partido político. Una solicitud de boleta de un partido realizada por cualquier persona que no sea el votante es un delito penal.”
(C)CA Elecciones Code § 13502(c)(1)(C) No se requerirá la firma del votante.
(2)CA Elecciones Code § 13502(c)(2) En una solicitud por internet si está disponible. No se requerirá la firma del votante.
(3)CA Elecciones Code § 13502(c)(3) Mediante una solicitud por escrito presentada en persona, o por correo, correo electrónico o transmisión por facsímil.
(4)CA Elecciones Code § 13502(c)(4) Mediante mensaje de texto al funcionario electoral correspondiente, si el condado ha establecido un sistema para procesar dicha solicitud. No se requerirá la firma del votante.
(d)CA Elecciones Code § 13502(d) Un votante que se ha negado a revelar una preferencia de partido político y que ha recibido una boleta de voto por correo no partidista puede devolver su boleta no votada al funcionario electoral del condado y solicitar y recibir una boleta de voto por correo, o presentarse a votar en persona y recibir una boleta, para un partido político si el partido político ha autorizado a un votante que se ha negado a revelar una preferencia de partido político a votar en su elección primaria partidista.
(e)CA Elecciones Code § 13502(e) El Secretario de Estado deberá preparar y distribuir a los funcionarios electorales del condado un formato de solicitud uniforme para que un votante solicite la boleta de un partido político en la próxima elección primaria partidista subsiguiente si el partido político lo ha autorizado.

Section § 13502.5

Explanation

Esta ley se refiere a los votantes en California que han decidido no identificarse con ningún partido político y están votando en una elección primaria presidencial. Dichos votantes reciben una boleta no partidista que incluye un aviso explicando que no pueden votar por un candidato presidencial a menos que soliciten una boleta partidista.

El aviso detalla qué partidos políticos permiten que estos votantes 'Sin Preferencia de Partido' participen en sus elecciones primarias y les indica que soliciten una boleta a la oficina electoral de su condado si desean hacerlo.

Además, el aviso puede dirigir a los votantes a más detalles en su guía de información para el votante o en el sitio web de las elecciones de su condado. También puede proporcionar instrucciones adicionales sobre cómo solicitar una boleta partidista o una boleta de voto por correo a distancia si es necesario, y aconseja sobre los procedimientos para procesar dichas boletas.

(a)CA Elecciones Code § 13502.5(a) Esta sección se aplica a una boleta no partidista proporcionada a un votante que ha declinado revelar una preferencia de partido político para su uso en la votación en una elección primaria presidencial.
(b)Copy CA Elecciones Code § 13502.5(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 13502.5(b)(1) Se imprimirá un aviso en la boleta, sustancialmente en la siguiente forma, que informará al votante de al menos la siguiente información:
(A)CA Elecciones Code § 13502.5(b)(1)(A) Usted está registrado como votante Sin Preferencia de Partido y, por lo tanto, no es elegible para votar por un candidato presidencial a menos que solicite y vote una boleta partidista.
(B)CA Elecciones Code § 13502.5(b)(1)(B) Los siguientes partidos permiten que un votante Sin Preferencia de Partido vote en sus elecciones primarias presidenciales: [lista de partidos]. Puede solicitar una boleta para votar en una de estas elecciones primarias a su funcionario electoral del condado.
(2)CA Elecciones Code § 13502.5(b)(2) El aviso impreso en la boleta también informará al votante que puede encontrar la información adicional descrita en la subdivisión (c) en la guía de información para el votante o en el sitio web del funcionario electoral del condado.
(c)CA Elecciones Code § 13502.5(c) El aviso impreso en la boleta puede informar al votante de información adicional, incluyendo lo siguiente:
(1)CA Elecciones Code § 13502.5(c)(1) Una lista de los medios disponibles en el condado para que el votante solicite una boleta partidista.
(2)CA Elecciones Code § 13502.5(c)(2) Una declaración de que si el votante desea votar en la elección primaria presidencial de un partido que no permite que un votante Sin Preferencia de Partido vote, el votante debe actualizar su registro de votante y solicitar la boleta de ese partido.
(3)CA Elecciones Code § 13502.5(c)(3) Una lista de los medios disponibles en el condado para que el votante solicite una boleta de voto por correo accesible a distancia, en caso de que el votante no pueda solicitar y recibir una boleta partidista a tiempo para devolverla para una próxima elección.
(4)CA Elecciones Code § 13502.5(c)(4) Una descripción de los procedimientos del condado para aceptar y procesar una boleta de voto por correo accesible a distancia.