Section § 1300

Explanation

Esta ley explica cuándo se llevarán a cabo las elecciones para fiscales de distrito y alguaciles en California. Generalmente, estas elecciones se realizan durante la primaria presidencial. Si es necesario, se celebrará una elección general durante la elección general presidencial si nadie es elegido durante la primaria. Las elecciones para otros funcionarios del condado suelen ocurrir durante la primaria estatal para Gobernador, pero los condados pueden optar por realizarlas durante la primaria presidencial en su lugar. Cualquier puesto no elegido en esas elecciones se decidirá en la siguiente elección general estatal. Los condados deben cumplir con estas reglas a menos que tengan disposiciones específicas establecidas antes de 2021. Los fiscales de distrito y alguaciles elegidos en 2022 cumplirán mandatos de seis años, y su próxima elección será en 2028.

(a)Copy CA Elecciones Code § 1300(a)
(1)Copy CA Elecciones Code § 1300(a)(1) Una elección para seleccionar a un fiscal de distrito y a un alguacil se llevará a cabo junto con la elección primaria presidencial.
(2)CA Elecciones Code § 1300(a)(2) Si el fiscal de distrito o el alguacil no son elegidos conforme a las Secciones 8140 y 8141, la elección descrita en el párrafo (1) se considerará una elección primaria y una elección general del condado se llevará a cabo junto con la elección general presidencial para seleccionar al fiscal de distrito o al alguacil.
(b)Copy CA Elecciones Code § 1300(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 1300(b)(1) Salvo lo dispuesto en el párrafo (2) y lo que se establezca de otro modo en el Código de Gobierno, una elección para seleccionar a los funcionarios del condado que no sean el fiscal de distrito y el alguacil se llevará a cabo junto con la elección primaria estatal en la que se nominan los candidatos a Gobernador.
(2)CA Elecciones Code § 1300(b)(2) No obstante el párrafo (1), y salvo lo que se establezca de otro modo en el Código de Gobierno, una junta de supervisores del condado podrá adoptar una ordenanza para celebrar una elección para seleccionar a cualquier funcionario del condado que no sea un superintendente de escuelas del condado junto con la elección primaria presidencial.
(3)CA Elecciones Code § 1300(b)(3) Si un funcionario del condado descrito en esta subdivisión no es elegido conforme a las Secciones 8140 y 8141, la elección celebrada conforme al párrafo (1) o (2) se considerará una elección primaria y una elección general del condado para el cargo se llevará a cabo junto con la siguiente elección general estatal.
(c)CA Elecciones Code § 1300(c) No obstante la subdivisión (b) de la Sección 1003 o cualquier otra ley, el requisito de que el fiscal de distrito y el alguacil sean elegidos en años de elección presidencial se aplica tanto a los condados de ley general como a los condados autónomos, excepto aquellos condados autónomos que, en o antes del 1 de enero de 2021, especificaron expresamente en su carta constitutiva cuándo se celebraría una elección para fiscal de distrito o alguacil.
(d)CA Elecciones Code § 1300(d) Un fiscal de distrito o alguacil elegido en 2022 cumplirá un mandato de seis años y la próxima elección para ese cargo se llevará a cabo en la elección primaria presidencial de 2028.

Section § 1301

Explanation

En California, las elecciones municipales generales suelen celebrarse en fechas de elección establecidas. Sin embargo, un concejo municipal puede aprobar una ordenanza para cambiar la fecha de la elección y hacerla coincidir con otras elecciones, como las primarias estatales, las elecciones generales o las elecciones de distritos escolares. Si lo hacen, la decisión debe ser aprobada por la junta de supervisores del condado. Una vez cambiada la fecha, las elecciones de la ciudad continuarán según el nuevo calendario a menos que la ordenanza sea modificada o derogada. Si se cambia la fecha de la elección, debe celebrarse al menos una elección antes de realizar más cambios a esa ordenanza.

