Section § 88220

Explanation

Esta sección reconoce que los cambios tecnológicos y de otra índole podrían provocar el desplazamiento laboral del personal de apoyo en las escuelas públicas. La ley anima a estos empleados escolares a prepararse para estos cambios aprendiendo nuevas habilidades. También promueve que las juntas escolares ayuden con el estudio y la recapacitación de estos trabajadores.

Al promulgar este artículo, la Legislatura reconoce que se están produciendo cambios tecnológicos y de otra índole que pueden desplazar a empleados clasificados que de otro modo serían deseables en los sistemas de escuelas públicas del estado. La Legislatura tiene la intención de que la promulgación de este artículo fomente que los empleados clasificados se preparen para los cambios que se están produciendo y también fomente que las juntas directivas utilicen el artículo para promover el estudio y la recapacitación del personal clasificado.

Section § 88221

Explanation

Esta ley permite a las juntas directivas de los distritos de colegios comunitarios otorgar a los empleados clasificados hasta un año de licencia para estudio o reentrenamiento, con el fin de adaptarse a los cambios en el distrito. En lugar de un año completo de una sola vez, la licencia puede dividirse en períodos más cortos, como dos segmentos de seis meses, siempre que se tomen dentro de un plazo de tres años. El tiempo trabajado entre estos segmentos cuenta para la elegibilidad de futuras licencias de estudio o reentrenamiento. Si el distrito utiliza un sistema de méritos, la comisión de personal establece las reglas para conceder estas licencias.

La junta directiva de cualquier distrito de colegios comunitarios podrá conceder a cualquier empleado clasificado una licencia de ausencia que no exceda de un año con el propósito de permitir el estudio por parte del empleado o con el propósito de reentrenar al empleado para adaptarse a las condiciones cambiantes dentro del distrito.
La junta directiva podrá disponer que dicha licencia de ausencia se tome en períodos separados de seis meses o en cualquier otro período apropiado, en lugar de un período continuo de un año; siempre que los períodos separados de licencia de ausencia se inicien y completen dentro de un período de tres años. Cualquier período de servicio del individuo que intervenga entre los períodos separados autorizados constituirá una parte del servicio requerido para una licencia de ausencia posterior con fines de estudio o reentrenamiento.
En los distritos de colegios comunitarios que operan bajo el sistema de méritos, dichas licencias de ausencia se concederán de acuerdo con las normas establecidas por la comisión de personal.

Section § 88222

Explanation

Si deseas una licencia de ausencia para estudiar, debes haber trabajado en el distrito durante al menos siete años seguidos. Para una licencia de capacitación, necesitas al menos tres años de servicio consecutivo. Solo puedes obtener una licencia de ausencia en un período de siete o tres años, según el propósito. Cada distrito puede establecer los requisitos que los empleados deben cumplir para obtener una licencia.

Tomar esta licencia no se considerará una interrupción en tu empleo, pero tampoco suma al tiempo necesario para futuras licencias.

No se otorgará ninguna licencia de ausencia conforme a este artículo a ningún empleado para fines de estudio que no haya prestado servicio al distrito durante al menos siete años consecutivos, o para fines de capacitación que no haya prestado servicio al distrito durante al menos tres años consecutivos antes del otorgamiento de la licencia, y no se otorgará más de una de dichas licencias de ausencia en cada período de siete o tres años, respectivamente. La junta directiva, o la comisión de personal en los distritos con sistema de méritos, podrá establecer estándares de servicio que darán derecho al empleado a la licencia de ausencia.
Cualquier licencia de ausencia otorgada conforme a este artículo no se considerará una interrupción del servicio para ningún propósito, excepto que dicha licencia no se incluirá como servicio al calcular el servicio para el otorgamiento de cualquier licencia posterior conforme a este artículo.

Section § 88223

Explanation
Si un empleado toma una licencia de ausencia, es posible que deba realizar ciertas tareas según lo acordado con la junta directiva del distrito. Se le pagará una cantidad acordada durante la licencia, que será al menos la diferencia entre su salario regular y lo que ganaría un sustituto en su puesto. Alternativamente, la junta podría decidir pagar la mitad o incluso el salario completo del empleado mientras esté de licencia.

