(a)CA Educación Code § 88931(a) A partir del año académico 2018–19, cada colegio comunitario participante deberá otorgar una subvención a un estudiante de conformidad con el apartado (b). El propósito de la subvención es proporcionar al estudiante ayuda financiera adicional para ayudar a compensar el costo total de asistencia al colegio comunitario del estudiante.
(b)CA Educación Code § 88931(b) Un estudiante que asista a un colegio comunitario podrá recibir una subvención de conformidad con esta sección si el estudiante cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Educación Code § 88931(b)(1) El estudiante recibe una subvención Cal Grant B o C de conformidad con el Capítulo 1.7 (que comienza con la Sección 69430) de la Parte 42 de la División 5.
(2)CA Educación Code § 88931(b)(2) El estudiante está realizando un progreso académico satisfactorio en el colegio comunitario según los criterios exigidos por las normas federales aplicables publicadas en el Título 34 del Código de Regulaciones Federales. Los criterios aplicados por el colegio comunitario para determinar el progreso académico satisfactorio deberán, en la medida en que sean compatibles con las normas federales aplicables, establecer que la falta de vivienda, tal como se define como un “individuo sin hogar” en el sentido de la Ley federal de Asistencia para Personas sin Hogar McKinney-Vento (42 U.S.C. Sec. 11302(a)), o tal como se define como un “niño o joven sin hogar”, según se define en el subapartado (2) de la Sección 725 de la Ley federal de Asistencia para Personas sin Hogar McKinney-Vento (42 U.S.C. Sec. 11434a(2)), es una circunstancia atenuante para los estudiantes que de otro modo no pueden cumplir los requisitos considerados como “progreso académico satisfactorio” en ese colegio comunitario. El colegio comunitario podrá considerar esta circunstancia atenuante, a su discreción, en la medida en que sea compatible con las normas federales, para modificar o eximir del cumplimiento de esos requisitos de progreso.
(3)CA Educación Code § 88931(b)(3) El estudiante es residente de California o está exento de pagar la matrícula de no residente conforme a la Sección 68130.5 o 76140.
(c)Copy CA Educación Code § 88931(c)
(1)Copy CA Educación Code § 88931(c)(1) Los estudiantes que cumplan los criterios de solicitante de conformidad con el apartado (b) serán elegibles para las siguientes cantidades de subvención:
(A)CA Educación Code § 88931(c)(1)(A) Mil doscientos noventa y ocho dólares ($1,298) por semestre, o su equivalente trimestral, para estudiantes elegibles que se matriculen en 12, 13 o 14 unidades por semestre, o el número de unidades equivalente trimestral.
(B)CA Educación Code § 88931(c)(1)(B) Cuatro mil dólares ($4,000) por semestre, o su equivalente trimestral, para estudiantes elegibles que se matriculen en 15 unidades por semestre, o el número de unidades equivalente trimestral.
(2)CA Educación Code § 88931(c)(2) No obstante lo dispuesto en el apartado (1), a partir del año académico 2023–24, los estudiantes que cumplan los criterios de solicitante de conformidad con el apartado (b) que sean jóvenes en acogida actuales o anteriores, según se define en el apartado (2) del subapartado (e) de la Sección 69433.6, serán elegibles para una subvención de cinco mil doscientos cincuenta dólares ($5,250) por semestre, o su equivalente trimestral, si se matriculan en 12 o más unidades por semestre, o el número de unidades equivalente trimestral.
(3)CA Educación Code § 88931(c)(3) No obstante lo dispuesto en el apartado (1), a partir del año académico 2025–26, los estudiantes que cumplan los criterios de solicitante de conformidad con el apartado (b) que se matriculen en nueve o más unidades por semestre, o el número de unidades equivalente trimestral, y se consideren a tiempo completo como parte de un Plan de Adaptación Académica de programas y servicios para estudiantes con discapacidad, según se describe en la Sección 56022 del Título 5 del Código de Regulaciones de California, serán elegibles para una subvención de mil doscientos noventa y ocho dólares ($1,298) por semestre, o su equivalente trimestral.
(4)Copy CA Educación Code § 88931(c)(4)
(A)Copy CA Educación Code § 88931(c)(4)(A) Si hay fondos disponibles después de otorgar subvenciones a los estudiantes en los términos principales, un colegio comunitario podrá otorgar subvenciones adicionales a los estudiantes que tomen un número suficiente de unidades durante el período de verano para que su número total de unidades académicas sea de 24 unidades o más para el año académico. La oficina del rector trabajará con los colegios para determinar las cantidades de las subvenciones de verano en función de los fondos disponibles.
(B)CA Educación Code § 88931(c)(4)(A)(B) Es la intención de la Legislatura que las subvenciones disponibles se prorrateen para asignar una cantidad mayor a los estudiantes que tomen un número suficiente de unidades para un total de 30 unidades o más para el año académico.
(d)Copy CA Educación Code § 88931(d)
(1)Copy CA Educación Code § 88931(d)(1) En la medida de lo posible, una subvención se otorgará al mismo tiempo que el paquete general de ayuda financiera del beneficiario.
(2)CA Educación Code § 88931(d)(2) La subvención se considerará una subvención suplementaria y no sustituirá ninguna otra subvención, exención de tasas o ayuda de beca recibida por el estudiante, incluyendo, pero no limitándose necesariamente a, subvenciones federales, subvenciones Cal Grant, subvenciones institucionales, becas por mérito y becas deportivas.
(3)CA Educación Code § 88931(d)(3) La subvención se basará en la necesidad financiera del solicitante y no excederá la necesidad financiera calculada para ningún solicitante individual. El nivel mínimo de necesidad financiera de los solicitantes será determinado por la comisión de conformidad con la Sección 69432.9.
(4)CA Educación Code § 88931(d)(4) La subvención identificada en el apartado (c) se reducirá proporcionalmente si la cantidad de fondos asignados en la Ley de Presupuesto anual para este propósito es insuficiente para financiar completamente el número total de estudiantes a los que se les otorgó una subvención.
(e)Copy CA Educación Code § 88931(e)
(1)Copy CA Educación Code § 88931(e)(1) Cada colegio comunitario participante administrará la subvención de conformidad con los requisitos de esta sección.
(2)CA Educación Code § 88931(e)(2) Es la intención de la Legislatura que un estudiante esté matriculado en un programa de estudio y haya completado un plan educativo que identifique cursos, una secuencia de cursos, hitos clave de progreso y otros requisitos que el estudiante debe completar para obtener un título de asociado, un certificado de educación técnica profesional, otro certificado de colegio comunitario o cumplir los requisitos de transferencia.
(3)CA Educación Code § 88931(e)(3) Cada colegio comunitario participante alentará a los estudiantes a matricularse en un número suficiente de unidades por semestre, trimestre o período de verano para ser considerados en camino de obtener un certificado, un título de asociado para transferencia, o un título de asociado o transferirse a una universidad de cuatro años dentro de dos años académicos o dentro de tres años académicos si el colegio comunitario exige que un estudiante tome cursos de habilidades básicas.
(f)CA Educación Code § 88931(f) Esta sección no estará operativa en un año fiscal a menos que se hayan proporcionado fondos para esta sección para ese año fiscal en la Ley de Presupuesto anual u otro estatuto.
(Amended by Stats. 2024, Ch. 685, Sec. 1. (AB 1885) Effective January 1, 2025. Conditionally inoperative as prescribed by its own provisions.)