(a)CA Elecciones Code § 1301(a) Salvo lo requerido por la Sección 57379 del Código de Gobierno, y salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), una elección municipal general se llevará a cabo en una fecha de elección establecida de conformidad con la Sección 1000.
(b)Copy CA Elecciones Code § 1301(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 1301(b)(1) No obstante la subdivisión (a), un concejo municipal puede promulgar una ordenanza, de conformidad con la División 10 (que comienza con la Sección 10000), que requiera que su elección municipal general se celebre el día de la elección primaria directa estatal, el día de la elección general estatal, el día de las elecciones de distritos escolares según lo establecido en la Sección 1302, el primer martes después del primer lunes de marzo de cada año impar, o el segundo martes de abril de cada año. Una ordenanza adoptada de conformidad con esta subdivisión entrará en vigor previa aprobación de la junta de supervisores del condado.
(2)CA Elecciones Code § 1301(b)(2) En caso de consolidación, la elección municipal general se llevará a cabo de acuerdo con todos los requisitos de procedimiento aplicables de este código relacionados con esa elección primaria, general o de distrito escolar, y posteriormente se realizará en consolidación con esa elección.
(c)CA Elecciones Code § 1301(c) Si una ciudad adopta una ordenanza descrita en la subdivisión (b), la elección municipal posterior a la adopción de la ordenanza y cada elección municipal posterior se llevarán a cabo en la fecha especificada por el concejo municipal, de conformidad con la subdivisión (b), a menos que la ordenanza en cuestión sea posteriormente derogada por el concejo municipal.
(d)CA Elecciones Code § 1301(d) Si la fecha de una elección municipal general se cambia de conformidad con la subdivisión (b), se deberá celebrar al menos una elección antes de que la ordenanza, según lo aprobado por la junta de supervisores del condado, pueda ser posteriormente derogada o modificada.

Section § 1302

Explanation

Esta ley establece cuándo deben celebrarse las elecciones para los miembros de los distritos escolares, los distritos de colegios comunitarios y las juntas de educación del condado. Normalmente, estas elecciones tienen lugar en noviembre de los años impares. Sin embargo, existe flexibilidad para alinear estas elecciones con la elección primaria directa estatal, la elección general estatal o las elecciones municipales generales si la junta directiva aprueba una resolución y esta es aprobada por la junta de supervisores del condado. Si alguna parte del distrito abarca varios condados, todos deben estar de acuerdo; de lo contrario, la alineación no podrá realizarse.

Si la fecha de la elección cambia, la aprobación debe seguir todos los procedimientos electorales relacionados. Además, una vez que la fecha de la elección se establece y se celebra al menos una vez, no puede cambiarse o derogarse fácilmente sin pasar por el proceso de nuevo.

(a)CA Elecciones Code § 1302(a) Salvo lo dispuesto en el apartado (b), la elección ordinaria para seleccionar a los miembros de la junta directiva en cualquier distrito escolar, distrito de colegio comunitario o junta de educación del condado se celebrará el primer martes después del primer lunes de noviembre de cada año impar.
(b)Copy CA Elecciones Code § 1302(b)
(1)Copy CA Elecciones Code § 1302(b)(1) No obstante cualquier otra disposición legal, y salvo lo dispuesto en la Sección 1302.5, después de la elección inicial de los miembros de la junta directiva en cualquier distrito escolar, distrito de colegio comunitario o de los miembros de una junta de educación del condado, la elección de los miembros de la junta directiva del distrito o de los miembros de la junta de educación del condado podrá establecerse, previa adopción de una resolución apropiada por la junta directiva o la junta de educación del condado, respectivamente, para que se celebre regularmente el mismo día que la elección primaria directa estatal, la elección general estatal o la elección municipal general según lo establecido en la Sección 1301. La resolución entrará en vigor previa aprobación de la junta de supervisores de conformidad con la Sección 10404.5 o 10405.7, según corresponda. Si un distrito escolar, distrito de colegio comunitario o junta de educación del condado se encuentra en más de un condado, el distrito no podrá consolidar una elección si algún condado en el que se encuentre el distrito deniega la solicitud de consolidación.
(2)CA Elecciones Code § 1302(b)(2) Si la junta de supervisores aprueba la resolución de conformidad con la Sección 10404.5 o 10405.7, según corresponda, la elección de los miembros de la junta directiva del distrito escolar o del distrito de colegio comunitario o de los miembros de la junta de educación del condado se llevará a cabo en la fecha especificada por la junta de supervisores, de acuerdo con el párrafo (1), a menos que la aprobación sea posteriormente revocada por la junta de supervisores.
(3)CA Elecciones Code § 1302(b)(3) En caso de consolidación, la elección de los miembros de la junta directiva del distrito escolar o del distrito de colegio comunitario o de los miembros de la junta de educación del condado se llevará a cabo de conformidad con todos los requisitos de procedimiento aplicables del Código Electoral relativos a esa elección primaria, general o municipal, y posteriormente se realizará en consolidación con dicha elección.
(4)CA Elecciones Code § 1302(b)(4) Si la fecha de una elección se modifica de conformidad con esta sección, se celebrará al menos una elección antes de que la resolución, tal como fue aprobada por la junta de supervisores, pueda ser posteriormente derogada o modificada.

Section § 1302.1

Explanation

Esta ley permite que los distritos de colegios comunitarios con áreas de fideicomisarios, establecidas bajo ciertas condiciones, celebren sus elecciones de fideicomisarios el mismo día que la elección general estatal. Esto puede hacerse con la aprobación de cualquier condado o condados donde se encuentren estas áreas de fideicomisarios. Si alguno de estos condados aprueba, se cumple con el requisito de mandatos escalonados, una exigencia del Código de Educación.

