Section § 48929

Explanation

Esta ley permite a un distrito escolar trasladar a otro centro a un estudiante que haya sido condenado por un delito grave violento o ciertos delitos menores, pero solo si tanto el estudiante como su víctima asisten al mismo centro escolar. Para que esto ocurra, el distrito debe tener una política establecida que incluya notificar al estudiante y a sus padres sobre sus derechos, intentar resolver conflictos mediante justicia restaurativa o asesoramiento, y tener un proceso de revisión para las decisiones de traslado. La política también debe comunicarse anualmente a los padres.

No obstante cualquier otra ley, la junta directiva de un distrito escolar podrá trasladar a otro centro escolar de ese distrito escolar a un alumno matriculado en dicho distrito escolar que haya sido condenado por un delito grave violento, según se define en el apartado (c) de la Sección 667.5 del Código Penal, o condenado por un delito menor enumerado en la Sección 29805 del Código Penal, si el alumno a trasladar y la víctima del delito por el que el alumno fue condenado están matriculados en el mismo centro escolar, sujeto al cumplimiento de las dos condiciones siguientes:
(a)CA Educación Code § 48929(a) La junta directiva del distrito escolar ha adoptado una política en una reunión programada regularmente que contiene todas las siguientes disposiciones:
(1)CA Educación Code § 48929(a)(1) Un requisito de que el alumno y el padre o tutor del alumno sean notificados del derecho a solicitar una reunión con el director del centro escolar o el designado del centro escolar o del distrito escolar.
(2)CA Educación Code § 48929(a)(2) Un requisito de que el centro escolar intente primero resolver el conflicto antes de trasladar a un alumno, incluyendo, entre otros, el uso de justicia restaurativa, asesoramiento u otros servicios.
(3)CA Educación Code § 48929(a)(3) Si la decisión de trasladar a un alumno está sujeta a revisión periódica y el procedimiento para llevar a cabo dicha revisión.
(4)CA Educación Code § 48929(a)(4) El proceso que utilizará la junta directiva del distrito escolar para considerar y aprobar o desaprobar la recomendación del director del centro escolar u otro designado del centro escolar o del distrito escolar para trasladar al alumno.
(b)CA Educación Code § 48929(b) La junta directiva del distrito escolar ha notificado la política a los padres o tutores como parte de la notificación anual requerida conforme a la Sección 48980.