Section § 88224

Explanation

Si un empleado toma una licencia, su salario puede dividirse en dos partes iguales y pagarse durante los primeros dos años después de su regreso al trabajo. Mientras está de licencia, se le paga lo mismo que si estuviera trabajando, pero debe presentar una fianza. Esta fianza protege al empleador en caso de que el empleado no regrese por al menos dos años. Sin embargo, en casos como fallecimiento o incapacidad, la fianza no es necesaria. Si el empleador considera que la promesa del empleado es suficiente para asegurar su regreso, podría no exigir la fianza y aun así pagar al empleado como si la tuviera.

La compensación otorgada por la junta directiva al empleado con licencia podrá pagarse en dos cuotas anuales iguales durante los primeros dos años de servicio prestado al servicio de la junta directiva tras el regreso del empleado de la licencia de ausencia. La compensación se pagará al empleado mientras esté de licencia de ausencia de la misma manera que si el empleado estuviera trabajando para el distrito, previa presentación por parte del empleado de una fianza adecuada que indemnice a la junta directiva del distrito contra pérdidas en caso de que el empleado no preste al menos dos años de servicio al servicio de la junta directiva tras el regreso del empleado de la licencia de ausencia. La fianza quedará exonerada en caso de que la falta del empleado de regresar y prestar dos años de servicio sea causada por el fallecimiento o la incapacidad física o mental del empleado. Si la junta directiva determina, y declara mediante resolución, que los intereses del distrito estarán protegidos por el acuerdo escrito del empleado de regresar al servicio del distrito y prestar al menos dos años de servicio en el mismo tras su regreso de la licencia, la junta directiva, a su discreción, podrá eximir la presentación de la fianza y pagar al empleado con licencia de la misma manera como si se hubiera presentado una fianza.

Section § 88225

Explanation

Si una única junta directiva supervisa múltiples distritos escolares, un empleado puede cumplir con sus requisitos de servicio trabajando en cualquiera de estos distritos. Esto significa que su tiempo de servicio se contabiliza en todos los distritos bajo el control de esa junta, no solo en un distrito específico.

Cuando una junta directiva única funge como junta directiva de dos o más distritos separados, un empleado puede cumplir con los requisitos de servicio establecidos en las Secciones 88222 o 88224, o ambas, mediante el servicio en uno o más de los distritos bajo la jurisdicción de dicha junta directiva.

Section § 88226

Explanation

Esta ley establece que las reglas del sistema de méritos, que es una forma de contratar y ascender empleados basándose en sus habilidades y cualificaciones, se aplican a ciertos distritos como si fueran una parte directa de las leyes ya existentes que comienzan con la Sección 88060 o cualquier ley futura relacionada.

Este artículo se aplicará a los distritos que hayan adoptado el sistema de méritos de la misma manera y con el mismo efecto como si fuera parte del Artículo 3 (que comienza con la Sección 88060) de este capítulo o de otras disposiciones aplicables de este código que puedan promulgarse en el futuro.

Section § 88227

Explanation

Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios reembolsar a los empleados clasificados permanentes los costos, como las cuotas de matrícula, de los cursos de capacitación aprobados que mejoran sus habilidades y conocimientos laborales. Los programas elegibles incluyen cursos en instituciones académicas, y capacitación a través de seminarios, asociaciones profesionales y otros eventos de desarrollo profesional, especialmente si ayudan a evitar despidos debido a cambios tecnológicos. Las reglas de elegibilidad son establecidas por la comisión de personal en los distritos con un sistema de méritos. El reembolso no está disponible si el empleado puede obtenerlo de otra fuente, como una agencia gubernamental.

La junta directiva de cualquier distrito de colegios comunitarios podrá conceder el reembolso de los costos, incluidas las tasas de matrícula, a cualquier empleado clasificado permanente que complete satisfactoriamente una capacitación aprobada para mejorar sus conocimientos, habilidades o destrezas laborales. Los programas elegibles para reembolso incluirán, entre otros, cursos de estudio en instituciones académicas aprobadas, seminarios e institutos de capacitación impartidos por asociaciones profesionales reconocidas, y conferencias, reuniones y otros programas de capacitación diseñados para mejorar el servicio clasificado y fomentar la recapacitación de los empleados que de otro modo podrían estar sujetos a despido como resultado de cambios tecnológicos. La elegibilidad para el reembolso se regirá por las reglas establecidas por la comisión de personal en aquellos distritos que hayan adoptado un sistema de méritos. Esta sección no se aplicará a ningún empleado que esté recibiendo capacitación y sea elegible para reembolso por cualquier otra agencia, organización o asociación gubernamental.