Section § 45330

Explanation

Esta ley define el rol y los requisitos para los paraprofesionales que asisten a los maestros en las escuelas. Los paraprofesionales ayudan con la enseñanza de lectura, escritura y matemáticas, pero no pueden calificar a los estudiantes.

Si reciben fondos del Título I de la ley "No Child Left Behind", deben cumplir con ciertas cualificaciones, como tener dos años de educación superior o aprobar una evaluación. Los nuevos contratados a partir del 8 de enero de 2002 deben demostrar su habilidad para asistir en la instrucción, mientras que los contratados antes de esa fecha deben cumplir los mismos requisitos antes del 8 de enero de 2006. Deben demostrar competencia en lectura, escritura y matemáticas comparable a la de los estudiantes de último año de secundaria.

Existen excepciones para aquellos que actúan como traductores o participan en actividades para padres. Los distritos escolares son responsables de asegurar estas cualificaciones y pueden usar fondos para la capacitación de los paraprofesionales.

(a)CA Educación Code § 45330(a) Según se utiliza en esta sección, un paraprofesional significa una persona que asiste a los maestros de aula y a otro personal certificado en la enseñanza de lectura, escritura y matemáticas. Un paraprofesional incluye un auxiliar de instrucción según se define en el apartado (a) de la Sección 45343 y un auxiliar de maestro según se describe en la Sección 45360.
(b)CA Educación Code § 45330(b) Un paraprofesional desempeñará únicamente las funciones que, a juicio del personal certificado al que está asignado el auxiliar de instrucción, puedan ser desempeñadas por una persona no licenciada como maestro de aula. Estas funciones no incluirán la asignación de calificaciones a los alumnos.
(c)CA Educación Code § 45330(c) De conformidad con la ley federal No Child Left Behind Act of 2001 (P.L. 107-110), una agencia de educación local que recibe fondos del Título I de esa ley asegurará que todo paraprofesional contratado a partir del 8 de enero de 2002, que sea apoyado por esos fondos del Título I y que asista en la instrucción, haya demostrado al menos uno de los siguientes requisitos, además de cualquier otro requisito bajo esa ley:
(1)CA Educación Code § 45330(c)(1) Haber completado al menos dos años de estudio en una institución de educación superior.
(2)CA Educación Code § 45330(c)(2) Poseer un título de asociado o superior.
(3)CA Educación Code § 45330(c)(3) Mediante una evaluación local o estatal, que sea apropiada para las responsabilidades a asignar al paraprofesional, conocimiento y capacidad para asistir en la enseñanza de lectura, escritura y matemáticas.
(d)CA Educación Code § 45330(d) Salvo lo dispuesto en el apartado (h), un paraprofesional contratado antes del 8 de enero de 2002, que sea apoyado por fondos federales del Título I de la ley federal No Child Left Behind Act of 2001 (P.L. 107-110), deberá cumplir los requisitos del apartado (c) a más tardar el 8 de enero de 2006.
(e)CA Educación Code § 45330(e) Ninguna persona será asignada inicialmente para asistir en la instrucción como paraprofesional en kindergarten y grados 1 a 12, inclusive, a menos que la persona haya demostrado competencia en habilidades de lectura, escritura y matemáticas igual o superior a la requerida por el distrito empleador para los estudiantes de último año de secundaria de conformidad con los apartados (a) y (f) de la Sección 51220 si el distrito empleador educa a alumnos de secundaria.
(f)CA Educación Code § 45330(f) Si el distrito empleador es un distrito escolar primario, el paraprofesional deberá demostrar competencia en habilidades de lectura, escritura y matemáticas igual o superior a la requerida para los estudiantes de último año de secundaria de conformidad con los apartados (a) y (f) de la Sección 51220 en el distrito escolar secundario que incluya la totalidad o la mayor parte del distrito primario.
(g)CA Educación Code § 45330(g) Al establecer las cualificaciones educativas o al desarrollar un examen de competencia, un distrito escolar deberá alinear las cualificaciones y los exámenes de competencia de conformidad con el párrafo (3) del apartado (c).
(h)CA Educación Code § 45330(h) Un paraprofesional que sea apoyado por fondos federales del Título I de la ley federal No Child Left Behind Act of 2001 (P.L. 107-110) y que cumpla cualquiera de las siguientes condiciones está exento de los requisitos descritos en los párrafos (1) a (3), inclusive, del apartado (c):
(1)CA Educación Code § 45330(h)(1) El paraprofesional domina el inglés y un idioma distinto del inglés y presta servicios principalmente para mejorar la participación de los alumnos actuando como traductor.
(2)CA Educación Code § 45330(h)(2) Las funciones del paraprofesional consisten únicamente en llevar a cabo actividades de participación de los padres.
(i)CA Educación Code § 45330(i) Se considera que un paraprofesional que fue contratado el 1 de enero de 2003 o antes, y que ha demostrado previamente, mediante una evaluación local, conocimiento y capacidad para asistir en la enseñanza de lectura, escritura y matemáticas, ha cumplido los requisitos del examen de competencia del párrafo (3) del apartado (c).
(j)CA Educación Code § 45330(j) Un distrito escolar puede utilizar una evaluación de competencia existente o desarrollar una nueva evaluación de competencia para cumplir los requisitos del párrafo (3) del apartado (c).
(k)CA Educación Code § 45330(k) De conformidad con la ley federal No Child Left Behind Act of 2001 (P.L. 107-110), una agencia de educación local puede utilizar una parte de los fondos de esa ley para el desarrollo profesional de los paraprofesionales, en la medida en que esos fondos sean asignados en la Ley de Presupuesto anual para este fin.