En un distrito de colegio comunitario que incluya las áreas de fideicomisarios autorizadas a establecerse conforme al segundo párrafo de la Sección 72022 del Código de Educación, la consolidación de la elección de fideicomisarios en la misma fecha que la elección general estatal conforme a la Sección 1302 podrá ser aprobada por cualquier condado o condados para las áreas de fideicomisarios ubicadas completamente dentro del condado o condados. La aprobación por cualquier condado o condados en los que se encuentren las otras áreas de fideicomisarios se considerará que cumple con el requisito de mandatos escalonados establecido en la Sección 72022 del Código de Educación.

Section § 1302.2

Explanation

Esta ley permite que las elecciones de los distritos escolares (primarios, de preparatoria, unificados o de colegios comunitarios) se celebren al mismo tiempo que las elecciones municipales si el distrito escolar comparte territorio con una ciudad. Tanto el distrito escolar como la ciudad deben acordar este arreglo por escrito. Si un distrito de preparatoria o de colegio comunitario consolida sus elecciones con las de una ciudad, sus distritos componentes también pueden consolidar sus elecciones, siempre que todos los involucrados estén de acuerdo.

Además, esta ley garantiza que si estas elecciones se combinan, los miembros actuales de la junta directiva permanezcan en el cargo hasta el momento de su elección prevista en circunstancias normales, a menos que se retrase. Sin embargo, su mandato no puede extenderse más allá de cuatro años debido a esta ley.

(a)CA Elecciones Code § 1302.2(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, cuando un distrito escolar primario, unificado, de escuela preparatoria o de colegio comunitario incluya dentro de sus límites el mismo territorio, o un territorio que sea en parte el mismo, que el de una ciudad con carta constitutiva, las elecciones de los miembros de la junta directiva del distrito escolar primario, unificado, de escuela preparatoria o de colegio comunitario podrán consolidarse con la elección de la ciudad de conformidad con la Parte 3 (que comienza con la Sección 10400) de la División 10. La consolidación será efectuada por el funcionario que dirija la elección y que tenga jurisdicción sobre el distrito escolar primario, unificado, de escuela preparatoria o de colegio comunitario, previa solicitud por escrito de la junta directiva del distrito escolar primario, unificado, de escuela preparatoria o de colegio comunitario y con el consentimiento por escrito del órgano legislativo de la ciudad. Esta sección prevalecerá en caso de conflicto con una orden previa del superintendente de escuelas del condado emitida de conformidad con la Sección 5340 del Código de Educación.
(b)CA Elecciones Code § 1302.2(b) Cuando una elección de un distrito de escuela preparatoria o de un distrito de colegio comunitario se consolide con la de una ciudad de conformidad con esta sección, y el distrito de escuela preparatoria o el distrito de colegio comunitario tenga dentro de sus límites distritos componentes cuyas elecciones se celebrarían de otro modo en una fecha especificada en este código, las elecciones en los distritos componentes podrán consolidarse con la elección en el distrito de escuela preparatoria o en el distrito de colegio comunitario. La consolidación será efectuada por el funcionario que dirija la elección y que tenga jurisdicción sobre los distritos componentes previa solicitud por escrito de sus juntas directivas y con el consentimiento por escrito de las juntas directivas de los distritos cuyas elecciones de miembros de la junta directiva se vayan a consolidar con las de los distritos componentes.
(c)CA Elecciones Code § 1302.2(c) Los sucesores de los titulares de cargos en la fecha de entrada en vigor de esta sección, quienes, a falta de esta sección, habrían sido elegidos en un momento diferente, serán elegidos para el cargo en la elección más cercana al momento en que los mandatos de los titulares habrían expirado de otro modo. Si el mandato de un titular se extiende debido a esta sección, ocupará el cargo hasta que un sucesor califique para el cargo, pero en ningún caso el mandato de un titular se extenderá a más de cuatro años.

Section § 1302.3

Explanation

Esta ley establece que cada año, un distrito escolar unificado que coincide o se superpone con una ciudad autónoma o una ciudad y condado autónomos debe celebrar una elección para elegir a los miembros de su junta de educación. La junta tiene cinco miembros, cada uno con un mandato de cinco años, y el mandato de un miembro termina cada año. Esta elección anual se lleva a cabo el primer martes después del primer lunes de noviembre y es organizada por el superintendente de escuelas del condado, siguiendo procedimientos similares a los descritos en otra parte del Código de Educación.

