Section § 88180

Explanation

Esta sección define términos relacionados con las modalidades de trabajo de los empleados dentro de un contexto específico. La “compensación diferencial” puede significar trabajar menos horas o recibir más salario. Además, “turno” se refiere al total de horas trabajadas. Para los turnos de siete u ocho horas, suele haber un período de comida a mitad del turno. Esta norma no se aplica a los empleados que trabajan seis horas o menos, o que tienen turnos partidos.

Para los fines de este artículo, se aplicarán las siguientes definiciones a menos que el contexto indique lo contrario:
(a)CA Educación Code § 88180(a) Por “compensación diferencial” se entiende una reducción en el número de horas que deben trabajarse efectivamente o un aumento de salario.
(b)CA Educación Code § 88180(b) Por “turno” se entiende el número de horas trabajadas e incluirá un período de comida libre de obligaciones de no menos de media hora que, en el caso de un turno de siete u ocho horas, deberá ocurrir aproximadamente a la mitad del turno. Esta subdivisión no se aplicará a los empleados que trabajen seis horas o menos, o que estén asignados a un turno partido.

Section § 88181

Explanation

Esta ley exige que los distritos de colegios comunitarios, o sus comisiones de personal, investiguen cómo las empresas privadas compensan a los empleados que trabajan en diferentes turnos. Cuando sea posible, deben intentar ofrecer diferencias salariales similares a su personal no docente que trabaja en turnos de mañana o de noche.

La junta directiva de cada distrito de colegios comunitarios, o la comisión de personal en cualquier distrito con sistema de méritos, deberá, en la medida de lo posible, determinar las prácticas relacionadas con los diferenciales salariales por turnos de mañana y de noche en los campos de empleo privado en los que debe competir por empleados para su personal clasificado y deberá considerar la conveniencia de proporcionar diferenciales salariales comparables para su personal clasificado.

Section § 88182

Explanation

Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios pagar un extra a ciertos empleados si su trabajo implica tareas desagradables, peligrosas o inusuales, y la junta considera que es justo. Si el distrito utiliza un sistema de méritos, la comisión de personal debe recomendar estos pagos adicionales, y aún así deben asegurar que se mantenga la igualdad salarial para el mismo tipo de trabajo.

La junta directiva de cualquier distrito de colegios comunitarios puede proporcionar una compensación diferencial a aquellos empleados clasificados que desempeñan funciones de naturaleza desagradable, peligrosa o única cuando, a juicio de la junta, dicha compensación esté razonablemente justificada.
En un distrito con sistema de méritos, dichos diferenciales se basarán en los hallazgos y recomendaciones de la comisión de personal y no se aplicarán de manera contraria al principio de igual salario por igual servicio.

Section § 88183

Explanation
Si hay una tarea laboral que incluye un pago extra y dura más de 20 días hábiles, se asignará por antigüedad. Esto significa que, entre los empleados del mismo nivel de puesto que deseen esa tarea, el que tenga más tiempo en la empresa la obtendrá primero.

Section § 88184

Explanation
Si un empleado trabaja un turno que le da derecho a un pago adicional, conocido como compensación diferencial, no puede ser degradado debido a esta asignación. En otras palabras, recibir un turno que conlleva un pago extra no debería afectar negativamente el rango o nivel de puesto del empleado.

Section § 88185

Explanation

Si un empleado recibe un pago extra por trabajar en un turno específico, no perderá ese pago extra si es trasladado temporalmente a un turno diferente por hasta 20 días hábiles donde normalmente no se otorga ese pago extra. Para todos los demás propósitos, su tasa de pago regular debe incluir el pago extra de su turno habitual.

Un empleado que recibe compensación diferencial en función de su turno no perderá esa compensación si es asignado temporalmente, por 20 días hábiles o menos, a un turno que no da derecho a dicha compensación. La tasa de pago regular para todos los propósitos de un empleado asignado a un turno que proporciona compensación diferencial será la tasa diferencial.

Section § 88186

Explanation

Esta ley establece que ciertas normas, conocidas como el sistema de méritos, se aplican a los distritos de colegios comunitarios tal como si formaran parte de otra sección relacionada de la ley. Básicamente, significa que esos distritos deben seguir las reglas del sistema de méritos de la misma forma en que fueron concebidas en un área legal diferente y específica.

Este artículo se aplicará a los distritos de colegios comunitarios que hayan adoptado el sistema de méritos de la misma manera y con el mismo efecto como si fuera parte del Artículo 3 (que comienza con la Sección 88060) de este capítulo.