Section § 84670

Explanation

Esta sección subraya la importancia de mantener programas educativos de alta calidad en los Colegios Comunitarios de California. Reconoce los desafíos que enfrentan estas instituciones, como los altos costos y los fondos limitados, que dificultan mantener el equipo de instrucción actualizado. Para abordar esto, la ley tiene la intención de asignar dinero cada año específicamente para reparar y reemplazar equipos obsoletos, asegurando que los colegios comunitarios tengan los recursos que necesitan.

La Legislatura encuentra y declara que es en interés del pueblo del Estado de California asegurar la continuación de la calidad de los programas de instrucción en los Colegios Comunitarios de California. La Legislatura reconoce que en muchos distritos de colegios comunitarios, los altos costos operativos y los ingresos distritales limitados se han combinado para restringir la capacidad del distrito de proporcionar equipo adecuado en los programas de instrucción.
Es la intención de la Legislatura al promulgar este capítulo que se asignen fondos de conformidad con los requisitos de este capítulo para proveer la reparación necesaria del equipo de instrucción y el reemplazo del equipo de instrucción obsoleto. Es además la intención de la Legislatura que se realice una asignación anual de fondos estatales para este propósito en la Ley de Presupuesto anual.

Section § 84671

Explanation
La Junta de Gobernadores de los Colegios Comunitarios de California es responsable de crear reglas sobre cómo se utilizarán los fondos para comprar, mantener y reemplazar equipos. Esto asegura que los programas de instrucción sean de alta calidad.

Section § 84672

Explanation

Esta sección de la ley explica que la asignación de fondos a los distritos no debe basarse en proyectos específicos, excepto en los casos cubiertos por otra sección. En cambio, los fondos se distribuyen según una fórmula general que considera las necesidades de los distritos en todo el estado. La junta de gobernadores es responsable de crear los criterios para asignar estos fondos de manera justa después de evaluar los distritos a nivel estatal.

Las asignaciones no se basarán en proyectos específicos identificados por los distritos, salvo lo dispuesto en la Sección 84673, sino en una fórmula de asignación general que, a juicio de la junta de gobernadores, refleje razonablemente las necesidades de los distritos a nivel estatal. La junta de gobernadores establecerá criterios para la asignación de fondos bajo esta fórmula basándose en su revisión de los distritos en todo el estado.

Section § 84673

Explanation

Esta ley permite a la junta de gobernadores retener hasta el 20% de los fondos destinados a equipo didáctico si un distrito escolar necesita dinero adicional para necesidades urgentes de equipo o si se requiere financiación especial para asegurar contribuciones de empresas privadas. Además, la junta puede usar hasta el 5% de los fondos retenidos para cubrir los costos relacionados con la revisión y administración de estas asignaciones, gestionados por el Canciller de los Colegios Comunitarios de California.

(a)CA Educación Code § 84673(a) La junta de gobernadores podrá retener hasta el 20 por ciento de los fondos asignados para los fines de este capítulo, para su asignación a proyectos específicamente identificados cuando la junta determine que los fondos asignados a un distrito no son suficientes para financiar un gasto de equipo didáctico de necesidad crítica, o que se requiere financiación especial como condición para una contribución de una empresa o industria privada en relación con un gasto de equipo didáctico.
(b)CA Educación Code § 84673(b) La junta de gobernadores podrá asignar hasta el 5 por ciento de los fondos retenidos conforme al inciso (a) para cubrir los costos de revisión y administración incurridos por el Canciller de los Colegios Comunitarios de California conforme a dicho inciso.

Section § 84674

Explanation

Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios usar fondos específicos para comprar, mantener o reemplazar equipo que apoya los objetivos educativos. El equipo puede ayudar a los estudiantes a tener éxito en programas que conducen a universidades de cuatro años o a prepararse para el mercado laboral en programas de formación profesional.

Además, cada distrito debe llevar una contabilidad separada para estos fondos y asegurarse de que se utilicen solo para los fines especificados, como la compra o el arrendamiento de equipo.

(a)CA Educación Code § 84674(a) La junta directiva de un distrito de colegios comunitarios puede gastar fondos asignados bajo la fórmula general de asignación para cualquier adquisición, mantenimiento o reemplazo de equipo necesario para los propósitos de este capítulo. Los gastos de equipo realizados a través de la financiación bajo este capítulo deben asegurar que los estudiantes puedan obtener el nivel deseado de conocimiento en programas educativos que conduzcan a su inscripción en instituciones educativas de cuatro años o, para los estudiantes en programas de educación ocupacional, para obtener la habilidad y el conocimiento necesarios para la entrada a la fuerza laboral.
(b)CA Educación Code § 84674(b) Cada distrito de colegios comunitarios que reciba fondos bajo este capítulo deberá contabilizar por separado dichos fondos y podrá gastarlos únicamente para el propósito o propósitos para los cuales fueron asignados. Estos fondos pueden utilizarse para obtener equipo mediante compra, arrendamiento o arrendamiento con opción a compra.