Se celebrará una elección anual para los miembros de la junta de educación en cada distrito unificado que sea colindante con o que incluya en sus límites la totalidad o cualquier porción de una ciudad autónoma o ciudad y condado autónomos cuya carta constitutiva prevea una junta de educación, de cinco miembros con mandatos de cinco años, con el mandato de un miembro que expire cada año. La elección se celebrará anualmente el primer martes después del primer lunes de noviembre. La elección será convocada por el superintendente de escuelas del condado y se llevará a cabo sustancialmente de la misma manera que lo prescrito por la Sección 5000 del Código de Educación.

Section § 1302.4

Explanation

Esta ley permite que las elecciones de la junta directiva del Distrito de Colegios Comunitarios de Long Beach se realicen el mismo día que las elecciones de la Junta de Educación del Distrito Escolar Unificado de Long Beach, siempre y cuando la junta del Distrito de Colegios Comunitarios lo apruebe mediante una resolución formal.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, una elección regular para los miembros de la junta directiva del Distrito de Colegios Comunitarios de Long Beach podrá celebrarse, previa adopción de una resolución apropiada por parte de la junta directiva, en la misma fecha en que se celebre la elección para los miembros de la Junta de Educación de la Ciudad del Distrito Escolar Unificado de Long Beach de conformidad con la Carta de la Ciudad de Long Beach y el Artículo 3 (que comienza con la Sección 5340) del Capítulo 3 del Código de Educación.

Section § 1302.5

Explanation

Esta ley permite que las elecciones para los miembros de la junta directiva de los distritos escolares, que representan a distritos con los mismos límites que un condado, se realicen durante la elección general de noviembre. La transición a estos nuevos mandatos comienza el primer lunes de enero, cuatro años después de la elección. Si el mandato de un miembro de la junta expira en marzo después de una elección de año impar y no hay un sucesor, los miembros actuales de la junta nombran a alguien hasta que una nueva elección determine un sucesor.

(a)CA Elecciones Code § 1302.5(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, previa recomendación del superintendente de escuelas del condado y con la aprobación de la junta de supervisores del condado, la elección de los miembros de la junta directiva de los distritos escolares cuyos límites son colindantes con los límites del condado, se consolidará con la elección general de noviembre de conformidad con la Parte 3 (que comienza con la Sección 10400) de la División 10.
(1)CA Elecciones Code § 1302.5(a)(1) Los mandatos de los miembros de la junta directiva elegidos de conformidad con esta sección comenzarán al mediodía del primer lunes después del primer día de enero siguiente a la elección general y terminarán al mediodía del primer lunes después del primer día de enero cuatro años después.
(2)CA Elecciones Code § 1302.5(a)(2) Los mandatos de los miembros de la junta directiva que expiren el 31 de marzo de cualquier año impar siguiente a cualquier elección general expirarán al mediodía del primer lunes después del primer día de enero siguiente a la elección general.
(b)CA Elecciones Code § 1302.5(b) Cuando el mandato de un titular expire a medianoche del 31 de marzo de un año impar y no se haya elegido un sucesor debido a las disposiciones de la subdivisión (a), los miembros de la junta cuyos mandatos no hayan expirado nombrarán un sucesor para que preste servicio hasta que se elija y califique un sucesor de conformidad con la subdivisión (a).

Section § 1303

Explanation

Esta ley establece que, para los distritos especiales en California, las elecciones generales para elegir a los miembros de la junta directiva se celebran normalmente el primer martes después del primer lunes de noviembre de los años impares, a menos que se especifique lo contrario en las normas principales del distrito, otras leyes específicas o una disposición diferente descrita aquí. Sin embargo, el órgano de gobierno de un distrito especial puede optar por celebrar sus elecciones el mismo día que la elección general estatal si aprueban una resolución que sea aprobada por la junta de supervisores del condado.

(a)CA Elecciones Code § 1303(a) A menos que la ley principal de un distrito disponga que una elección se celebre en una de las otras fechas especificadas en el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 1000) de la División 1, o excepto según lo dispuesto en la Sección 1500, o excepto según lo dispuesto en el apartado (b), una elección general de distrito para elegir a los miembros de la junta directiva se celebrará en cada distrito especial sujeto a la División 10 (que comienza con la Sección 10000) el primer martes siguiente al primer lunes de noviembre de cada año impar.
(b)CA Elecciones Code § 1303(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, un órgano de gobierno de un distrito especial podrá exigir, mediante resolución, que sus elecciones de miembros del órgano de gobierno se celebren el mismo día que la elección general estatal. La resolución entrará en vigor previa aprobación de la junta de supervisores de conformidad con la Sección 10404.

Section § 1304

Explanation
Esta ley explica cuándo deben celebrarse las elecciones generales de distrito en ciertos distritos. Por defecto, a menos que la ley principal del distrito especifique otra fecha, las elecciones se llevarán a cabo el primer martes después del primer lunes de noviembre de cada año impar. Estas elecciones son para elegir a los sucesores de los funcionarios cuyos mandatos terminan el primer viernes de diciembre.